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Los Delitos contra la Propiedad


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  Ensayos  •  1.358 Palabras (6 Páginas)  •  377 Visitas

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Los Delitos contra la Propiedad

Concepto:

Es el acto por virtud de la cual un sujeto activo hace suya o a nombre de otro una cosa ajena, bien sea que esta se le hubiere confiado o entregado y que este estaba obligado a restituirla o hacer un uso especifico con la cosa.

Según el Código Penal Artículo. 466 el que se haya apropiado, en beneficio propio o de otro, alguna cosa ajena que se le hubiere confiado o entregado por cualquier titulo que comporte la obligación de restituirlo o de hacer de ella un uso determinado, será castigado con prisión de tres meses a dos años, por acusación de la parte agraviada.

Según crivellani:

Se apropia de una cosa indebida cuando el sujeto que la incorpora a su dominio, priva a su dueño de ella sin ánimo de restituirla.

Generalidades:

Según los lineamientos establecidos por las doctrinas, italianos, alemanes, y española, se puede decir que el delito consiste en el abuso de confianza que se le avía sido depositado a un sujeto activo dado que se apodero de una cosa ajena y que este estaba en la obligación de restituirla o hacer algo especifico con ella.

Características:

1. La apropiación debe ser cierta y real, es decir que sea posible de que se efectúe el acto.

2. Que el acto provenga de una prestación precaria, es la entrega de la cosa al sujeto activo para que este haga algo determinado y lo devuelva.

3. Que haya una inversión de la causa, es decir que el sujeto activo se comporte o actué como propietario de la cosa dejando de actuar como un simple tenedor de la cosa.

4. Que la apropiacion de la cosa conlleve al provecho y no al revés. Es decir si una persona se aprovecha de la cosa y no se apodera no se puede hablar de apropiación indebida.

5. Que se hubiere confiado; se dice que la cosa ha sido confiada cuando se le entrega a otra, y deja de ser custodiada o vigilada por el propietario saliendo así de la esfera de su actividad personal.

6. Que sea entregado la cosa bajo cualquier titulo.

Titulo: comprende a la sola prestación, es decir que no se le traspasa la propiedad.

ELEMENTOS:

1. Que tenga un valor patrimonial, es decir que tenga valor peculiario, que le sume valor a la propiedad.

2. Que sea corpóreo, que la cosa sea perceptible y por tal razón puede ser violado o perturbados los derechos.

TIPOS DE APROPIACION INDEBIDA

1. Apropiación Indebida Simple:

Según Articulo 466 C.P, lo establece donde se puede decir, que es el apoderamiento de una cosa ajena a beneficio propio o a beneficio de otro, y el que la apodera está obligado a restituirla o hacer algo especifico con la cosa.

La acción: consiste en que el Sujeto Activo reciba una cosa mueble por un titulo y que este asta obligado a restituirla, y que se apodere de ella.

Sujeto Activo: es el tenedor de la cosa, es decir el que la recibe.

Sujeto Pasivo: el propietario de la cosa.

Objeto Material: una cosa mueble

Objeto Jurídico: es el bien jurídico La propiedad.

Penalidad: prisión de 3 meses a 2 años.

Naturaleza: es un delito de acción privada perseguible por la parte agraviada.

2. Abuso de firma en blanco

El artículo 467 del Código Penal “el que abusando de una firma en blanco que se le hubiere confiado, con la obligación de restituirla o de hacer con ella un uso determinado, haya escrito o hecho escribir algún acto que produzca un efecto jurídico, cualquiera, con prejuicio del signatario, será castigado con prisión de 3 meses a 3 años, por acusación de la parte agraviada”.

La acción: consiste en abusar de una firma en blanco, escribiendo o haciendo escribir algún acto jurídico, y que este acto le produzca un daño al asignatario.

Sujeto Activo: es el que recibe la hoja escrita en blanco.

Sujeto Pasivo: es el asignatario de la firma en blanco.

Objeto Material: la hoja firmada.

Objeto Jurídico: la propiedad.

Culpabilidad: es menester que exista el dolo.

La consumación: cuando el sujeto activo utiliza el documento firmado.

Penalidad: de 3 meses a 3 años.

Naturaleza: es un delito de acción privada, es perseguible por la parte agraviada.

3. Apropiación indebida Calificada

Artículo 468 del código Penal, cuando el delito previsto en los artículos procedentes se hubiere cometido sobre objetos confiados o depositados,

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