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Monografia pena de muerte en el perú


Enviado por   •  6 de Marzo de 2018  •  Monografías  •  2.455 Palabras (10 Páginas)  •  822 Visitas

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MONOGRAFÍA

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Pena de Muerte[pic 3]

Comunicación

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Suárez Wong, Magali Sofía

3er Ciclo


Contenido

Introducción        3

Capítulo I        4

Capítulo 2        6

Capítulo 3        9

María Jimena, 11 años: “El Monstruo de la Bicicleta”        9

San Martín de Porres: un caso similar al de Jimena        10

Capítulo 4        11

La Castración Química        11

Conclusiones        13

Sugerencias        14

Web Grafía        15


Introducción

En vista del aumento de casos de violaciones a menores de edad y lo crudo de los crímenes cometidos, se ha puesto nuevamente en debate la ejecución de la Pena de Muerte en el Perú como medida de castigo en vez de la usual Cadena Perpetua aplicada en estos casos.

Pero, antes de decidir si aplicar o no esta medida, hay muchos factores que evaluar, como por ejemplo sus ventajas y desventajas, la manera en como implantarla y sobre todo, como quedaríamos ante la comunidad internacional al tener una sanción tan radical y severa como es la pena de muerte.

En este trabajo se pretende informar del tema y al terminar, generar una posición justa y consiente sobre el tema.


Capítulo I

Antecedentes

Al iniciar su historia republicana, el Perú ha sostenido la Pena de Muerte como pena máxima “solo en los casos que exclusivamente lo merezcan”. Al no conocerse explícitamente ante que “casos”, las autoridades lo usaban a su antojo. Esto se mantuvo en las constituciones de 1823, 1826 y 1828.

Fue recién que en la constitución de 1856, el presidente Ramón Castilla abolió la Pena de Muerte aludiendo a que una sociedad progresista y pacifica debe respetar la vida, sea cual sea su forma. Años después, en 1860, la Asamblea Constituyente la restableció solo para delitos como homicidio calificado y traición a la patria; para años más tarde, volverla a quitar, pero solo por un año.

A partir de 1868, la Pena Capital fue mantenida y aplicada en el Perú, pero con algunas variantes. En la constitución de 1933, por ejemplo, el coronel Sánchez Cerro aplicó la pena de muerte para homicidio calificado, traición a la patria, espionaje, parricidio, violación de menos de 7 años, asesinato por lucro, por envenenamiento, fuego o explosión y casos de robo en que moría la víctima. Otro ejemplo perfecto sería la modificación que hizo el presidente Velazco Alvarado en 1969, ampliando la pena para todos los violadores de niños menores a 10 años, que además morían a consecuencia de la violación, y para quienes mataban a una autoridad.

A partir de 1973, el gobierno decidió frenar un poco el uso de la pena de muerte, ya que eran 9 convictos los que se encontraban sentenciados y se podía interpretar como un abuso de autoridad. En 1979, la constitución volvió a limitar la ejecución de la pena a solo traición a la patria durante guerra exterior. Este es el contexto en el que el Perú se suscribe al Pacto de San José y a la comisión de los derechos humanos.

En estos casi 100 años que se aplicó la pena de muerte, las causas más frecuentes fueron violaciones y asesinatos a niños y asesinatos a policías o militares.

Entre estos casos, uno de los más “fuertes” (por lo sádico del caso y la atención de los medios) es el del Jorge Villanueva Torres, alias “el Monstruo de Armendáriz”, el cual fue ejecutado por violar y matar a un niño de 3 años en el distrito de Barranco. Villanueva fue reconocido por un vendedor ambulante al que compró una golosina para el niño. La prensa limeña puso presión a las autoridades para su captura y su castigo, tal es así que un conocido diario emitió un titular contundente: “Es el crimen más cruel de todos los tiempos y merece ser castigado por la muerte” (Diario la Crónica, septiembre de 1954).

Otro de los sonados crímenes fue el de Guillermo Lavalle Vásquez, alias Pinchuzo, en 1963. Fue ejecutado por golpear, violar, matar y decapitar a un niño en el distrito de Lima. El reconocimiento fue gracias al hermano menor de la víctima, que dio su descripción física a la policía para su captura. Lo curioso de este hombre es su continuo historial de fracasos, en el ejército, en su vida familiar y todo indica que era un hombre que tenía una enfermedad mental, pero eso no lo libró de la pena de muerte.


Capítulo 2

El Pacto de San José de Costa Rica

El pacto de San José de Costa Rica, más conocido como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fue firmado por Perú el 22 de noviembre de 1969 en el gobierno de Juan Velasco Alvarado, pero entró en vigencia a partir de 1978.

En este documento se garantiza la protección de los derechos y libertades humanas, así como el desarrollo económico, social, político y cultural de la sociedad. Si tales derechos no fuesen respaldados por normas legales, los Estados involucrados están obligados a adoptar medidas que les permita garantizarlos.

Dentro del Pacto de San José se resaltan 2 artículos que hablan acerca de la pena de muerte:

  • “El artículo 4 de la Convención establece lo siguiente:

1.         Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.

2.         En los países que no han abolido la pena de muerte, ésta sólo podrá imponerse por los delitos más graves, en cumplimiento de sentencia ejecutoriada de tribunal competente y de conformidad con una ley que establezca tal pena, dictada con anterioridad a la comisión del delito. Tampoco se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente.

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