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Infancia En Chile


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  4.121 Palabras (17 Páginas)  •  258 Visitas

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Infancia

Cambio de concepto de objeto de protección a sujeto de derechos

Alejandra Gutiérrez Valenzuela, Daniela Maldonado Cáceres, Tarja Avilés Mora, Ruth Jara Rojas, Valentina Jara Daza

Resumen

Esta investigación consiste en indagar desde la infancia, el cambio de paradigma de la percepción antigua que se evocaba en ver al niño como un objeto de protección, siendo reprimidos sus derechos y vistos como personas que iban a crecer, asignándole la etiqueta de "pequeños adultos", lo que conlleva a la vulneración de sus derechos y sus necesidades básicas dando paso a la nueva perspectiva ya mas enfocada a la equidad judicial de los niños como lo es la de sujeto de derechos, lo que implica que los menores sean usuarios directos de los beneficios otorgados por el estado, es decir, los derechos. A lo largo de este artículo se puede observar que términos como infancia, niñez y políticas sociales son importantes en el desarrollo de este en la relación teórica que realizamos. Para la extracción de los resultados utilizamos la entrevista, donde pudimos tener un acercamiento más práctico con profesionales especializados en el área de infancia desde como ellos han vivido y evidenciado este cambio en el desarrollo de su profesión.

Palabras claves: Infancia, Políticas Sociales, Niñez, Autonomía, Objeto, Sujeto.

Abstract

This research is to investigate since childhood, the paradigm shift from the old perception evoked in seeing the child as an object of protection, being repressed their rights and viewed as people who were going to grow, by assigning the label "small adults ", which leads to the violation of their rights and basic needs giving way to new perspective and more focused on the legal equality of children as is the subject of rights, which implies that children are direct users of the benefits granted by the state, therefore rights. Throughout this article we can see that terms such as infancy, childhood and social policies are important in the development of this theoretical relationship we do. To extract used the interview results, where we could have a more practical approach with specialized professionals in the area since childhood as they have lived and demonstrated this change in the development of their profession.

Keywords: Childhood, Social Policies, Childhood, Autonomy, Object, Subject

La problematización de nuestra temática se basa principalmente en el desconocimiento que hay acerca del cambio de concepto en infancia de objetos de protección a sujeto de derecho y si esto realmente se hace efectivo en la práctica, desde la visión de la sociedad.

Aún no tenemos un conocimiento concreto sobre este cambio teórico, por eso con esta investigación buscamos saber si las personas han cambiado la percepción con respecto a la infancia y si los derechos de los niños son respetados tal cual lo dice la teoría en la cual nos enfocamos, además de investigar si este cambio de concepción ha provocado modificaciones sustanciales o sólo permanece en el ámbito conceptual, estando en una transición hacia el nuevo paradigma de ver a los niños como sujetos de derechos.

Objetivo:

Analizar los cambios en la política de infancia a partir de la evolución que llevo a centrar al niño como sujeto de protección y desechar el concepto de objeto de protección basándonos en el relato y experiencia empírica de profesionales que se desempeñen anterior y actualmente en el área.

Preguntas de Investigación:

1.- ¿Cuál será el cambio de paradigma en infancia, al pasar del concepto de objeto de protección a sujeto de protección?

2.- ¿A partir de que se produce el cambio en de la visualización del niño como objeto de protección a ser considerado sujeto de protección?

3.- ¿En la práctica, en que aspectos se ve evidenciado el cambio de concepto efectuado en infancia desde considerar al niño como objeto a sujeto de protección?

4.-¿Cuál será la visión que se tiene con respecto a los cambios de políticas sociales en cuanto a infancia?

Fundamentación:

El tema que nuestro grupo eligió a desarrollar nació por la inquietud de conocer los cambios que ha tenido la concepción de infancia a lo largo de la historia de nuestra sociedad, las características de las visiones antiguas y las actuales con respecto a este tema con el fin de analizar los contrastes de las distintas posturas referidas a infancia.

El tema a analizar tiene como foco general la infancia, pero como mencionamos anteriormente nuestro objetivo se basa en un punto más específico dentro de esta misma temática, que es el cambio de concepto con el que se visualiza esta categoría pasando de ser vista como objeto de protección a la nueva concepción de sujeto de derecho y para llegar a este

punto es esencial dejar claro algunos conceptos que nos ayudaran a comprender a cabalidad nuestro tema de investigación

Primeramente y con el fin de sentar las bases de nuestra investigación y enmarcarnos de lleno en el tema que nos convoca, es fundamental tener claro y definido el concepto de infancia, podemos referirnos a esta de la siguiente forma:

La infancia implica un espacio delimitado y seguro, separado de la edad adulta, en el cual los niños y las niñas pueden crecer, jugar y desarrollarse. (UNICEF, 2005)

Para contextualizar, esta definición de infancia es moderna, dando cuenta de esto la infancia además de ser el grupo social se entiende como la etapa donde los menores deben disfrutar de ella, es decir, tengan una calidad de vida óptima y libertad para llevar a cabo su inocencia.

