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Introducción A La Constitución De 1978


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2013  •  2.898 Palabras (12 Páginas)  •  276 Visitas

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A lo largo de la historia las necesidades sociales han hecho surgir un tipo de texto normativo que cumpla una función de reglamentación suprema y establezca los principios de una sociedad. Este tipo de texto se conocerá como una Constitución.

Las primeras Constituciones surgieron en Inglaterra , Francia y América , estas buscaban esencialmente declarar la libertad, igualdad, y la prohibición del sometimiento ciudadano a los poderes. Si echamos un vistazo a la historia de estos países, donde existía una supremacía de los poderes absolutos, veremos como socialmente una constitución era la solución. Se convirtieron, por tanto, en unas normas jurídicas o documentos políticos, donde se intentaba establecer “dos principios esenciales, la separación de poderes y la protección de los derechos individuales”.

En el caso de España, se han sucedido diversas Constituciones en función del periodo de nuestra historia al que nos refiramos, empezando por la primera del año 1812, que será abortada por un golpe de estado restaurando el antiguo régimen, y posteriormente la Constitución de 1837, que permanecerá vigente hasta la victoria de los moderados en 1845 quién establecerán una nueva Carta Magna, la cual estará presente hasta la Revolución Gloriosa del 1868. Tras la revolución una nueva Constitución surge, la del 1869 que desaparecerá con la Restauración, periodo en el que se establecerá la que mayor vigencia obtuvo, hasta el golpe de Primo de Rivera.

En menos de medio siglo y tras este periodo de carácter dictatorial, surgirá la Segunda República española en 1931, pero los conflictos y tensiones que dominaran esta época , acabarán siendo la génesis de la Guerra Civil en nuestro país, que darán lugar al periodo dictatorial,de Francisco Franco.

El sufrimiento generado socialmente , las desigualdades de todo ámbito, la limitación de los derechos y libertades y la represión del régimen, hicieron que por una vez, el sentimiento general del pueblo español fuese la necesidad de llegar a un acuerdo, y ese acuerdo fue, la vigente a día de hoy, Constitución Española de 1978.

Tras la caída del régimen franquista, se inicia un período de transición democrática, y tras el nombramiento de Juan Carlos I como rey de España y Adolfo Suárez como presidente, dos de los mas destacados artífices del cambio, se da inicio a un rápido periodo de modificaciones y reformas, donde reinará el consenso y la unidad. Una comisión constitucional se encargará de la redacción del texto , el cual será aprobado primero en las Cortes Generales, y posteriormente refrendado por el pueblo español a 6 de Diciembre de 1978, entrnado en vigor tras su sanción y promulgación a manos del Rey , el 27 de Diciembre de 1978.

Una vez aprobada la constitución, quedan establecidos unos órganos de representación ciudadana, las llamadas Cortes Generales. En España las cortes son bicamerales , es decir constan de dos cámaras, el Congreso de los Diputados, como cámara de representación popular, y el Senado , cámara de representación territorial.

Ambas actuarán de forma separada y con independencia sobre los temas que le corresponden, excepto en materia de la Corona Española , para lo cual las sesiones serán conjuntas y presididas por el presidente del Congreso.

Según la Constitución el Congreso estará formada por un mínimo de 300 miembros y un máximo de 400, con una representación proporcional a las circunscripciones provinciales, quienes tendrán un mínimo de 2 por provincia, excepto Ceuta y Melilla, que dispondrán de un solo diputado.

En el caso del Senado, se establecen dos tipos de miembros, los senadores provinciales y los autonómicos. En cada provincia se elegirán 4 senadores por sufragio universal, excepto para las islas mayores (Gran Canaria, Tenerife, Mallorca) que elegirán 3 , y las islas menores (Menorca, Ibiza, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote, La Palma) con un Senador por cada una. Además de estos , cada comunidad autónoma designará un Senador más y otro por cada millón de habitantes.

La Constitución establece también respecto al apartado parlamentario , una serie de directrices a la hora de determinar la posibilidad de participación activa o pasiva en las Cortes. Los posibles miembros parlamentarios deben cumplir una serie de requisitos conocidos como incompatibilidades, para asegurar la independencia , dedicación y libertad en el desempeño de sus funciones. Estarían entre estas incompatibilidades el desempeño de cargos públicos o profesiones relevantes.

Pero también son establecidas una serie de prerrogativas parlamentarias que buscan igualmente velar por la independencia y libre ejercicio del cargo. Estas constarían de una prohibición de mandato imperativo, es decir, libertad de elección y voto sin que quepa influencia externa, la inviolabilidad, inmunidad, y fuero jurisdiccional, que son respecto de la opiniones manifestadas, respecto de los actos excepto flagrante delito, y respecto a la forma de ser juzgados solo mediante el Tribunal Supremo,respectivamente.

Se establece además en la Constitución el funcionamiento de las Cámaras que podrá ser en Pleno o Por Comisiones.

El Pleno , que sería la reunión al completo de todos los congresistas y senadores en sus respectivas cámaras, en sesiones publicas y solemnes, para la toma de las decisiones de mayor trascendencia.

Por comisiones, sería la reunión de grupos de trabajo de varios congresistas y senadores, con el fin de agilizar el trabajo parlamentario repartiendo funciones, aunque su actividad se ve limitada a los temas de reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y de bases y presupuestos generales.

Es importante también la figura de la Diputación Permanente, compuesta por un mínimo de 21 miembros presidida por el presidente de la respectiva Cámara, y que tiene como función dar continuidad al parlamento en determinados periodo, dando posteriormente cuenta de las actuaciones realizadas.

Se establecen del mismo modo, una serie de funciones de las Cortes, como son el ejercicio de la potestad legislativa, la aprobación de los presupuestos generales del Estado y el control de la acción parlamentaria.

La potestad legislativa , aprobación de normas que tienen fuerza de ley , es decir capacidad de prevalecer sobre otras, dando al parlamento la titularidad de iniciar el proceso legislativo, la aprobación de los proyectos de ley que el gobierno presente y la tramitación de las diferentes

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