Impacto del feminicidio en el Perú
Ana Laura Pérez RodasMonografía29 de Noviembre de 2020
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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PERÚ
Trabajo final
Trabajo que como parte del curso de Investigación académica presenta el alumno
APELLIDO, Nombre
- PÉREZ RODAS ANA LAURA U20304513
- VALENZUELA GONZALES ANDREA FERNANDA U20301192
- SÁNCHEZ DÍAZ KARINA JINETH U20311124
ICA, 24 de octubre del 2020
Estado de la cuestión sobre el impacto del feminicidio en el Perú entre los años 2018 y 2019
La violencia contra la mujer o más conocida como feminicidio es actualmente uno de los problemas que más afecta al mundo hoy en día. En el Perú el impacto ocasionado por el feminicidio se ha incrementado durante los años 2018 y 2019, teniendo consecuencias directas en la sociedad, pero sobre todo en la vida cotidiana de las víctimas y los más cercanos a estas.
Una de las características más común del feminicidio, es que luego del acto violento, suelen haber grandes cambios entre las personas que rodean y la víctima, pero sobre todo en las victimas. En ese sentido, el tema que analizaremos en este trabajo es el impacto del feminicidio en el Perú entre los años 2018 y 2019. La investigación tiene como principal objetivo resaltar las posturas de diferentes autores, quienes ofrecen interesantes propuestas acerca de la pregunta de investigación que nos planteamos: ¿Cuál es el impacto del feminicidio en el Perú entre los años 2018 y 2019?
Evidentemente, uno de los términos más importantes dentro de nuestro trabajo es el feminicidio. Los autores de los textos ya consultados lo definen cada uno desde su punto de vista. Ya que es una palabra que se repetirá muchas veces a lo largo del texto, es necesario incluir una definición de feminicidio. Es así como la antropóloga y representante del feminismo latinoamericano Marcela Lagarde por medio de uno de sus libros nos da una correcta definición de lo que es el feminicidio:
El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. En el feminicidio concurren en tiempo y espacio, daños contra mujeres realizados por conocidos y desconocidos, por violentos, violadores y asesinos individuales y grupales, ocasionales o profesionales, que conducen a la muerte cruel de algunas de las víctimas (Lagarde, 2008, p. 216)
Como se observa, el feminicidio es uno de los delitos más graves cometidos en contra de las mujeres por el simple hecho de ser mujeres. Muchos de los casos de feminicidio son a manos de personas cercanas a estas mujeres, ya sea por su pareja o ex pareja, un familiar cercano a ellas o simplemente un hombre que aún conserva sus ideales machistas.
Es por eso, que el feminicidio es la denominación que se le da a la violencia contra la mujer. Se puede reconocer fácilmente dos tipos de violencia: la violencia sexual y la violencia física y psicológica.
Según Velarde y Chávez (2013), El que la violencia sexual haya sido reconocida como una vulneración de derechos humanos ha facilitado que el problema se vea como un asunto de interés público y de competencia del Estado, superando esquemas que la colocaban como un problema privado e individual. Por otro lado, pese a no existir suficientes evidencias para establecer el peso específico de la violencia basada en género en la transmisión del VIH, definitivamente se trata de un factor de riesgo y a la vez un factor desencadenante de la violencia contra las mujeres, que genera un círculo vicioso que marca la vida de muchas mujeres viviendo con VIH (p. 13).
La violencia física es la acción o conducta, que causa daño a la integridad corporal o a la salud. Se incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación. Este tipo de violencia es la más denunciada, precisamente por ser la más visible. La violencia psicológica, que por lo general acompaña a las otras formas de violencia y que también tiene como base la desigualdad de género, es definida como la acción o conducta tendiente a controlar o aislar a la persona contra su voluntad, a humillarla o avergonzarla y que puede ocasionar daños psíquicos. Daño psíquico es la afectación o alteración de algunas de las funciones mentales o capacidades de la persona, producida por un hecho o un conjunto de situaciones de violencia, que determina un menoscabo temporal o permanente, reversible o irreversible del funcionamiento integral previo (Ley Nº 30364, articulo 8, inciso a).
Ambas citas, nos permiten conocer más a fondo estos dos tipos de violencia y como cada una de ellas daña de forma distinta a la mujer. A raíz de esto, es que podemos denominar el impacto causado en la mujer a causa de la violencia vivida:
El feminicidio; se produce a raíz de la relación toxica que existe entre la víctima y el victimario; por ello trasmite emociones muy fuertes, que el llamado a compadecernos de las victimadas y del dolor desgarrador que relatan y trasmiten los familiares, ojalá nos haga reflexionar sobre nuestro propio silencio, indiferencia y responsabilidad compartida (Valer, 2019, p. 3).
