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La Voz Cristiana


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  3.561 Palabras (15 Páginas)  •  201 Visitas

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INTRODUCCIÓN 3

RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE 4

GENERALIDADES DEL RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE 4

FINALIDAD DEL RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE………… .4

PROCEDIMIENTO PARA INTENTAR EL RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE……………………………………………………………………………….5

OBJETIVO DE LA NOTIFICACIÓN DE LA INSTANCIA…………………………… ..5

PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO………………………………………….6

NOCIÓN DEL FRAUDE…………………………………………………………………..6

ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS DE LA ACCIÓN………………………………...6

EL TERCER ADQUIRIENTE DE BUENA FE Y A TÍTULO ONEROSO…………….6

QUIEN PUEDE INTENTAR LA ACCION……………………………………………….8

PLURALIDAD DEL RECURSO………………………………………………………….8

TRIBUNAL COMPÉTENTE……………………………………………………………...8

SOLUCION DE LA DEMANDA……………………………………………………… …8

PRUEBAS DE RECURSO DE REVISION POR CASUA DE FRAUDES…………..9

COMPARACION ENTRE LA REVISION CIVIL Y LA REVISION POR CAUSA DE FREUDE…………………………………………………………………………………..10

CONSTITUCIONALIDAD DE LA REVISION POR CAUSA DE FRAUDE…………11

CONCLUSIONES 12

BIBLIOGRAFIA 13

INTRODUCCIÓN

Al introducir este tema de investigación basado en la Constitucionalidad del Recurso de Revisión por Causa de Fraude, donde se define en el artículo 86 de la Ley de registro Inmobiliario, como una acción mediante la cual se impugna una sentencia que el interesado considera que fue obtenida fraudulentamente durante el proceso de saneamiento.

Dicho proceso tiene como consecuencia un proceso de saneamiento de conformidad con el artículo 20 de la citada ley, es de orden público, lo que implica al cuestionar la sentencia del saneamiento con este recurso extraordinario, el mismo adquiere el carácter de orden público que tiene todo el proceso del mismo.

El proceso de Saneamiento Inmobiliario en la República Dominicana no termina con la sentencia de adjudicación del inmueble, como lo establece el artículo26 de la Ley de Registro Inmobiliario, sino que queda abierto el Recurso de Revisión por Causa de Fraude, por lo que es indispensable el plazo consagrado en el mismo.

El recurso de revisión por causa de fraude no se puede presentar los mismos medios de defensa que hayan sido rechazados en el saneamiento, lo que motivaría al Tribunal Superior de Tierras rechazar la instancia de forma administrativa, sin la necesidad de constituir al tribunal para la celebración de una sentencia.

Nosotros como equipo y futuros colegas en el proceso del desarrollo del tema en cuestión, podemos interpretar de acuerdos a los conocimientos adquiridos de dicho recurso, que tiene por finalidad de proteger la regulación del proceso de saneamiento inmobiliario y evitar que el orden público atribuye los derechos de propiedad y los derechos de sus propios dueño de los terrenos para defender con claridad y precisión de sus derechos fundamentales de los mismo como lo estable la ley de registro Inmobiliario Original

RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE

RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE: de acuerdo a la Ley 108-05 de Registro Inmobiliaria en el artículo No. 86, lo define como una acción mediante la cual se impugna una sentencia que el interesado a considerar que fue obtenida fraudulentamente durante el proceso de saneamiento.

-Es un recurso de carácter extraordinario mediante el cual se impugna una sentencia de saneamiento emanada por un Juez o Tribunal de Jurisdicción Original, a fin de hacerla retractar, sobre el fundamento de que en el proceso de saneamiento que se ha incurrido en un fraude.

GENERALIDADES DEL RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE:

Este recurso tiene carácter de orden público, ya que cada vez que se impugna una sentencia dictada por el Tribunal de Jurisdicción Original, como consecuencia de un proceso de saneamiento y de conformidad con el artículo 20 de la Ley 108-05, es de orden público, lo que implica el cuestionamiento con este recurso extraordinario, el mismo tiene el proceso de saneamiento.

El proceso de saneamiento Inmobiliario en la República Dominicana, no termina en la sentencia de adjudicación del inmueble, como lo establece el párrafo 5 del artículo 26 de la Ley de Registro Inmobiliario, sino que queda abierto el recurso de Revisión por causa de Fraude.

El Recurso de Revisión por Causa de Fraude, no se puede presentar los mismos medios de defensa que hayan sido rechazados en el saneamiento, lo que motivaría al tribunal Superior de Tierras, rechazar la instancia de forma administrativa, sin la necesidad de constituir al tribunal para la celebración de la audiencia.

De conformidad con la Ley, las sentencias de saneamiento dictadas por la Jurisdicción Inmobiliaria, después de un año de expedido el certificado de título correspondientes a la autoridad de las cosas irrevocablemente juzgada y de las cuestiones que resulten , no pueden ser alteradas por recurso alguno, criterio que es sostenido al amparo de los dispuesto por el principio IV de la ley de Registro Inmobiliario, donde establece que todo derecho registrado de conformidad con la presente Ley, y es imprescindible y goza de la protección y garantía absoluta del estado.

FINALIDAD DEL RECURSO DE REVISIÓN POR CAUSA DE FRAUDE

El Recurso de Revisión por causa de Fraude, es de manera excepcional y extraordinaria, instituye la Ley de Registro Inmobiliario, tiene por finalidad proteger la regulación del proceso de saneamiento de los derechos inmobiliario,

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