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Generalidades y características de las normas jurídicas

ENRIKHEApuntes16 de Octubre de 2022

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QUINTO SEMESTRE LCP

TEORÍA DE LAS CONTRIBUCIONES

Dr. Ángel Pérez Ruiz

Septiembre de 2022

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Contenido


  1. Generalidades y características de las normas jurídicas
  2. Concepto de derecho y su clasificación
  3. Fuentes formales del derecho fiscal
  4. El derecho fiscal, consideración histórica
  5. Objeto e importancia del derecho fiscal
  6. Marco normativo en materia fiscal
  7. Principios constitucionales en materia fiscal
  8. Código Fiscal de la Federación

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1.

Generalidades y características de las normas jurídicas


El comportamiento de los individuos en sociedad debe someterse a reglas.

🞄 Norma:

Significa regla de conducta; impone deberes y otorga

derechos.

🞄 Norma jurídica:

Regla de conducta humana a cuya observancia el estado tiene fuerza coactiva, es decir el estado a través de sus órganos autorizados, los hace cumplir aún sin el consentimiento de los individuos.

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1.

Generalidades y características de las normas jurídicas


  1. Bilaterales: Al lado de un deber crean una facultad o derecho.

  • Frente a todo obligado habrá un sujeto facultado.
  • A todo deber corresponde una facultad.
  • No habrá deber sin facultad.

  1. Coercitivas: Existe la   posibilidad   de   obligar   al cumplimiento de la obligación de manera no espontánea aún contra la voluntad.
  1. Heterónomas: No se origina en la propia conciencia de quien debe cumplirlo sino que emana de voluntades diferentes.
  1.         Exteriores: Califican los actos externos no actos internos del hombre.

[pic 11][pic 12]2.

Concepto de derecho

y su

clasificación


La palabra derecho proviene del latín directum

  • Derecho: Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del hombre en sociedad.

  • Así derecho implica “dirección”, “guía”, “ordenación”; “regulación”. Por otro lado el derecho connota “lo recto”, “lo correcto, “lo que está bien”.

Pero ¿cómo guía el derecho la conducta?

[pic 13][pic 14]2.

Concepto de derecho

y su

clasificación


Mediante el establecimiento de normas y disposiciones el derecho introduce las razones jurídicas en virtud de las cuales el individuo ha de comportarse. Al imponer deberes (órdenes o prohibiciones) el orden jurídico pretende que el deber, o mejor, la disposición jurídica que lo impone, sea la única razón que determine la acción.

El derecho también guía la conducta confiriendo derechos y facultades a los individuos; pero contrariamente a las disposiciones que imponen deberes, las normas que confieren derechos y facultades guían la conducta de forma no decisiva.

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Clasificación

del Derecho        DERECHO


PÚBLICO

PRIVADO[pic 17]

SOCIAL


Constitucional Administrativo Penal FISCAL

Civil Mercantil[pic 18][pic 19][pic 20]

Laboral Agrario Ambiental

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Ramas del Derecho Público


  • Derecho Constitucional: Es el conjunto de normas jurídicas imperativo-atributivas que regulan la organización y estructura del estado en forma interna. Regulan también el ejercicio, función y limitaciones de los poderes del estado , para tutelar y garantizar los derechos individuales de las personas.

  • Derecho Administrativo: Es el conjunto de normas jurídicas imperativo-atributivas que regulan la función y organización de la administración pública.

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Ramas del Derecho Público


  • Derecho Penal: Es el conjunto de normas jurídicas imperativo-atributivas que regulan la determinación de los delitos e imposición de las penas, con el objetivo de salvaguardar la integridad de la sociedad.

Derecho Fiscal: Es el conjunto de normas jurídicas y principios de derecho público que regulan la actividad del estado como fisco.

[pic 25][pic 26]3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


🞄 Inquirir la fuente de una disposición jurídica, es buscar el sitio en que ha salido de las profundidades de la vida social a la superficie del derecho.

🞄 Por procesos de creación de las normas jurídicas, hacemos alusión a las maneras o procedimientos encaminados a la creación y estructuración de las normas jurídico-tributarias.

🞄 Son los procedimientos, formas, actos o hechos y demás medios de creación e interpretación en los cuales tienen su origen los principios y leyes en general.

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3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la ley, los reglamentos administrativos, los decretos-ley, los decretos-delegados, las circulares reglamentarias en ciertos casos, la jurisprudencia, la doctrina.

  1.         LA CONSTITUCIÓN. Fuente por excelencia del derecho, en cuanto determina la estructura del estado, la forma de gobierno, la competencia de los órganos constitucionales y administrativos, los derechos y deberes de los ciudadanos, etc.…

Como norma fundamental del estado, ocupa el vértice del orden jurídico a manera de premisa mayor de la que derivan su razón de ser y su contenido las otras leyes. (ARTS. 133 Y 31 FRACC. IV DE LA CPEUM).

[pic 29][pic 30]3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


LEYES REGLAMENTARIAS DE LA CPEUM:

Regulan situaciones de la constitución política, su finalidad es de interpretación, no tiene la calidad de aplicación sobre leyes impositivas, ejemplos:

  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
  • LEY FEDERAL ELECTORAL

[pic 31][pic 32]3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO:

Criterios o ideas fundamentales de un sistema jurídico determinado que se presentan en la forma concreta del aforismo y cuya eficacia como norma supletoria de la ley, dependen del reconocimiento expreso del legislador.

SU FUNCIÓN EN EL MUNDO JURÍDICO ES TRIPLE:

La de servir de normas supletorias a las leyes; auxiliar al intérprete del derecho en la búsqueda de su verdadero sentido y significado de las normas y constituir la fundamentación o base del derecho.

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3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


  1. LOS TRATADOS INTERNACIONALES: Acuerdo de voluntades celebrados entre 2 o mas estados soberanos en el ámbito internacional con el objetivo de sentar las bases para la solución pacífica de problemas comunes.

PARA SER LEY SUPREMA DEBE REUNIR TRES REQUISITOS:

  1. Que no contengan estipulaciones contrarias a cualquier norma

constitucional.

  1. Que sean celebrados por el presidente de la república en su capacidad de jefe del estado mexicano.

  1. Que sean aprobados o ratificados por el senado.

[pic 35][pic 36]3.

Fuentes formales del Derecho Fiscal


Como fuente formal del Derecho Fiscal actúan como factores para evitar la doble imposición internacional en la importación y exportación de artículos (bienes, maquinarias, tecnologías, etc…)

...

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