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Quien Es Victima


Enviado por   •  8 de Octubre de 2014  •  4.634 Palabras (19 Páginas)  •  203 Visitas

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LEY DE VICTIMAS Y LA CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO DE CONFLITO ARMADO.

RESUMEN.

La promulgación de la ley de victimas 1448 de 2011 por parte del Congreso de Colombia como iniciativa del Gobierno Nacional ha conllevado a que se hayan cometido algunas errores jurídicos en la terminología aplicada en lo referente a establecer en el inciso primero del articulo tercero de dicha ley, que las victimas son aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.

Los términos “conflicto armado” y “como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario” son conceptos y normas propias utilizadas por el Derecho Internacional Humanitario o Derecho para la Guerra aplicable a las partes legalmente reconocidas en verdaderos conflictos internos de conformidad con lo establecido en el artículo tres común a los cuatro Convenios de Ginebra del año 1949.

La utilización de los términos anteriores podrían conllevar al reconocimiento implícito por parte del Congreso y Gobierno colombiano del carácter político de los grupos armados ilegalmente y/o terroristas, ante lo cual estos grupos podrían tener reconocimiento político nacional e internacional, incluso tener embajadores en otros países y solicitar inclusive ayuda militar y compra de equipo militar.

PALABRAS CLAVES.

Ley, victimas, Derecho, Conflicto, armado, terrorista, grupo, internacional, convenios, articulo, carácter, político.

ABSTRAC

The promulgation of the law of you kill 1448 of 2011 on the part of the Congress of Colombia like initiative of the National Government has borne to that some juridical errors have been made in the terminology applied regarding settling down in the first parenthesis of the I articulate third of this law that you kill them they are those people that individual or collectively have suffered a damage for facts happened starting from January of 1985, 1º as consequence of infractions to the Humanitarian International Right or of serious violations and you manifest to the international norms of Human rights, happened with occasion of the internal armed conflict.

the terms "armed conflict" and "as consequence of infractions to the Humanitarian International Right" they are concepts and own norms used by the Humanitarian International Right or Dererecho for the applicable Guerra to the legally grateful parts in true internal conflicts of conformity with that settled down in the I articulate three common to the four Agreements of Geneva of the year 1949.

The utlizacion of the previous terms could bear illegally to the implicit recognition on the part of the Congress and Colombian Government of the political character of the armed groups and/or terrorists, before that which these groups could have national and international political recognition, even to have ambassadors in other countries and to request military help inclusive and he/she buys of military team.

KEYWORDS

Law, you kill, Right, Conflict, armed, terrorist, group, international, agreements, I articulate, character, political.

LEY DE VICTIMAS Y LA CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO DE CONFLITO ARMADO.

La experiencia que nos ha dejado la historia, ha demostrado que en Colombia, llevamos varias décadas de afectación del orden público, pero especialmente hay algunas que son más relevantes que otras y que han generado muchas victimas en el país por parte de los grupos armados al margen de la ley.

Con la expedición de la ley de victimas 1448 de 2011 , el Estado Colombiano busco que con esta ley se le diera reconocimiento a las presuntas victimas del conflicto armado de acuerdo con las normas del Derecho Internacional Humanitario.

El reconocimiento de conflicto armado en Colombia, para efecto de la reparación integral de las victimas de dicho conflicto, tiene algunas situaciones jurídicas que se deben considerar, toda vez que tal reconocimiento jurídico podría influir en el status político que hoy día tienen de los grupos armados ilegalmente y/o terroristas, tal y como lo define la ley de victimas 1448 de 2011.

El Derecho Internacional Humanitario , establece en sus cuatro Convenios de Ginebra del año 1949, en el articulo tres común a los convenios y en los protocolos adicionales del año 1977, que un conflicto armado es “el enfrentamiento continuo y sostenido entre dos o mas partes que recurren a la fuerza para dirimir la controversia suscitada por la oposición entre sus voluntades, intereses o puntos de vista”

Entonces, teniendo en cuenta la anterior explicación de conflicto armado, contenida en dichas normas, queda claro que de acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario, el ámbito de aplicación de los convenios, el articulo tres común y los protocolos, se aplicará en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra.

Teniendo en cuenta la anterior descripción jurídica de conflicto armado es claro que se presenta un problema de interpretación entre el inciso primero y parágrafo quinto del articulo tercero de la ley de victimas 1448 de 2011 frente a la normatividad del Derecho Internacional Humanitario descrita en los cuatro convenios de Ginebra de 1949, el articulo tres común a los convenios y los dos protocolos adicionales del año 1977 en lo referente a un presunto implícito reconocimiento Estatal Colombiano de estatus político a los grupos armados ilegalmente o terroristas.

En primer lugar el inciso primero del articulo tercero de la ley de victimas 144 8establece que “Se consideran víctimas, para los efectos de esta ley, aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1o de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”.(subrayado y negrilla fuera

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