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Jurisdiccion Inmobiliaria


Enviado por   •  10 de Julio de 2014  •  736 Palabras (3 Páginas)  •  517 Visitas

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DETERMINAR CUALES SON LAS COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES DE JURISDICCIÓN INMOBILIARIA.

La jurisdicción inmobiliaria esta compuesta por los siguientes órganos:

a) Tribunales Superiores de Tierras y Tribunales de Jurisdicción Original.

b) Dirección Nacional de Registro de Títulos.

c) Dirección Nacional de Mensuras y Catastro.

d) Comisión Inmobiliaria.

La Jurisdicción Inmobiliaria tiene competencia exclusiva para conocer de todos lo relativo a derecho inmobiliario y su registro en la Republica Dominicana, desde que se solicita la autorización para la mensura y durante toda la vida jurídica del inmueble, salvo en los casos expresamente señalados en la presente ley.

INDICAR EL O LOS ARTÍCULOS QUE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DE LOS INDICADOS TRIBUNALES.

El Tribunal Superior de Tierras: Son tribunales que están compuestos por no menos de cinco jueces designado por la Suprema Corte de Justicia, entre los cuales deben haber un presidente.

En el Art. 7.- de la Ley 108-05, Establece la Competencia de los Tribunales Superiores de Tierras, que conocen en segunda instancia de todas las apelaciones que se interpongan contra las decisiones emanadas de los tribunales de jurisdicción original bajo su jurisdicción, así como también en ultima instancia de las acciones que le son conferidas expresamente por esta ley.

Los Tribunales de Jurisdicción Original: Son Tribunales unipersonales que constituyen el primer grado de la jurisdicción inmobiliaria. Los Tribunales de Jurisdicción Original gozan de plenitud de Jurisdicción dentro del Distrito Judicial al que pertenecen.

En el Art. 10.- de la Ley 108-05, dice: Competencia. Los Tribunales de jurisdicción original conocen en primera instancia de todas las acciones que sean de la competencia de la jurisdicción inmobiliaria, mediante el apoderamiento directo por parte del interesado y de acuerdo a su delimitación territorial. La competencia territorial se determina por la ubicación física del inmueble, conforme a lo establecido en el capitulo de esta ley relativo a la Secretaria de los Despachos judiciales.

La Dirección Nacional de Registro de Títulos: Es el órgano de carácter nacional dentro de la jurisdicción inmobiliaria encargado de coordinar, dirigir y regular el desenvolvimiento de las oficinas de Registro de Títulos, velar por el cumplimiento de esta ley en el ámbito de su competencia y por el cumplimiento del reglamento General de Registros de Títulos.

En el Art. 14.- de la Ley 108-05, en el Párrafo I, Dice: La composición y competencia territorial de estos órganos y sus funciones son las que establezca la Suprema Corte de Justicia

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