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MANUAL PARA MANEJO DE CONTRATISTA QUE PRESTAN SUS SERVICIOS AL HOSPITAL ANDINO


Enviado por   •  12 de Abril de 2020  •  Síntesis  •  1.482 Palabras (6 Páginas)  •  127 Visitas

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MANUAL PARA MANEJO DE CONTRATISTA QUE PRESTAN SUS SERVICIOS AL HOSPITAL ANDINO

  1. OBJETIVO

Minimizar riesgos laborales y establecer normas que los contratistas y su personal deben asumir durante la prestación de servicios en las instalaciones del Hospital Andino.

  1. CAMPO DE APLICACIÓN

Este procedimiento aplica para todos los trabajos que realicen los contratistas en las instalaciones de Hospital Andino S.A.

  1. DEFINICIONES

Accidente de trabajo.- Todo suceso imprevisto y repentino que ocasiona en el trabajador una lesión corporal o perturbación funcional con ocasión o consecuencia del trabajo. 

Incidente.- Suceso acaecido en el curso de trabajo o en relación con el trabajo, en donde el talento humano, propiedad o proceso no sufre daño o lesión.

Contratista.- Es aquella persona natural o jurídica, que mediante contrato de naturaleza civil o comercial, convenio y/o orden de trabajo, se compromete con la empresa a realizar una serie de actividades específicas en los documentos que contienen dichos acuerdos, bien sea en forma directa o a través de personal contratado o bajo su servicio. Quienes deben cumplir requerimientos de contratación, contractuales del servicio, manejo de personal de acuerdo al requisito de Hospital Andino S.A. y demás relacionadas.

Nota.- SE INCLUYEN TRABAJOS DE MANTENIMIENTO, OBRAS DE ARTE MAYOR Y MENOR, ALIMENTACIÓN, SERVICIOS DE SEGURIDAD O SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.

  1. RESPONSABILIDADES

Técnico de Seguridad y Salud del Trabajo y/o Supervisores de campo.

Verifique el detalle del servicio a ejecutar por parte del contratista y direccionar las medidas preventivas para evitar accidente de trabajo, incidentes o siniestros laborales.

Extiende el Permiso de Trabajo correspondiente asegurando que los mecanismos preventivos de seguridad individual, colectiva y de control se hayan diligenciado por parte del contratista.

Verifique que el Permiso de Trabajo se encuentre en un lugar visible en las áreas circundantes al trabajo, la copia archive en la oficina de SSO.

Comunica la suspensión del trabajo y los permisos respectivos al observar mediante la inspección en campo de los incumplimientos a las normas, reglamentaciones acciones y condiciones subestandar de Seguridad, Salud y medio ambiente.

Realizar las inducciones en temas de prevención de riesgos al personal y acreditar su ingreso a la obra

  1. DISPOCICIONES GENERALES

Obligaciones del contratista

El contratista está directamente obligado a cumplir las disposiciones contenidas en este procedimiento y las normas de seguridad de la empresa, siendo el responsable exclusivo de su aplicación y de las consecuencias derivadas de su incumplimiento, tanto en lo concerniente a él como a los empleados que trabajan bajo su dependencia ó responsabilidad.

  • Afiliación al IESS.- El contratista está obligado a presentar el Certificado de afiliación al IESS de los trabajadores a su cargo.
  • Equipos de Protección Personal.- El contratista dotará a sus trabajadores los   EPP´S que cumplan con especificaciones técnicas, requeridos y específicos para las actividades que realicen (generación de ruido, material particulado, gases y/o vapores).
  • Accidentes de Trabajo.- El contratista avisará al IESS, en caso de que sucediera un Accidente de Trabajo a uno de sus trabajadores, dentro del plazo establecido (10 días laborables) y de presentar la documentación necesaria para la investigación de accidente por parte de la Unidad de Riesgos del Trabajo del IESS, en caso de que sucediera una emergencia, el personal a cargo del contratista acatará las órdenes dadas por parte del Técnico de Seguridad Ocupacional y/o Supervisores de campo, además de acatar las instrucciones que están señalizadas dentro de la empresa
  • Emergencias.- El contratista en ningún caso debe obstruir equipos para la atención de emergencias tales como: extintores, gabinetes contraincendios, salidas de emergencias, etc.
  • Fiel cumplimiento del Acuerdo No. 174, Reglamento de Seguridad y Salud para la Construcción y Obras Públicas.

                                                                

Incumplimiento de las normas establecidas

  • Si el contratista no cumple alguna de las disposiciones contenidas en el presente procedimiento, se considera incumplimiento del contrato, quedando Hospital Andino, por consecuencia, a ejecutar las siguientes acciones:

  • Llamar la atención y hacer que se adopten las medidas necesarias de forma urgente para garantizar la total observancia del procedimiento, pudiendo llegar a paralizar los trabajos, hasta que aquellas se pongan en práctica.
  1. DISPOCICIONES ESPECÍFICAS

Disposiciones para trabajos específicos

  • Los contratos de limpieza, electricidad, mantenimiento, construcción, montaje, pintura y otros no descritos en este procedimiento deben incorporar en su contrato una cláusula que contemple la obligatoriedad que tiene el contratista de cumplir lo establecido en procedimiento.

  • El Administrador de proyectos o encargado del proyecto coordinara con el Técnico de Seguridad Ocupacional, que los proveedores cumplan con las medidas de seguridad internas establecidas para la prevención  accidentes.
  • Todo trabajo que realice un contratista en la empresa debe tener supervisión continua de la persona responsable del proyecto o la obra (usuario del servicio de la empresa) así como del Técnico de Seguridad Ocupacional y/o Supervisor en campo.
  • En caso de incendios, accidentes u otra emergencia, el contratista debe suspender y detener todas las actividades hasta superar el problema y se restablezcan las condiciones normales de trabajo.

Permisos de trabajo

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