En palabras simples y para efectos de este informe para la sociedad la concepción del concepto infancia se entenderá como un espacio socialmente construido, espacio al que pertenecen los niños y niñas (Pavez, 2012)

Por tanto al referirnos al termino niñez, puede que tendamos a confundirnos con lo ya establecido como infancia en su concepto teórico, pero es importante en términos prácticos establecer la diferencia entre estos términos.

La infancia es una condición social delimitada por una construcción cultural e histórica diferenciada y caracterizada por relaciones de poder, mientras que las niñas y los niños serían el grupo de personas o sujetos sociales que se desenvuelven en dicho espacio social. (Gaitán, 2006)

Es de vital importancia que para el desarrollo de nuestra investigación se entienda que en la realidad nacional, se considera menor de edad a los individuos desde 0 a 18 años. Dentro de esta categoría etaria se hacen valer los derechos del niño y las políticas públicas referidas a infancia que es lo que nos convoca, antes de entrar a nuestro tema en concreto definiremos lo que son las políticas públicas.

Política Pública

Son el conjunto de objetivos, decisiones y acciones que lleva a cabo un gobierno para solucionar los problemas que en un momento determinado los ciudadanos y el propio gobierno consideran prioritarios. (Tamayo, 1997)

Conjunto de decisiones que se traducen en acciones, estratégicamente seleccionadas (dentro de un conjunto de alternativas, conforme a una jerarquía de valores y preferencia de los interesados). Su dimensión es pública por el tamaño del agregado social sobre el cual coinciden, pero sobre todo por su carácter imperativo, siendo este revestido de la autoridad legítima y soberana del poder público. (Gracas, 2006)

Considerando estas definiciones como la base para nuestra concepción de este término, podemos agregar que además de ser consideradas acciones y conjunto de decisiones que se llevan a cabo por una entidad pública para solucionar las problemáticas que se consideran fundamentales, han sido orientadas y sustentadas y relacionadas con el modelo económico y social de las últimas tres décadas, y que está en proceso de abandonar la perspectiva subsidiaria y asistencialista con un rol mínimo del estado para pasar a una visión de carácter promocional que busca garantizar derechos.

Para profundizar aún más en nuestra temática y llegar a nuestro desarrollo con una visión clara de todos los términos que necesitamos conocer de manera esencial, ya teniendo claro lo que conocemos como políticas públicas ahora profundizaremos aún más y nos insertaremos en la temática de políticas públicas pero orientadas a la infancia.

Con respecto a esto podemos decir que las políticas públicas orientadas a infancia son las medidas, decisiones proyectos, entre otros, ejecutados desde el gobierno imperante para generar y asegurar las mejores condiciones posibles y las mayores oportunidades para los niños y niñas miembros de la sociedad chilena.

Al igual que en políticas públicas se ha ido variando progresivamente desde una visión preferentemente asistencial a una más promocional y de inversión social, que considera el desarrollo infantil como un componente fundamental y directamente asociado a desarrollo humano integral.

Enfocándonos en nuestro país la visión de las políticas públicas referidas a la infancia se basan en cuatro ejes fundamentales:

• Servir de marco orientador de todos y cada una de las iniciativas desarrolladas a favor de los niños, niñas y adolescentes, particularmente aquellos de carácter público.

• Generar los mecanismos e instrumentos que garanticen a todos los niños, niñas y adolescentes ser respetados y ejercer plenamente sus derechos.

• Generar una institucionalidad propia para la Infancia, la Adolescencia y la Familia, con expresión en los niveles comunal, regional y central de la administración del Estado.

• Promover y estimular el desarrollo de planes, programas y servicios sociales, tendientes a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

Los programas, servicios y beneficios dirigidos a la infancia que se han llevado a cabo en nuestro país han respondido, en general, a atender los “problemas de la infancia” o a “los niños con problemas”, lo que ha determinado que las instituciones y programas creados para implementar acciones a favor de la infancia y la adolescencia respondan a la lógica de ver al niño como objeto de atención y protección y no como sujeto de derechos. Se ha perdido de vista al niño, niña y adolescente como sujeto portador de múltiples necesidades pero también de capacidades y potencialidades, como un ser integral y como tal, capaz según su etapa de desarrollo, de participar y aportar en la solución de sus problemas.

