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INCONSTITUCIONALIDAD LEY DEL ISSSTE


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  4.872 Palabras (20 Páginas)  •  414 Visitas

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INTRODUCCION

A lo largo del desarrollo de este tema, analizaremos los antecedentes históricos de la Ley del ISSSTE ya sea a nivel constitucional o de la ley secundaria, afecto de entender como se ha ido transformando este cuerpo normativo al pasar de los años, con lo que nos podremos percatar del espíritu originario de la misma en beneficio de la clase trabajadora.

Una vez allegados estos elementos tendremos herramientas suficientes para realizar un comparativo y poder dilucidar el problema de si la ley del año 2007 es o no constitucional, ya que advertiremos si bien no todos los beneficios o perjuicios que esta nueva ley acarrea, si los suficientes para justificar nuestro punto de vista al respecto.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

¿Es la nueva ley del ISSSTE inconstitucional?

HIPOTESIS

Al respecto de esta pregunta nosotros consideramos que si es inconstitucional, ya que como lo consagra nuestra ley suprema que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio alguno de un particular, por lo que si este nuevo ordenamiento contempla mayores requisitos para poder obtener el derecho de la jubilación, esto se traduce en un perjuicio y por ende en inconstitucional.

LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA LEY DEL ISSSTE

El antecedente histórico mas longevo de la Ley del ISSSTE lo encontramos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, ya que este documento fue de los primeros que contenían normas fundamentales de carácter social en todo el mundo; de manera específica en materia laboral en su artículo 123, precepto en el cual ya se contemplaba una obligación patronal a efecto de otorgar a sus trabajadores pensiones, habitaciones cómodas, enfermerías entre otros servicios.

No obstante esto el crecimiento constante de la sociedad mexicana así como de su economía, reflejaba una necesidad para crear ordenamientos jurídicos más específicos, por lo que en el año de 1922 se presento un proyecto de Ley de Accidentes Industriales.

Para el año de 1924 la Ley de Organización de Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales disponía que los magistrados, jueces y oficiales que carecieran de fortuna podrían ser pensionados.

No obstante todos estos avances gran parte de los empleados públicos carecían de una seguridad social, por lo que en la busca de la unificación de estos derechos, el gobierno promulgo en el año de 1925 la Ley General de Pensiones Civiles y de Retiro, con la cual el propio trabajador con la ayuda del Estado daría aportaciones para poder gozar tanto de una pensión como de préstamos hipotecarios. Así mismo esta ley contemplaba pensiones por vejez e inhabilitación, por viudez y orfandad.

El 1º de Noviembre de 1938 surge la Federación De Sindicatos de los Trabajadores del Estado y con ella su Estatuto Jurídico, documento que le da personalidad jurídica a los trabajadores, y el reconocimiento a las organizaciones sindicales como defensoras de los intereses colectivos de los trabajadores.

En el año de 1946 se expide una nueva Ley de Pensiones, la cual con posterioridad su vigencia fue suspendida por lo que solo aplico a los trabajadores del magisterio y veteranos de la revolución. En 1947 esta Ley sufre reformas significativas como la pensión a los 55 años de edad y 15 de servicio, seguros de vejez, invalidez, muerte, orfandad y viudez, se previó la construcción de viviendas para los trabajadores, así como también el servicio médico a los trabajadores por accidentes de trabajo en hospitales privados.

Con la adición hecha a la Ley Suprema en el año de 1959, consistente en el apartado B del artículo 123 se da en primer lugar el reconocimiento de los derechos previstos en el Estatuto Jurídico de la FSTSE por parte de la Constitución, en ese mismo año se da la iniciativa de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado, misma que se publico en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Diciembre de 1959, con lo que la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro se transforma en 1960 en el ISSSTE. Este cuerpo normativo ya contemplaba una cobertura de asistencia en salud, prestaciones culturales, económica y sociales, las cuales no solo beneficiaban a los trabajadores sino a sus familiares. Las 14 prestaciones que preveía esta ley eran:

Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad.

Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Servicios de reeducación y readaptación de inválidos.

Servicios para elevar los niveles de vida del servidor público y su familia.

Promociones que mejoren la preparación técnica y cultural, y que activen las formas de sociabilidad del trabajador y su familia.

Créditos para la adquisición en propiedad de casas o terrenos y construcción de moradas destinadas a la habitación familiar del trabajador.

Arrendamiento de habitaciones económicas propiedad del Instituto.

Préstamos hipotecarios.

Préstamos a corto plazo.

Jubilación.

Seguro de vejez.

Seguro de invalidez.

Seguro por causa de muerte.

Indemnización global

En 1963 el Estatuto Jurídico de la FSTSE quedo abrogado y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado incluyo los seguros, prestaciones y servicios como una contraprestación de la relación laboral con el Estado.

Actualmente el ISSSTE a través de fondos como administración, ahorro para el retiro, medico, pensiones, prestamos,

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