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Mandamientos Del Abogado

seal0320 de Diciembre de 2012

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Lo intuitivo y lo discursivo en la argumentación jurídica

Simón Martínez Ubárnez - maruba60@hotmail.com

1. Resumen

2. Presentación

3. Lógica y Derecho

4. Lógica y Derecho en Grecia

5. El Derecho en Roma

6. Lógica y cotidianidad social

7. La argumentación lógica

8. Demostración y prueba en el discurso jurídico

9. La argumentación jurídica

10. La disposición argumentativa

11. Fuentes de argumentación

12. Lo intuitivo y lo discursivo en la argumentación jurídica

13. Obras consultadas

Resumen

El ejercicio profesional en el mundo actual, exige de la formación no solo el manejo de los conocimientos instrumentales básicos de la carrera, sino una serie de competencias complementarias que le dan sentido de sólida integralidad a la formación y propician un desempeño adecuado en un mundo cada vez más competitivo. En el caso particular del abogado, un profesional cuyo trabajo tiene en la palabra y el discurso su mayor elemento de trabajo, para lograr un desempeño satisfactorio necesita un dominio pleno del lenguaje profesional y las formas lógicas de la argumentación, propias del discurso jurídico, que le aportan la lógica y la hermenéutica jurídica, así como la filosofía del derecho. Renunciar a estos dominios, es colocarse en el camino del mecanicismo y formalismo pragmático de un quehacer que se torna incomprensible. En desarrollo de la lógica argumentativa, aplicada al campo jurídico, lo intuitivo y lo discursivo, tratados adecuadamente, les dan a los profesionales del derecho las herramientas para un manejo adecuado del discurso argumentativo, con el cual esperan obtener éxito profesional.

PALABRAS CLAVES

Lógica, derecho, abogado, jurista, argumentación, demostración, prueba, discurso, intuición.

Presentación

Con el desarrollo y complejidad creciente que han ido adquiriendo las relaciones sociales en la cultura moderna, la profesión del abogado ha cobrado cada vez mayor importancia social y política.

De tal manera, la abogacía abarca hoy a los profesionales que por perfil, tienen el más amplio espectro de posibilidades de desempeño laboral, de acuerdo con el horizonte de especialidades y quehaceres que las necesidades sociales le ofrecen.

El abogado ha dejado de ser solamente el profesional más comprometido como alto exponente de la defensa de los derechos individuales, para convertirse en garantía de todos aquellos derechos que la Constitución de cada Estado instituye, incluidos los de ámbito internacional. Al mismo tiempo se constituye en el más fuerte baluarte para frenar los abusos que están propensos a cometer los poderes públicos, especialmente en los regímenes de facto; ya que los sistemas democráticos y liberales, en general, respetan y enaltecen el ejercicio de la profesión y consagran la inviolabilidad de la defensa en juicio de la persona y de sus derechos .

Lógica y Derecho

El desempeño competitivo del profesional del derecho desde las diferentes perspectivas en donde la sociedad le ofrece oportunidad, exige un dominio pleno y eficiente, no solo del saber jurídico en cuanto tal, sino también del lenguaje y las reglas lógicas que lo rigen, como garantía de éxito en su ejercicio. Es especialmente necesaria su experticia en el campo de la argumentación, como mecanismo para la defensa o refutación de tesis y doctrinas; porque cada profesional tiene sus propias herramientas y la del abogado es fundamentalmente la palabra con sentido, es decir, el lenguaje profesional, lógicamente constituido.

Mediante el lenguaje argumentativo, instituido bajo la forma del discurso jurídico, el profesional del derecho expone y defiende sus tesis, que por lo general son criterios, interpretaciones y valoraciones personales y profesionales, fundados en el conocimiento de la jurisprudencia adquirido y dominado, como resultado de una sólida formación académica en el campo de las ciencias del derecho, sus especialidades y disciplinas conexas, además de la experiencia alcanzada en determinado campo de desempeño. Su éxito profesional depende en gran medida de la capacidad que demuestre para sostener dichas tesis con suficiente argumentación sobre los diversos asuntos en un campo del dominio jurídico. De tal manera que, la tesis defendida resulte de un largo y cuidadoso proceso de investigación, búsqueda y estudio, en el cual, con todo rigor, se haya aplicado un procedimiento demostrativo a partir de un marco paradigmático aportado por la ciencia jurídica. Como se entenderá, la tesis que exponga pretende hacer un aporte al conocimiento de hechos determinados o también lograr un veredicto, que implique una decisión o una directriz, respecto a la manera como alguien tiene que proceder en adelante. De tal modo que la exposición de tesis jurídicas siempre tiene carácter demostrativo, entendiendo por demostración, a la forma de razonamiento con el cual se hace evidente la verdad de una proposición o de una tesis .

