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PRINCIPIOS DEL INFORME CADBURY


Enviado por   •  26 de Junio de 2018  •  Apuntes  •  3.110 Palabras (13 Páginas)  •  1.456 Visitas

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN        1

ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN        1

OBJETIVOS        4

GOBIERNO CORPORATIVO        5

PRINCIPIOS DEL INFORME CADBURY        6

VALORES ÉTICOS        6


INTRODUCCIÓN

En muchos países, la presumible crisis de gobierno que han sufrido las empresas, puesta de manifiesto en unos pobres resultados para sus accionistas, se ha atribuido precisamente a un deficiente funcionamiento del consejo de administración, diagnóstico que ha impulsado iniciativas tendentes a reforzar el papel de este órgano de gobierno como mecanismo que debe velar por los intereses de los accionistas ejerciendo una estricta supervisión del equipo directivo (Salas, 2002). Los códigos de conducta ética de los consejos de administración constituyen un tema de debate actual en muchos países, iniciándose la corriente de reformas en el Reino Unido con la creación de PRONED, una sociedad dedicada a la búsqueda y selección de consejeros no ejecutivos; a partir de aquí, a principios de los años noventa se reabre el debate sobre el gobierno de las sociedades, dando lugar al informe Cadbury , compuesto por un informe y un código de conducta dirigido principalmente a las sociedades cotizadas, y reforzado por otros dos documentos de naturaleza similar, el informe Hampel y el informe Greenbury ; por otro lado, Francia se une con el informe Viènot , Holanda con el informe Peters y España con el informe Olivencia (Fernández- Armesto y Hernández, 2000). Recientemente, en España el informe Olivencia es reforzado por el informe Aldama publicado el 8 de enero de 2003.

ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN

El modelo Cadbury fue desarrollado por el llamado Comité Cadbury (UK Cadbury Committee). Adopta una interpretación amplia del control y representa una limitación en la responsabilidad de los reportes de control a la confiabilidad de los financieros.

En 1991 se creó un Comité en el Reino Unido, compuesto por el Consejo de Información Financiera, la Bolsa de Londres y la Profesión contable, con el fin de estudiar los aspectos financieros y de control de las sociedades. En él se trataron temas tan relevantes como la organización y responsabilidad de los administradores, los derechos y obligaciones de los accionistas, y la regulación de las auditorias y de la profesión contable. En España ha sido publicado en el Boletín del Instituto de Contabilidad y de Auditoría de Cuentas (BOICAC), nº 18, septiembre de 1994, pp. 93-139. El objetivo del informe presentado por el Comité era ofrecer una “visión común de las medidas que hay que tomar en el ámbito de la información financiera y la contabilidad” dada la existente preocupación sobre las normas de información financiera y contabilidad, es decir sobre el gobierno de sociedades. La existencia de vaguedad en las normas contables, las presiones tanto sobre las sociedades como sobre los auditores, la quiebra inesperada de grandes compañías, pero sobre todo la ausencia de un marco claro que garantizara que los miembros del consejo mantuvieran el control de sus negocios, impulsaron la tarea de fijar los objetivos, las responsabilidades, las normas y valores, así como las estrategias para llevar a cabo la actividad propia de las empresas. Este informe se realiza bajo la convicción de que la economía de un país depende del vigor y la eficacia de sus empresas, pero siempre teniendo en cuenta que éstas deben tener asesorías económicas y jurídicas, al mismo tiempo que impulsar la elaboración o configuración de éticas profesionales para sus miembros. De este modo el comité tenía por misión estudiar la situación existente y regular a través de un código deontológico la actividad financiera y contable de las sociedades. Además es una referencia imprescindible en el ámbito de la auditoría, en el que se pone de manifiesto que los miembros del consejo tienen que mantener un sistema de control interno sobre la gestión económica y financiera de la entidad, que establezca procedimientos para reducir al mínimo el riesgo de fraude. A tal fin, se recomienda que el consejo de administración incluya en el informe y en las cuentas una declaración sobre la eficacia del sistema de control interno y que los auditores informen al respecto.

Desde finales de la década de los años ochentas y comienzos de la de los noventas el tema de Gobierno Corporativo (GC) comenzó a atraer la atención de hombre de negocios y académicos. Tanto en la prensa popular como en la especializada comenzó a discutirse el tema con un interés creciente. Gran parte de los escritos aparecidos se concentraron en identificar las que se consideran las mejores prácticas. El Informe Cadbury publicado en el Reino Unido en 1992 fue el pionero en esta materia (en 1998 el Comité Hampel emitió el Código Combinado que reemplazó al informe Cadbury. En el año 2000 el Código Combinado fue enmendado para incorporar algunas guías de control interno y de gerencia de riesgo- Labelle, 2002, p.33). En 1993 la Bolsa de Valores de Toronto creó un comité para evaluar el gobierno de las corporaciones de dicho país, el cual produjo el denominado informe Dey4. Sur África promulgó informe similar en 1994. En Francia se publicó originalmente en 1995 el Informe Viénot en 1995 (posteriormente actualizado en 1999) en Holanda el Informe Peters en 1997, en España el Informe Olivencia en 1998 y en el mismo año el Informe Cardon en Bélgica. (Becht, Bolton and Röel (2002: 66)) En 1998, la cumbre de ministros de la Organización para la Cooperación del Desarrollo Económico- OCDE- llevada a cabo entre el 27 y 28 de abril de 1998 pidió a tal organización que desarrollara, conjuntamente con los gobiernos nacionales y ciertas organizaciones internacionales, y con el sector privado, unos lineamientos en materia de gobierno corporativo5 . En la cumbre de ministros de esta institución llevada a cabo el 26 y 27 de mayo de 1999 fueron aprobados los Principios. Su promulgación tiene como finalidad asistir a los gobiernos de países miembros y no miembros en sus esfuerzos por evaluar y mejorar los marcos legal, institucional y normativo sobre el gobierno corporativo en sus países, así como proporcionar directivas y sugerencias para las bolsas de valores, los inversionistas, las sociedades y otras partes implicadas en el proceso de desarrollo de unas buenas prácticas de gobierno corporativo (OCDE, 1999). Aunque los principios fueron desarrollados teniendo en mente a las empresas inscritas en las bolsas de valores, su utilidad se extiende también a las medianas y pequeñas. La OCDE es clara en expresar su punto de vista de que no existe un modelo único de buen gobierno. Por esto los principios no son vinculantes y son de naturaleza evolutiva ya que deben revisarse cuando se presenten cambios importantes en el contexto. Los principios se desarrollaron con base en las experiencias comunes de buen gobierno identificadas en los países miembros de la OCDE y fueron agrupados en cinco categorías: 1. Los derechos de los accionistas; 2. El tratamiento Equitativo; 3. La función de los grupos de Interés; 4. Comunicación y transparencia; 5. Las responsabilidades del consejo.

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