La Convención de los Derechos del Niño ratificada en Chile un 20 de agosto de 1990 por Patricio Aylwin, aprobada un año antes por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Con esta ratificación, el Estado de Chile se comprometía frente a la comunidad internacional a asegurar la protección de el niño, la niña y el cuidado que sean necesarios para su bienestar.

La Convención consagra, para los menores de 18 años, los principios elementales de la Declaración de Derechos Humanos incluida su universalidad y su indivisibilidad. Ningún derecho tiene más valor que otro y los derechos deben ser para todos los niños y niñas. La Convención significa un cambio radical en el concepto de niñez, pasando de considerar a la infancia como objeto de protección a ser considerada como sujeto de derecho, significa también un cambio en el rol del estado, desde un estado tutelar a un estado garante de derechos y significa un cambio en las políticas públicas, desde un enfoque de carencias a un enfoque de derecho.

La convención se debe llevar a cabo al pie de la letra por lo tanto se deben adoptar los siguientes principios:

• Respeto a la vida y al desarrollo integral del niño en cada una de sus etapas

o Lo anterior significa, por una parte, actuar efectivamente sobre las condiciones sociales, económicas, culturales, físicas, ambientales, que imposibilita el acrecentamiento integral de los niños, niñas y adolescentes, y por la otra, desplegar una acción integrada y sincronizada que articule los servicios del Estado y que integre también a la sociedad civil y al sector privado, entendiendo que el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes es responsabilidad de toda la sociedad.

• Igualdad de derechos y de oportunidades

o Esto significa, por una parte, difundir servicios sociales especiales para niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos o en riesgo de ubicarse futuramente ahí, y por la otra, desarrollar programas y acciones dirigidos específicamente a equiparar condiciones básicas para acceder en igualdad de condiciones a las posibilidades de desarrollo.

• Autonomía progresiva del niño en el ejercicio de sus derechos

o Este principio se fundamenta en que el niño tiene derecho a desarrollar progresivamente el ejercicio autónomo de sus derechos, superando el argumento tradicional que indica que los padres tienen poderes sobre los niños, debido a que éstos carecen de autonomía.

• No discriminación y respeto de la propia identidad

o Para efectos de avanzar en el respeto a este principio, será necesario desarrollar iniciativas dirigidas a sensibilizar a la sociedad en el respeto a la diversidad y a fomentar la aceptación de las diferencias. Al mismo tiempo, los programas y acciones que se lleven a cabo a favor de los niños, niñas y adolescentes deben tomar en consideración las diferencias entre ellos y contar con mecanismos efectivos de integración social de todos.

La Convención de los derechos del Niño, tal como lo expresa su artículo 4, obliga en forma directa a los Estados partes a “ adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole que sean necesarias para dar efectividad a los derechos en ella reconocidos”. Se constituye así en un poderoso marco ético valórico ordenador, que promueve una nueva visión de las relaciones jurídico - sociales de la infancia, a la vez que es una fuente de inspiración para la transformación legal, política y cultural de la sociedad hacia una comunidad más democrática, integrada y desarrollada. La Convención de los derechos del Niño no define a los niños por sus necesidades o carencias, por lo que les falta para ser adultos o lo que impide su desarrollo. Por el contrario, al niño se lo considera y define según sus atributos y sus derechos ante el Estado, la familia y la sociedad.

Para alcanzar el objetivo propuesto en el desarrollo de un futuro óptimo y cumplir con la misión que se ha definido para la Política Nacional a favor de la Infancia y la Adolescencia, debe haber una gestión pública centrada en la promoción, protección, la fiscalización y generalidad del cumplimiento efectivo de los derechos consagrados en la Convención de los Derechos del Niño.

Lo anterior significa enfrentar algunos desafíos que resulta importante identificar, estos son:

• El desafío de la integralidad: este desafío implica abordar todos los espacios de la vida y desarrollo de los menores.

• El desafío de la pertinencia: estrategias de intervención pertinentes a las necesidades de los niños en cada una de sus etapas de desarrollo y a las singularidades de la situación económica, social, cultural y geográfica donde ellos se despegan y desarrollan.

• El desafío de la participación: resulta indispensable considerar la participación dinámica y eficaz de la comunidad, las familias y especialmente de los mismos niños, niñas y adolescentes en el proceso de toma de decisiones acerca de temas que les afecten, en el ámbito de la co-responsabilidad en la aplicación efectiva de los derechos de la infancia y la adolescencia.

