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La franquicia de Brian


Enviado por   •  26 de Mayo de 2022  •  Ensayos  •  1.172 Palabras (5 Páginas)  •  128 Visitas

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La franquicia de Brian

¿Se debe prohibir esta actividad económica? Fundamente su respuesta.

Para adentrarnos en una posible respuesta, sería pertinente explicar por qué una actividad económica ha de ser prohibida; con tal explicación estaremos en condiciones de pensar el caso puntual que nos convoca (La franquicia de Brian). Las actividades económicas suponen un intercambio de bienes, sean estos tangibles o espirituales. Es decir, podemos consumir mercadería de un supermercado, o consumir las horas del psicoanalista que nos escucha y ayuda a transitar momentos difíciles de la vida. En ambos casos tenemos un bien que es adquirido (uno material, el otro espiritual –o intelectual-). Estos intercambios deberían beneficiar a las dos partes (quien vende su bien, y quien lo compra). Por otra parte, en una situación de mercado social, el “bien” que el consumidor goza no debería afectar el bienestar de otro. En ejemplo, un consumidor compra un equipo de música (un bien tangible). El intercambio entre las partes fue un beneficio para las dos partes (la empresa que quería venderlo, y el consumidor que quiera comprarlo). Pero si tal cliente utiliza el equipo de música para escuchar música a todo volumen durante todas las noches, molestando considerablemente a los vecinos, no podríamos asumir la forma de utilizar el equipo de música sea un bien, al menos no en términos utilitaristas.

Según el concepto clásico del utilitarismo, el bien tiene una homologación con la utilidad. En otras palabras, aquello que sea útil será lo bueno: una relación de implicación entre utilidad y bien. Pero esta utilidad debe ser considerada en parámetros de la totalidad de los involucrados. En nuestro ejemplo, el vecino que escucha música fuerte durante todas las noches no está beneficiando (siendo útil) al resto de la comunidad. Por lo tanto, no es un bien el equipo de música (al menos no su forma de utilizarlo).

A partir de le dicho, y volviendo a nuestra definición de actividad económica, concluimos que el intercambio debe ser beneficioso para las dos partes, y que el bien que se intercambie resulte bueno en tanto la noción utilitarista (lo útil a todos es lo bueno). En este punto nos encontramos en condiciones de responder a la pregunta disparadora. ¿Debemos prohibir la venta de marihuana en tanto actividad económica? La respuesta debería considerar si tal producto (la marihuana) es útil a los consumidores en particular, y a la comunidad social en general. Si la respuesta es sí, entonces no sería necesario censurar esta actividad económica (que de hecho se practica y mueve millones de dólares al año). Si la respuesta es no, entonces podríamos asegurar, sin miedo a equivocarnos, que es necesario prohibir la actividad. ¿Quién debe responder por sí o por no? Quizás sea la medicina quien dé el veredicto. Sin embargo, se sabe que pequeñas dosis de marihuana puede ser beneficioso para poder contrarrestar ciertos dolores o enfermedades crónicas; en este caso, el consumo de marihuana sería útil, ergo un bien. El problema – y es en este punto donde la medicina debería informar al consumidor – se encuentra en el exceso del consumo. Tal exceso puede tener consecuencias en la vida psicológica y física del consumidor. Aristóteles nos recordaría actuar con prudencia, en el mejor de los casos: quizás un consumo medido no signifique un problema. El justo medio, evitando los extremos.

En definitiva, creemos que para poder dar una respuesta ultima es necesario considerar todos los conceptos desarrollados en el presente escrito.

¿Qué tipo de actividades se deben prohibir desde el punto de vista ético?

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