Desde éste punto de vista, entendemos que la tarea argumentativa del jurista, permite a la lógica convertirse en una herramienta básica a su servicio. En razón de lo cual, los rudimentos de la lógica argumentativa, como componentes esenciales de la lógica jurídica, se conviertan en elementos que, como señala Kaufmann “todo jurista debe dominar y sobre todo utilizar correctamente (por experiencia sé que siempre se tropezará de nuevo con las reglas lógicas fundamentales) ”

Pero al aplicar los métodos lógicos, se observa con Kaufmann que “el método de la ciencia jurídica no procede en forma exclusivamente racional. ¿Qué es, empero, racional en él, qué no lo es? Para poder responder al interrogante ha de investigarse primero, a la mayor brevedad posible, en qué medida las conclusiones lógicas cumplen un papel en él”. Esta apreciación, permite fundar la tesis que aspiramos presentar en esta disertación, en el sentido de que la argumentación jurídica, no constituye un discurso estrictamente racional a partir de un proceso lógico de carácter discursivo, pues en ella lo intuitivo se integra como componente esencial.

En el primer párrafo de su introducción a la lógica y antes de plantear su concepto sobre esta disciplina, Immanuel Kant, comienza diciendo que “Todo en la naturaleza, tanto en el mundo animado como en el inanimado, sucede conforme a reglas aunque no siempre las conozcamos... el ejercicio de nuestras facultades acontece también conforme a ciertas reglas que seguimos, inconscientes de las mismas al principio, hasta que llegamos paulatinamente a su conocimiento mediante ensayo y tras un uso prolongado de nuestras facultades... al igual que el conjunto de todas nuestras facultades, también el entendimiento en particular está sujeto en sus operaciones a reglas que podemos investigar ”.

Y seguidamente advierte Kant, que el entendimiento humano debe ser considerado como la fuente y la facultad de pensar las reglas en general, porque el entendimiento es la facultad de pensar, es decir, de someter las representaciones de los sentidos a reglas, para lo cual vive ansioso por buscar reglas y queda satisfecho cuando las encuentra.

De esa manera, establece Kant su definición de la lógica como la ciencia de las leyes del entendimiento y de la razón en general o –lo que es lo mismo- de la mera forma del pensamiento en general.

De esta manera, en la construcción del discurso científico en general y del jurídico en particular, tal vez, la lógica constituye el más universal de los lenguajes, como expresión abstracta y depurada del pensamiento convertido en palabras. Para ello, encuentra en el lenguaje el vehículo más apropiado, pues como señala William Beveridge “El uso cuidadoso y correcto del lenguaje es una ayuda poderosa para el pensamiento correcto, poner en palabras con precisión lo que queremos decir requiere que nosotros mismos lo aclaremos en nuestra mente”.

La lógica permite al sujeto pensante la universalización del vocablo subjetivo y socializar el intento individual de reflejar la realidad en juicios personales.

La lógica jurídica , como aplicación específica de la lógica en el campo del derecho, es la atención de los principios rectores y reglas esenciales de inferencia, establecidas por la lógica formal y representa un breviario de esquemas argumentados que hacen posible la corrección formal en el trabajo argumentativo de los profesionales y estudiosos de las ciencias jurídicas. De tal manera que, ningún jurista, doctrinante, administrador de justicia –juez, fiscal o magistrado-, docente, litigante e incluso estudiante de derecho, puede considerar completa su formación profesional como abogado, si en su perfil profesional no destella por algún lado y con libertad de acción, el conocimiento y ejercicio de la lógica del derecho .

Lógica y Derecho en Grecia

En sus escritos sobre la lógica, Aristóteles utilizó con frecuencia el término  No empleó el término  que fue introducido por uno de los primeros editores de la obra del estagirita, el peripatético Andrónico de Rodas, pues para él, éste término significa instrumento y consideraba que los seis libros de la lógica aristotélica, enseñan a construir y utilizar dicho instrumento para conocer la realidad, o sea, que proporcionan los medios para alcanzar el conocimiento positivo.

Los seis libros que integran la lógica Aristotélica enseñan, pues, a fabricar y utilizar ese instrumento así:

1. Las categorías: Enseña como de la realidad se pueden sacar los conceptos.

2. La hermenéutica: Enseña

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