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Ley de Seguridad Social


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2020  •  Ensayos  •  3.573 Palabras (15 Páginas)  •  103 Visitas

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Introducción.

La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades. Fue una de las grandes demandas surgidas de la Revolución Mexicana y aunque pasaron varios años después del término de la Revolución para que empezara a ser concebida su creación.

La seguridad social es una institución nacida de la solidaridad humana, que se manifiesta en la reacción de ayudar a individuos o grupos en estado de necesidad o desgracia. Este fenómeno social ha tenido diferentes manifestaciones a lo largo de la historia. En el siglo VIII, Carlomagno dictaminó que cada parroquia debía sostener a sus pobres, a sus viejos, enfermos sin trabajo y a los huérfanos, cuando no contaban con ayuda familiar.

El presente artículo, que es el número 15 de la Ley de Seguridad Social atiende a todas aquellas obligaciones de uno o varios patrones que tienen empleados, esto sin importar el número de ellos; si esta persona está dada de alta ante hacienda, tiene la obligación de otorgar diferentes beneficios a sus trabajadores, ya sea tomando en cuenta los nuevos contratos que están valorados durante 6 meses.

La característica de todo lo que conlleva ser empleado es ser pagado vía nomina, documento en el cual se establece el salario percibido por el empleado y los descuentos que se hacen para continuar con seguro de salud o continuar cotizando en el Afore. Todos estos beneficios se deben de brindar a los empleados pertenecientes a un micro o macroempresa. La Seguridad Social es el conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales. Existe un consenso internacional respecto a la consideración de la seguridad social como un derecho humano inalienable, la seguridad social mencionada como un derecho establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos encuentra su validez en el Artículo 22 expresando que: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.”

Los mexicanos no estamos preparados para recibir un servicio de Salud gratuito, pues lo que es gratis se desperdicia; no se le da el valor adecuado. La psicología mexicana está encaminada, preparada a conseguir casi todo de manera gratuita, fácil y no educada para conseguir información suficiente, eficiente, verdadera y actualizada para obtener recursos propios y cubrir los gastos necesarios para cualquier momento de su vida.

La calidad de los servicios se integra  por la participación conjunta y coordinada de trabajadores y funcionarios que día a día llevan a cabo las tareas conducentes para brindar seguridad a través de los servicios institucionales ¿de qué sirve que esté establecido en el contrato si nadie lo seguirá? El tiempo de espera de una persona en las instituciones correspondientes para su atención médica en la actualidad es deficiente esto se sustenta en que si acudimos a un servicio de urgencias hasta ocho horas (aproximadamente) se recibe la atención médica y si se acude a una consulta programada es prácticamente todo un turno en esperarla, muchas veces sólo se acude por receta para control de una enfermedad crónica (art).

Desarrollo.

Cuando tenemos un negocio propio, como dueños de este y que todo esté de acuerdo a la ley, pagar impuestos o que el lugar ya este dado de alta ante hacienda, tenemos la obligación directa de dar a nuestros empleados todas las prestaciones que marca la ley; de esta manera se evitan problemas ante la Secretaria del Trabajo. Tener un registro, incluyendo la nómina y listas de raya en las que se asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios percibidos por los trabajadores, además de otros datos que exija la presente Ley y sus reglamentos que se deben acatar (bib).

Es importante conservar el registro de todo aquello que conlleva el lugar de empleo, por lo menos durante cinco años a partir de la fecha de inicio del local o zona de trabajo.

Otro punto a destacar son las cuotas que el patrón debe dar a quienes cumplan con su trabajo marcado ante las autoridades.

El proporcionar a los institutos la notoriedad debida del lugar de trabajo o la empresa, se debe precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo, las cuales están establecidas por dicha Ley y todos los reglamentos que correspondan. En dado caso de no ser así, y este se vea envuelto en discrepancias, es obligatorio dar a conocer este sucedo y sean infraccionados con multas económicas; además de resolver dicha situación tomando en cuenta a quienes tengan presente la zona en actas fidedignas.

Para que lo establecido funcione conforme a la ley es indispensable hacer uso de las inspecciones y cualquier visita domiciliaria que pueda practicar cierto Instituto. Si en base a la auditoria hecha se observa alguna irregularidad de inmediato se debe hacer parte a las autoridades correspondientes, siendo lo contrario no habrá problema absoluto.

Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los períodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.

Asimismo, deberán cubrir las cuotas obrero patronales, aun en el caso de que no sea posible determinar el o los trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón a las obligaciones previstas en las fracciones anteriores, en este último caso, su monto se destinará a la Reserva General Financiera y Actuarial a que se refiere el artículo 280, fracción IV de esta Ley, sin perjuicio de que a aquellos trabajadores que acreditaren sus derechos, se les otorguen las prestaciones diferidas que les correspondan (1).

En muchas ocasiones cuando los trabajadores no reciben las remuneraciones debidas que proporciona la Ley, se tienen problemas que incluso llegan hasta el ámbito jurídico y ninguna de las dos partes queda satisfecha con el resultado obtenido; incluso se ha visto la “venganza” hacia el favorecido, sobre todo cuando el beneficiado fue el mismo empleado. En caso de que suceda lo antes mencionado, es conveniente informar sobre lo sucedido a las autoridades, para que el asunto no se agrande más de lo que se encuentra. Todas las obligaciones se tienen que cumplir, en cualquier momento de ser delinquidas las sanciones convenientes serán emitidas hacia el patrón de dichas personas o grupo de trabajadores.

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