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Derecho,características de las normas jurídicas


Enviado por   •  15 de Marzo de 2022  •  Trabajos  •  1.521 Palabras (7 Páginas)  •  98 Visitas

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Materia: Derecho.      Actividad 3 (VIDEOS)    

¿Quién aplica las normas jurídicas? Primero recordemos que en trabajos anteriores entendimos que estas normas están estipuladas en las constituciones nacionales y en los distintos códigos (civil, penal, mercantil, comercial, etc.) y éstas varían según las necesidades de las sociedades razón por la cual cambian o se derogan. Así que, en los países donde existe el Estado de derecho, es decir un órgano diseñado para ejercer la ley jurídica de forma igualitaria y no sea arbitraria, la Justicia es ejercida por personas-juristas que han sido elegidas para elaborar las normas, son personas responsables de hacer cumplir y de administrar las sanciones cuando éstas no se cumplan.

Menciona y explica, las cinco características de las normas jurídicas.

  • Heterónomas: Las normas jurídicas se imponen al individuo desde afuera, desde una instancia ajena a él. En otras palabras, existe alguien que impone la norma (en el caso del derecho que a nosotros nos atañe, la norma jurídica, que es su expresión, la impone el poder legislativo) y otro que es obligado por ella (aquel que se coloca en el sujeto de hecho que recoge la norma): Ejemplo quien cause un daño a otro, está obligado a repararlo, esta norma la dictó el poder legislativo y está escrita en un código y la tiene que cumplir un particular(persona diferente a quien la dicto) “cuando causa un daño a un tercero”.
  • Bilaterales: Entendiéndose que la bilateralidad significa que las normas jurídicas establecen relaciones entre diversas personas. En donde, frente al deber de una persona, se encuentra el derecho de otra para exigir su cumplimiento. En esa relación jurídica se pueden identificar a la persona pasiva que es la que tiene la obligación de cumplir lo prescrito por la norma y la persona activa es la que tiene la facultad de exigir el cumplimiento de lo prescrito por la norma jurídica. Dicho también esto es una vía de dos sentidos: quien debe cumplir la norma y quien debe velar porque se cumpla.
  • Carácter de exterioridad: El carácter exterior significa que la norma jurídica regula el comportamiento exterior de las personas, es decir, para poderla utilizar es necesario que exista una acción u omisión humana para que pueda producir sus efectos legales, de manera simultánea, el carácter exterior se refiere a que las normas jurídicas, principalmente, se encargan de sancionar las conductas externas de las personas y, de manera secundaria, el aspecto interno o íntimo, sólo cuando trae una consecuencia jurídica. Por ejemplo… Si una persona pide un préstamo bancario por determinada suma de dinero, la conducta que le es exigible es el pago de la deuda, pues esa es la conducta externa regulada por la norma jurídica. Al hacer mención de que el derecho regula el aspecto íntimo o interno sólo cuando trae efectos jurídicos. Un ejemplo del primero es la celebración de contratos cuando una persona actúa con mala fe y, debido a ello, ésta es una causa (hecho jurídico) que deja sin efectos al contrato suscrito por ambas partes. El acto jurídico es resultado de la voluntad humana, que se ve reflejada en la mala fe, entendida ésta como una conducta interna, que, de comprobarse, produce la nulidad del contrato. También se entiende que, aunque no estemos de acuerdo con la norma debemos cumplirla.
  • Son Coercibles: Las normas tienen la cualidad de ser cumplidas mediante sanciones, sino se cumplen, recibiremos un castigo y es el Estado (sujeto activo) quien ejerce por la fuerza a cumplir obligatoriamente la norma, aun en contra de la voluntad del sujeto pasivo.
  • Son Generales: La norma jurídica prevé para categorías de personas y no para personas en particular. El legislador tiene que prever el comportamiento de los hombres no para cada hombre en particular, sino para categorías de hombres o categorías de situaciones en las cuales pueden encontrarse los hombres. La norma jurídica procede a regular la conducta no indicando de manera directa como debe ser el comportamiento de una persona en particular, sino procediendo a través de la fijación de categorías de sujetos abstractamente determinados. La generalidad consiste en que debe ser respetada por todos. Por eso se dice que cuando la norma jurídica dicta un comportamiento, lo hace de forma abstracta.

¿Cuántos tipos de normas jurídicas existen? ¿Cuáles son? Hay diferentes maneras de clasificar las normas jurídicas: Por un lado, pueden clasificarse según si su carácter es privado o público. Esto quiere decir que pueden darse en ámbitos públicos como sería el Estado, o celebrarse acuerdos o contratos entre privados. También puede darse el caso que se den entre el Estado y privados. Otra manera de clasificar las normas jurídicas sería si son normas de derecho colectivo, es decir, aquellas que involucran a todos los sujetos sin distinción alguna, o normas de derecho individual, que están dirigidas a un sector de personas en concreto. Por otro lado, también se puede clasificar según la función de la voluntad de los individuos en normas imperativas, que son las que obligan a todos y cada uno de los individuos independientemente de su voluntad un ejemplo de norma imperativa: La que castiga el robo se extiende a todos los individuos y las normas dispositivas es que los individuos pueden modificarlas o eliminarlas por su propia voluntad, por mencionar un ejemplo, una persona puede pedir una indemnización porque su vecino afecto su casa, de tal modo que puede realizar tal reclamación o no. También existen las normas de orden público y estas se refieren a aquellas normas que nacen del interés colectivo y el bien común, rigen en todo el territorio de un país e involucran a todos los individuos, sin distinción y se consideran generales porque que todas las personas las deben cumplir. Normas de carácter privado son las referidas a las que se elaboran por personas para regir sus acuerdos, como, por ejemplo, los contratos. Normas prohibitivas son las que impiden o prohíben que los individuos hagan algo por ejemplo la violación esta prohibida en cualquier circunstancia. Normas interpretativas son las que interpretan textos jurídicos siempre basándose en lo que la ley establece. Normas de derecho común son las que se establecen para todo el mundo (dentro de un país), por ejemplo, las leyes del derecho civil. Normas de derecho especial son las que se dictan para un determinado grupo de personas o de relaciones jurídicas, y rigen comportamientos específicos como el derecho comercial o el tributario, en general de toda reglamentación jurídica incorporada por leyes ajenas a los códigos generales. Así por ejemplo normas sobre cambio internacional, importación, exportación, caza, pesca, régimen de aguas, etcétera.

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