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Hacienda Pública

alexsrb2Apuntes13 de Mayo de 2023

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Hacienda Pública

UNIDAD I: FINANZAS PÚBLICAS

1- CONCEPTO Y CONTENIDO

A) Concepto

        Diversas son las acepciones en cuando al origen de la palabra “Finanzas”. Están quienes le asignaron un precedente etimológico en el ingles “Fine”, que en la antigüedad, significaba el pago de un tributo exigido por un señor feudal a sus vasallos (servidores) para permitir la enajenación o transferencia de sus tierras.

        Otros autores sustentaron su antecedente en el alemán “Finden” (encontrar) y otros investigadores, a quienes la mayoría les reconoce ser los más acertados, atribuyeron su precedencia al verbo latino “Finiré” (terminar), del cual derivo “Finatio” cuyo significado es pago o cancelación de una deuda.

        En el siglo XIII como derivado de estos últimos conceptos, surgió el francés “Finance” que significó asuntos de dinero y más tarde negocios monetarios, cambiarios y bancarios en general.

        En la actualidad, al término finanzas se lo considera en forma genérica como un indicativo de los recursos y gastos, tanto del estado como de los organismos privados, ya sea personas físicas o jurídicas.

        En algunos países, especialmente en España, se utiliza como sinónimo de Finanzas Públicas, el término Hacienda Pública, concepto con el cual se expresa la actividad financiera que el estado realiza para satisfacer las necesidades de carácter colectivo  de los habitantes, comprendiendo en ello la obtención de los recursos par atender las erogaciones correspondientes.

        En nuestro país se utiliza esta denominación, aunque en algunas ocasiones en forma incorrecta, ya que por ejemplo entre 1971 y 1973, el actual Ministerio de Economía de la Nación, se denominó Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, lo que resulta redundante ya que son sinónimos.

  Diferencias entre las finanzas públicas y las finanzas privadas

        Los recursos y gastos estatales se denominan Finanzas Públicas (public finance), mientras que los recursos y gastos de organismos privados se distinguen con la denominación de Finanzas Privadas (private finance).

        Si bien la mayoría de los autores clásicos manifiestan que ambas clases de finanzas se asientan sobre los mismos principios, sosteniendo que el estado debe respetar las mismas reglas que los organismos privados, respecto a los recursos y gastos; los autores modernos sostienen que las diferencias radican en:

  1. Fines: El estado, como sujeto de las finanzas públicas, tiene en su mayoría objetivos identificados con el interés público y no valuables en dinero, como ser la defensa, la salud pública, la educación, la protección jurídica, etc. Estas circunstancias son desconocidas par alas finanzas privadas, que persiguen finalidades de carácter material.

  1. Medios: La mayor parte de los recursos del estado provienen del ejercicio de su poder coercitivo. Las organizaciones privadas por el contrario, obtienen sus recursos vendiendo sus productos o servicios en una relación convencional y voluntaria con otras personas.
  1. Naturaleza de las Gestiones: El estado primero debe determinar sus gastos, y luego en base a ellos obtener los recursos necesarios para financiarlos. Por el contrario, los particulares, sean individuos o empresas, primero obtienen sus recursos y luego los gastan o ahorran.

El estado no debe ahorrar, ya que esto significaría que ha cobrado tributos en exceso a sus ciudadanos (y lo correcto sería disminuirlos), o bien que no efectúa las erogaciones suficientes y necesarias para el cumplimiento de sus fines.

Por último, cabe destacar, que los organismos privados tienen por fin fundamental la obtención de un beneficio o lucro, el cual se contrapone al estado, que solo debe buscar satisfacer de la mejor manera las necesidades públicas.

        No obstante lo expresado anteriormente, no existe un divorcio total entre las finanzas públicas y las finanzas privadas, sino que por el contrario hoy en día es imprescindible una interacción entre ambas.

  Contenido de las Finanzas Públicas:

        Para comprender acabadamente el contenido de las finanzas publicas, es imprescindible comprender cuatro nociones básicas o fundamentales, entrelazadas entre sí:

B) Las Necesidades Públicas

El ser humano, apenas insertado en el universo debe realizar acciones tendientes a satisfacer sus necesidades, las cuales son numerosas y van aumentando a medida en que avanza la civilización.

