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La constitución española de 1978


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2023  •  Resúmenes  •  2.068 Palabras (9 Páginas)  •  24 Visitas

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LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

SANCIÓN: BOE 29/dic/1978 Rey de España Don Juan Carlos I “Sabed: que las cortes y el pueblo español han aprobado y ratificado la siguiente constitución.”

PREÁMBULO: La nación española proclama su voluntad de:

-Garantizar la convivencia democrática.

-Consolidar un estado de derecho.

-Proteger los derechos cultura, tradición, lengua e instituciones españolas.

-Promover el progreso cultural y económico.

-Sociedad democrática avanzada.

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1:

1-España es un estado social y democrático de derecho con: (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político).

2-La soberanía reside en el pueblo español.

3-La forma política es monarquía parlamentaria.

Artículo 2:

La constitución es indisoluble, común e indivisible y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.

Artículo 3:

1-El castellano es la lengua oficial. (Todos los españoles deben usarla y conocerla).

2-Las lenguas de las CCAA también serán oficiales.

3-La riqueza de las modalidades lingüísticas es patrimonio cultural.

Artículo 4:

1-La bandera tiene 3 franjas siendo la amarilla el doble de ancha que las rojas.

2-Los estatutos podrán reconocer las banderas de las CCAA.

Artículo 5: La capital del estado es la villa de Madrid.

Artículo 6:

Los partidos políticos expresan pluralismo político, ayudan a la manifestación popular, a la participación política, son libres dentro de la constitución y su funcionamiento será democrático.

Artículo 7:

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales:

-Defienden los intereses económicos y sociales.

-Libres dentro de la constitución

-Deben ser democráticos.

Artículo 8:

1-Las fuerzas armadas (formadas por ejército de tierra, aire y la armada) tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España y defender su integridad territorial y constitucional.

2-Una L.O. regula las bases de la organización militar conforme a los principios de la constitución.

Artículo 9:

1-Los ciudadanos y poderes públicos están sujetos a la constitución y al resto de ordenamiento jurídico.

2-Los poderes públicos:

  • Promueven la libertad e igualdad y facilitan la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3-La constitución garantiza:

  • La legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de normas, la seguridad jurídica, la responsabilidad y arbitrariedad de los poderes públicos.

TÍTULO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES.

Artículo 10:

1-La dignidad de la persona; los derechos inviolables que son el libre desarrollo de la personalidad y el respeto a la ley y a los derechos de los demás.

2-Las normas de los derechos humanos se interpretan en conformidad con:

  • La declaración universal de los derechos humanos.
  • Tratados y acuerdos internacionales sobre las materias ratificadas en España.

CAPÍTULO I DE LOS ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS.

Artículo 11:

1-La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde según la ley.

2-Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

3-El estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con países iberoamericanos y que tengan especial vinculación con España. Además, los españoles allí no perderán su nacionalidad.

Artículo 12:

Los españoles son mayores de edad a los 18 años.

Artículo 13:

1-Los españoles gozarán en España de libertades públicas.

2-Solo los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el art.23.

3-La extradición solo se concederá en cumplimiento de un tratado o ley quedando excluidos los delitos políticos, pero no los actos de terrorismo.

4-Ciudadanos de otros países podrán gozar del derecho de asilo en España.

CAPÍTULO II DERECHOS Y LIBERTADES.

Artículo 14:

Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda haber discriminación por raza, sexo, religión, opinión…

SECCIÓN I DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS LIBERTADES PÚBLICAS.

Artículo 15:

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral. Queda abolida la pena de muerte.

Artículo 16:

1+2+3-Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto y nadie será obligado a declarar sobre ello.

Artículo 17:

1-Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.

2-La detención preventiva no podrá durar +72H, deberá ser puesto en libertad o a disposición judicial.

3-Todos los detenidos han de ser informados de sus derechos, del motivo de la detención y no ser obligados a declarar, además se garantiza la asistencia de abogado.

4-La ley regulará un proceso de “habeas corpus” para producir la puesta a disposición judicial y determinará el plazo máximo de prisión provisional.

Artículo 18:

1-Se garantiza el derecho a la intimidad.

2-El domicilio es inviolable (no entrar sin permiso del titular o resolución judicial).

3+4-Se garantiza el secreto de las comunicaciones salvo resolución judicial y la ley limitará el uso de la informática.

Artículo 19:

Los españoles tienen derecho a elegir su residencia y a circular por el territorio nacional, así como entrar y salir libremente de España.

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