• El desafío de la equidad: A través de programas y servicios conducidos por criterios de equidad, será posible el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades para todos los niños, niñas y adolescentes.

Finalmente y teniendo una base teórica de los conceptos que debemos conocer y que tienen directa relación con nuestra temática principal que es analizar el cambio de paradigma de objeto de protección a sujeto de derecho, nos enfocaremos de lleno a analizar lo anterior.

A lo largo de la historia de Chile se han producidos variados cambios, con respecto a esto nos enfocaremos en el cambio de paradigma de objeto de protección a sujeto de derecho.

Objeto de protección es el concepto antiguo que se tenía de la infancia donde se consideraba al niño como alguien que era incapaz de decidir por sí mismo, es decir, dependía de sus padres o su tutor, se veía como alguien que será adulto en un futuro por lo tanto lo definían por su falta de autonomía donde no podía participar de la sociedad.

Lo que argumenta la posición del estado frente a esto es que son identificados como objeto de necesidades por lo tanto este utilizara las políticas públicas para otorgar protección pero esta será principalmente asistencialista y subsidiarias.

Tiene una visión desde la minusvalía e inmadurez que argumenta la incapacidad jurídica con la que eran vistos lo que quiere decir que, están privados de la facultad de obrar por si mismos fundamentándose en la falta o insuficiencia de su desarrollo mental o la imposibilidad de poder manifestar su voluntad, impide que sean titular de determinados derechos.

Como hecho relevante para el cambio de paradigma frente a la infancia tenemos los compromisos asumidos por chile en la “cumbre mundial en favor de la infancia” en 1990, y a partir de la suscripción de la convención de los derechos de los niños y desde este suceso en adelante la infancia pasa a ser concebida como un sujeto de derecho. A partir del momento en que los gobiernos deciden ratificar los derechos de los niños estos se comprometen a proteger y asegurar estos. A través de la estipulación y puesta en marcha de medidas y políticas que protejan estos intereses.

El reconocimiento de los derechos de los niños ha sido un proceso gradual desde una primera etapa en que los niños fueron personas prácticamente ignoradas por el derecho y solamente se protegían jurídicamente las facultades, generalmente muy discrecionales, de los padres. Los intereses de los niños eran un asunto privado, que quedaba fuera de la regulación de los asuntos públicos.

Posteriormente, se observa un aumento en la preocupación por los niños y se empieza a reconocer que ellos pueden tener intereses jurídicamente protegidos diversos de sus padres.

En consecuencia, se puede decir que considerar a la infancia como sujeto de derecho significa que los intereses de los niños pasan a ser parte de los asuntos públicos y que a partir del proceso iniciado con la Convención los intereses de los niños se convierten en genuinos derechos, los niños podrán oponer sus derechos como límite y orientación tanto de la actuación de los padres, como del Estado. Se deja de ver a los niños como dependientes de sus padres o de la arbitrariedad de la autoridad.

El cambio es importante para resaltar la necesidad de reconocer al niño en su calidad de persona; y reconocerlo como un sujeto portador de derechos, este principio debe ser un mecanismo eficaz para oponerse a la amenaza y vulneración de los derechos reconocidos y promover su protección igualitaria.

Cabe destacar el surgimiento del principio de interés superior que es fundamental en esta nueva visión de infancia y que hace referencia a la plena satisfacción de los derechos, consiste en limitar y orientar todas las decisiones según los derechos de los niños, es una limitación, una obligación, una prescripción de carácter imperativo hacia las autoridades.

Si bien es cierto existe un cambio de concepto en la concepción de Infancia, es importante contextualizar que fue lo que llevo a que este cambio se hiciera efectivo teóricamente y para eso es necesario revisar la historia mundial donde encontramos que a mediados del siglo XIX, surgió en Francia la idea de ofrecer protección especial a los niños; esto permitió el desarrollo progresivo de los derechos de los menores, A principios del siglo XX, comenzó a implementarse la protección de los niños, incluso en el área social, jurídica y sanitaria. Este nuevo desarrollo, que comenzó en Francia, se extendió más adelante por toda Europa Desde 1919, tras la creación de la Liga de las Naciones (que luego se convertiría en la ONU), la comunidad internacional comenzó a otorgarle más importancia a este tema, por lo que elaboró el Comité para la Protección de los Niños.

El 16 de septiembre de 1924, la Liga de las Naciones aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (también llamada la Declaración de Ginebra), el primer tratado internacional sobre los Derechos de los Niños. A lo largo de cinco capítulos la Declaración otorga derechos específicos a los niños, así como responsabilidades a los adultos. La Segunda Guerra Mundial dejó entre sus víctimas a miles de niños en una situación desesperada. Como consecuencia, en 1947 se creó el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (conocido como UNICEF) al cual se le concedió el estatus de organización internacional permanente en 1953.

