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Impuesto Sobre La Renta

darcy9f17 de Junio de 2014

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El Impuesto sobre la Renta (ISLR)

Grava toda ganancia o incremento de patrimonio, producido por una inversión o la rentabilidad de un capital, por el trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre de la profesión, y en general, los enriquecimientos derivados de la realización de cualquier actividad económica o de la obtención de un privilegio. Es un impuesto directo, puesto que grava una exteriorización inmediata de riqueza; es personal, ya que lo soporta directamente el beneficiario del enriquecimiento, y es progresivo, lo que significa que mientras mayor sea el enriquecimiento, mayor será la alícuota tributaria aplicable.

Historia del I.S.L.R

El impuesto sobre la renta comenzó desde la Edad Media, época en la que florece la cultura, el arte y humanismo. En esta época se inicia el impuesto de sucesiones y el de aduanas, cuando se estableció en Inglaterra como un impuesto extraordinario y temporal, destinado a cubrir necesidades excepcionales.

Posteriormente, se extendió a otros países como Alemania, Francia y Estados Unidos, y pasó a ser un impuesto permanente aplicado dentro del sistema global, sobre todo en países desarrollados o en vías de desarrollo.

En Venezuela se origina desde la colonia hasta el año 1830, cuando Venezuela se inició como república independiente, bajo la presidencia del General José Antonio Páez, iniciándose una serie de tributos, fijados por la colonia española, que se caracterizaban por la falta de uniformidad y consistencia en el momento de aplicarlos, lo que causó su posterior fracaso.

La primera Ley de Impuesto sobre la Renta en Venezuela entró en vigencia en el año 1943. En Gaceta Oficial número 20.851 del 17 de julio de 1.942 fue publicada por primera vez la Ley de Impuesto sobre la Renta, con una vacatio legis (período que transcurre desde la publicación de la norma hasta su entrada en vigor) hasta el 31 de diciembre de 1942, entrando en vigencia el día primero de enero de 1943.

La Ley se caracterizaba por estar estructurada bajo la forma de impuesto cedular, es decir, las tarifas se determinaban en base a los distintos tipos de actividad económica.

Desde que la Ley de Impuesto Sobre la Renta entró en vigencia, hasta nuestros días, ha pasado por una serie de modificaciones que van de la mano a las necesidades económicas y sociales del país.

Actualmente este tributo se rige por la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR), publicada en la Gaceta Oficial N° 38.628 de fecha 16/02/2007.

Aplicación en Venezuela

El ISLR es un impuesto obligatorio regido por derecho público, que las personas y empresas deben pagar al Estado para contribuir con sus ingresos.

Actualmente este tributo se rige por la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR), publicada en la Gaceta Oficial N° 38.628 de fecha 16/02/2007, en donde su ámbito de aplicación va a todos los bienes adquiridos gravables y al enriquecimiento anual neto disponible, en razón de actividades económicas realizadas tanto en Venezuela, como fuera de su territorio independientemente de quien las realice, sea nacional o no.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta y su reglamento establecen las disposiciones relacionadas con el cobro de un impuesto sobre las rentas obtenidas en el país, ya sea de fuente territorial o extraterritorial, y con la obligación que tienen los contribuyentes al terminar cada ejercicio económico anual de presentar la declaración jurada de rentas o ingresos y de pagar en caso de que proceda. La misma deberá comprender todos los enriquecimientos obtenidos durante dicho período.

El Impuesto Sobre la Renta (ISLR) es un impuesto que se le paga al estado venezolano, a través del Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal. El 31 de marzo de cada año, vence el plazo para declarar y pagar el ISLR.

Están obligados a declarar y pagar el ISLR, todas las personas naturales residentes en el país y las herencias yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 unidades tributarias, o ingresos brutos mayores a 1.500 unidades tributarias. Se debe tener en cuenta que el valor de la Unidad Tributaria cambia todos los años. Las personas que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario, igualmente estarán obligados siempre que tengan ingresos brutos mayores de 2.625 unidades tributarias. (Fundamento Legal. Art. 79 LISLR).

Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. Esta ley es realmente una reforma sobre la Ley del ISLR de 2001 y se diferencia sobre leyes anteriores en el gravado subsidiario de la renta extranjera y el reconocimiento (como crédito) de aquellos impuestos pagados en el extranjero.

Según el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto).

Se denomina persona jurídica a un sujeto de derechos y obligaciones que no existe como individuo sino como institución, y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un determinado papel.

De acuerdo con lo previsto en la ley, están obligadas a presentar la declaración definitiva de rentas, las personas jurídicas seguidamente enunciadas, cualquiera sea el monto de su enriquecimiento o pérdida:

• Compañías anónimas.

• Sociedades de responsabilidad limitada.

• Sociedades en nombre colectivo o en comandita simple.

• Sociedades de personas, irregulares de hecho.

• Comunidades.

• Titulares de enriquecimientos por actividades de hidrocarburos y conexas.

• Asociaciones, fundaciones y corporaciones.

• Establecimientos permanentes, centros o bases fijas.

• Empresas propiedad de la Nación, de los estados o de los municipios (Fundamento Legal Arts. 7 y 79 LISLR).

Impuesto a los Activos Empresariales: Es un impuesto que deben pagar todas las empresas, personas jurídicas o naturales, sujetas al impuesto sobre la renta; se incluyen como contribuyentes quienes presten servicios de naturaleza mercantil o realicen actividades industriales. El impuesto se calcula sobre el valor de los activos de su propiedad situados en el país o reputados como tales y que durante el ejercicio anual tributario correspondiente a dicho impuesto se encuentren incorporados a la producción de enriquecimiento proveniente de actividades comerciales, industriales o de explotación de minas e hidrocarburos.

Objetivos del Impuesto Sobre la Renta.

• Gravar la renta o el enriquecimiento percibido por los contribuyentes, con ocasión de las diversas actividades que estos puedan ejercer.

• Evitar la doble tributación o múltiple imposición.

• Estimular el flujo de capitales.

• Evitar maniobras para evadir cargas tributarias.

• Satisfacer las necesidades del pueblo o sociedad.

• Cumplir con los gastos públicos.

• Permitir el control y la veracidad de la declaración del sujeto pasivo.

Características del Impuesto Sobre la Renta.

• Nacional: Es competencia del Poder Público Nacional, así lo regula nuestra constitución. De forma taxativa y por ende es competencia originaria.

• General: No hace distingo entre contribuyentes, ni en actividad en cuanto al cumplimiento de la obligación tributaria.

• Personal: Es determinante la capacidad contributiva del sujeto. Considera características de cada contribuyente y se aplica sobre el enriquecimiento neto.

• Progresivo: A mayor renta, mayor tributación. Es decir a mayor ingreso mayor será el monto del impuesto a pagar.

• No Vinculado: No se recibe contraprestación directa alguna por parte del Estado.

• Ordinario: El Estado recibe los pagos del impuesto de manera periódica, permanente y por ende forma parte del presupuesto nacional.

• Directo: El tributo o la obligación recae directamente sobre el sujeto del enriquecimiento. El contribuyente no puede trasladar el pago del impuesto a otro sujeto.

• Sucesivo: Comprende actividades que se realizan de forma constante o repetitiva, durante un año, lapso que comprende el ejercicio fiscal, tiempo que debe transcurrir para que acaezca, ocurra y por ende se perfeccione el hecho imponible y nazca la obligación tributaria.

Cálculo del Impuesto sobre la Renta de las personas naturales

Se debe determinar su enriquecimiento neto, es decir, el incremento de patrimonio que han tenido durante el ejercicio gravable. Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los costos y deducciones permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos. Cuando los ingresos sólo se correspondan a salarios y remuneraciones obtenidos por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto.

Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones)

Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento gravable o "pérdida", para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores.

Enriquecimiento gravable = Enriquecimiento neto - pérdidas de años anteriores

Al enriquecimiento gravable

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