Como mencionamos en la cita anterior, el impacto emocional causado por el feminicidio es muy fuerte y afecta tanto a la víctima como a los seres más cercanos a ella. De todo esto podemos deducir que el feminicidio es un tipo de violencia del cual debemos reflexionar para así poder parar el incremento de casos y la perdida de tantas mujeres inocentes.
Durante los primeros meses del 2020, la atención de los medios de comunicación se ha centrado en el gobierno y en sus acciones para contrarrestar el covid 19, son pocos los periodistas que han hablado de los casos de feminicidio ocurridos durante la cuarentena. A partir de estas noticias sobre feminicidio en cuarentena, nos interesamos en saber más sobre el tema. De esta manera, pudimos conocer que el 27 de diciembre del 2011 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29819 que incorpora el delito de feminicidio en el código penal. La ley promulgada modifica y amplia el artículo 107 del mencionado código. El feminicidio no está considerado como delito autónomo, sino que se desarrolla dentro del artículo 107 del código penal, donde también se sanciona el parricidio, es decir, existen dos delitos en un mismo artículo. La Ley Nº 30068, de julio del 2013, incorpora modificaciones importantes en el código penal y el código de ejecución penal con el propósito de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio. Conocer sobre este tema y su impacto en los años anteriores nos causa mucho interés, pues es una problemática social que cobra muchas vidas en nuestro país.
Desde el punto de vista académico, este tema capta nuestra atención porque nos permite conocer y entender más la ideología machista y discriminatoria existente aun en gran parte de la población peruana. Distintos autores y entidades han abordado el tema desde distintos ángulos, lo que ha abierto un debate sobre el impacto del feminicidio en el Perú. Nos interesamos en este tema porque nos permite entender y concientizar más sobre el asesinato de tantas mujeres en el Perú. Son tan altas las tasas de mortalidad por lo que es sumamente importante tomar conciencia y tratar de llegar por medio de este trabajo de investigación a más personas, para que sepan más sobre esta problemática que día a día cobra la vida de una mujer peruana, sobre todo ahora en época de pandemia donde a causa de la cuarentena se ha incrementado a grandes escalas los casos de feminicidios en el Perú.
Para este estado de cuestión presentaremos la descripción de cada uno de los investigadores, en primer lugar, tenemos la investigación del ministerio de la mujer y población vulnerables. En segundo lugar, Lagarde una abogada, economista y política que ocupa el cargo de presidenta del Banco Central Europeo. Anteriormente, fue la directora gerente del Fondo Monetario Internacional. En tercer lugar, tenemos a Julio Emilio Velarde Flores, es un funcionario peruano, graduado en Economía. Fue presidente del Banco Central de Reserva del Perú. En cuarto lugar, a Flora Tristán, fue una escritora, pensadora socialista y feminista francesa de ascendencia peruana. Fue una de las grandes fundadoras del feminismo temprano. En quinto lugar, tenemos a Eduardo DargentH quien estudio en la Universidad Católica del Perú, es magíster en Filosofía Política por la Universidad de York en Reino Unido; recibió el grado de doctor en Ciencia Política por la Universidad de Texas en Austin, actualmente es profesor del Departamento Académico de Ciencias Sociales de la PUCP, director del programa de Maestría en Ciencia Política y Gobierno y Coordinador del Grupo de Investigación sobre Capacidad del Estado Peruano de la Escuela de Gobierno y Políticas Pública y por último tenemos Jazmín Guevara Abanto es una estudiante de sétimo ciclo de la PUCP y miembro de IUS360.
Uno de los puntos más resaltantes en las fuentes son las condiciones estructurales y características del feminicidio. Lagarde nos da a conocer las condiciones que conllevan muchas veces a un feminicidio, ya que las discrepancias claramente resaltadas en la sociedad entre los diferentes sexos es el causante principal de violencia:
El feminicidio se fragua en la desigualdad estructural entre mujeres y hombres, así como en la dominación de los hombres sobre las mujeres, que tienen en la violencia de género, un mecanismo de reproducción de la opresión de las mujeres […]surgen otras condiciones culturales como son el ambiente ideológico y social de machismo y misoginia, y de normalización de la violencia contra las mujeres (Lagarde, 2008. p. 217).
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