Es clave destacar que desde el 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales” Lo que es el paso primordial para la posterior creación de los derechos de los niños Durante sus inicios, la UNICEF se centró particularmente en ayudar a las jóvenes víctimas de la Segunda Guerra Mundial, principalmente a los niños europeos. Sin embargo, en 1953 su mandato alcanzó una dimensión internacional y comenzó a auxiliar a niños en países en vías de desarrollo, dimensiones que alcanzaron nuestra realidad nacional.

La Organización luego estableció una serie de programas para que los niños tuvieran acceso a una educación, buena salud, agua potable y alimentos Así, el 20 de noviembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. A lo largo de 54 artículos el documento establece los derechos económicos, sociales y culturales de los niños. Este es el tratado sobre derechos humanos que se ha aprobado más rápidamente. Se convirtió en un tratado internacional Es así como esta serie de iniciativas sociales que llevan a reformular la visión de infancia que se tiene a nivel mundial son la base para que Chile también inmerso en este contexto internacional acuñe esta serie de cambios estableciendo como eje verificador la adopción de los derechos de los niños en el año 1990 al igual que en el resto del mundo.

La convención sobre los derechos del niño, principal instrumento de orientación ética y política en cuanto a todo lo referido con infancia, es señalado frecuentemente como un referente, pero a lo largo de nuestra investigación no se aprecia su verdadera aplicación práctica, hemos establecido a la convención de los derechos de los niños como principal recurso para establecer el momento preciso del supuesto cambio de paradigma en la realidad Chilena pero según lo estudiado muchos de los cambios propuestos se han quedado solo en ideas sin concretar.

A pesar de que se han realizado avances en materia de ajustar la legislación nacional a los mandatos, principios y contenidos en la Convención de los Derechos de los Niños, y a cada uno de los artículos en ella impresos aun se puede observar, que sobre todo en el trato hacia los menores, falta mucho por transformar, aunque se establezca como centro los derechos de los niños.

Los programas, proyectos, servicios y beneficios que ofrecen y se llevan a cabo, responden a lógicas internas de cada sector más que a una mirada integrada de prioridades y énfasis; cada institución hace lo que cree será mejor para los niños y niñas en el sector que está ubicado, que no necesariamente tendrán resultados a nivel macro hablando socialmente con esto queremos decir que si bien existen programas creados para tratar las temáticas referidas a infancia y a la vulneración de los derechos de los niños, estas iniciativas no son lo suficientemente efectivas por su carácter poco inclusivo y muchas veces por el poco respaldo que estas iniciativas obtienen de parte del estado chileno que paradójicamente debería ser el principal precursor del resguardo de el bienestar infantil.

Por otra parte se constata la existencia de una serie de programas que apuntan a resolver problemas semejantes, los cuales están débilmente coordinados o mal enfocados que apuntan a la reparación de los derechos de los niños en vez de la promulgación y protección de estos por ejemplo: existen programas para tratar con niños afectados física o psicológicamente en vez de promulgar a nuestra sociedad medidas para evitar hechos como estos que debieran considerarse inconcebibles.

El desafío ético que esto plantea requiere de profundas transformaciones culturales, las cuales traspasan los marcos meramente discursivos, y se requiere que permeen en la sociedad, de tal manera que los principios y derechos enunciados formen parte de la vida cotidiana de toda nuestra comunidad nacional.

Nuestra perspectiva enfatiza que ser niño, niña o adolecente no es ser “menos adulto” ya que la niñez no son solo etapas de preparación para la vida adulta, si no que tienen el mismo valor que cualquier otra etapa de desarrollo de la vida.

Entrevista:

La metodología a utilizar para nuestra investigación será la entrevista, entiendo entrevista como “una técnica de investigación psicosociológica basada en un dialogo dirigido por el entrevistador a fin de obtener la máxima información posible sobre el entrevistado” Habiendo considerado esta definición creemos que este será el mejor método para poder recoger la información necesaria acerca de cómo se evidencio el cambio de paradigma desde considerar a la infancia como sujeto de protección a sujeto de derecho, necesitamos recopilar información acerca de esto entrevistando a actores que hayan evidenciado este cambio en la práctica, ya seas trabajadores sociales, psicólogos, profesores etc., siempre basándonos en la lógica de que estén inmersos en el tema que nos convoca y que tengan la suficiente experiencia para haber evidenciado este cambio personalmente.

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