Esas necesidades cubren un amplio abanico que va desde las necesidades básicas e indispensables para vivir como individuo, hasta aquellas que le surgen por su vida en la realidad social. En doctrina se ha establecido la existencia de dos grupos de ellas: Necesidades Individuales o Privadas y las Necesidades Públicas o Colectivas.

Las necesidades individuales o privadas, son aquellas que son congénitas con el hombre, se identifican con su existencia misma, como ser el hambre, la sed y la necesidad de abrigo.

Por otra parte, es tendencia en el hombre, desde tiempos remotos, el agruparse en conglomerados, produciendo un proceso de aglutinamiento en comunidades. Así la unión de los individuos  constituye las familias y la unión de las familias llevó primero a las tribus y luego a la nación.

A la nación la podemos definir como la comunidad política de individuos asentados sobre un territorio y unidos por vínculos de raza, idioma, historia, costumbre e ideas.

Podemos decir entonces, que es la vida en sociedad la que engendra las necesidades públicas o colectivas. Es así como vemos que desde los primeros agrupamientos humanos surgieron necesidades comunes como la defensa exterior, el orden público y la de administración de justicia, las cuales tienen tres particularidades comunes que las distinguen:

  1.  Su satisfacción es ineludible, por cuanto es la única forma de concebir una comunidad organizada.
  2.  Su satisfacción es imposible por los individuos en forma aislada.
  3.  Es el estado el encargado de su atención, es decir estas necesidades constituyen la causa existencial de la función del estado, el cual desaparecería como tal, si dejase de atenderlas mediante los servicios públicos.

Esto determina la necesidad imperiosa de organizarse bajo una autoridad llamada gobierno, y nace así el Estado que muchos especialistas lo definen claramente como “La Nación jurídicamente organizada”.

A las mencionadas necesidades públicas (defensa exterior, orden público, administración de justicia) se las identifica como necesidades públicas absolutas o primarias.

Sin embargo existen también otras necesidades que fueron apareciendo ante los hombres, como un producto de la agrupación del individuo en comunidad, como ser educación, salud, asistencia social, comunicaciones, trasporte, etc. Estas necesidades se denominan necesidades públicas relativas o secundarias y son distintas a las anteriores, en el sentido de que no necesariamente son funciones a cargo del estado, ya que este puede ceder su atención a los particulares mediante privatizaciones, pero continuando siempre bajo su tutela y responsabilidad.

  C) Los Servicio Públicos

El estado, por medio de su autoridad pública (agente de gobierno) es el encargado de satisfacer las necesidades públicas mediante acciones o funciones que en el caso de tratarse de aquellas necesidades absolutas o primarias, son funciones de carácter ineludible e indelegable. Estas funciones del estado son tan importantes que constituyen su razón de ser, es decir que el estado dejaría de ser tal si no las cumpliera, y tienen las siguientes características distintivas:

  1.  Son exclusivas e indelegables: La administración de justicia, el dictado de leyes, la emisión de moneda, etc solo pueden ser cumplidas por el estado y este no puede delegar tales funciones a particulares.

  1.  Son ejercidas bajo la prerrogativa del poder público.
  1.  Tienen a satisfacer el interés público: entendiéndose en este sentido los intereses colectivos y comunes a todos los miembros de la comunidad organizada.

Por otra parte, existen necesidades públicas de carácter relativo o secundario, que generalmente son atendidas por el estado, dando lugar en estos casos a las funciones del estado o servicios públicos no esenciales. Entre estas podemos nombrar, las necesidades de educación, salud, asistencia social, transporte, comunicación, entre otras.

Las necesidades públicas relativas o secundarias, se caracterizan por satisfacer un interés público; por no ser exclusivas e indelegables del estado (es decir pueden ser servicios directamente prestados por el estado o bien mediante la intervención de particulares, intermediarios o concesionarios bajo supervisión del estado); y por no necesitar del poder de imperio del estado.

También es posible distinguir las funciones del estado o servicios públicos en Divisibles e Indivisibles.

  • Divisibles: Aquellos servicios que sirven a toda la comunidad, pero que su atención puede ser determinada y concreta en forma individua hacia quienes se brinda (educación, salud, administración de justicia, etc).

  • Indivisibles: Aquellas actividades efectuadas por el estado, que resultan imposibles de particularizar con respecto a personas determinadas (defensa exterior)

D) Los Gastos y los Recursos  Públicos 

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