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¿Quienes Somos Ciudadanos?

CassandraGarza21 de Marzo de 2014

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¿QUIENES SOMOS CIUDADANOS?

Interpretando la constitución del país, llegamos a la conclusión en nuestro ordenamiento social y político, es toda persona con derechos garantizados por el Estado y deberes hacia la comunidad que lo alberga.

Hecha esta especie de disquisición sobre el tema, determinamos que todos y cada uno de nosotros somos ciudadanos desde que cumplimos los 18 años de edad y nos inscribimos en el Registro Electoral (RENIEC,) obteniendo así el documento nacional de identidad (DNI) con el cual podemos ejercer nuestra condición de ciudadanos libres en un país democrático.

Según la misma constitución, la condición de ciudadano sólo se suspende por resolución judicial de interdicción, por sentencia con pena privativa de la libertad y por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos. Es nulo y merecedor de sanción, todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos. Debe precisarse que el concepto ciudadano no se agota en su definición jurídico político, sino que adquiere sentido en su cabal y responsable ejercicio cotidiano. Es decir la práctica de la ciudadanía alimenta permanentemente el concepto.

Es en base a tal definición que podemos señalar que los ciudadanos son todos los hombres y mujeres que reconocen para sí y para los demás, los derechos fundamentales y propios de la dignidad humana y que movidos por sus propias identificaciones y diferencias acuerdan variados ámbitos de interacción, eligen autoridades y se asocian para participar colectivamente en la deliberación de decisiones públicas.

El rol del ciudadano en nuestra sociedad, es esencialmente evitar una cultura de súbditos no participativa ni pasiva. Debemos desarrollar la conciencia de la responsabilidad social de la ciudadanía en democracia, como uno de los componentes de la cultura política, cuyo signo principal sea la participación ciudadana para el tránsito de una democracia representativa a una de carácter participativo.

CARACTERISTICAS DE LOS CIUDADANOS:

• Público y el medio ambiente. Reducir la producción de basura, ayudar a reciclar, cuidar parques y plazas, y colaborar en la preservación del ambiente.

• Respeto por las normas del tránsito. Usar el cinturón de seguridad, respetar al peatón y hacer cumplir la señalización de calles y carreteras.

• Prevención de enfermedades. Cuidar lo que se come, realizar actividades físicas, controlar preventivamente la salud.

• Pago de impuestos y tasas de servicio. Pagar los impuestos, tasas de servicios y otros tributos oportunamente; ya que el Gobierno local necesita recursos para prestar un buen servicio.

• Exigencia de transparencia y rendición de cuentas. Del mismo modo que se pagan los tributos, se debe exigir conocer el uso de los recursos.

• Organización, opinión, propuestas. Organizarse en asociaciones barriales o cívicas, opinar y hacer proposiciones de acción al Gobierno local.

• Desarrollo de una cultura cívica de la ciudadanía. El Gobierno local debe estimular la educación cívica ciudadana, comenzando en edades tempranas y predicando con el ejemplo (probidad de las autoridades locales).

• El ciudadano actúa como agente de las políticas públicas. En los buenos municipios los ciudadanos comparten con las autoridades y funcionarios la preocupación e iniciativa por la correcta aplicación de las políticas públicas.

¿QUIENES NO SON CIUDADANOS?

No son ciudadanos quienes residen temporalmente en una similar sociedad y cuando terminan su asunto se alejan, ni quienes han sido desposeídos o cesados. También se indica que los menores y los sirvientes no son ciudadanos propiamente dichos, sino que lo son en cuanto son miembros de la familia de un ciudadano.

LAS CINCO ACCIONES QUE PUEDEN REALIZAR LOS CIUDADANOS SON:

1.- El voto calificado.

2.- La observación electoral.

3.- Veedurías regionales.

4.- Propuestas para planes de gobierno.

5.- Postular nuevas candidaturas.

LINEA DEL TIEMPO DEL ORIGEN Y EVOLUCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

Fecha del evento: Título del evento: Descripción del evento:

09 de abril 1215 Carta Magna En El Momento En que la Humanidad decidio Vivir en sociedad fuerón reconocidos de Los Derechos De Las Personas. Por Ello sí Afirma Que el origen Que los Derechos Humanos es tan antiguo Como el surgimiento de la sociedad. Algunos Momentos Excepcionales de la Historia de han quedado plasmados en Documentos, Por Su hijo Relevancia considerados hitos historicos del Desarrollo de los Derechos Humanos, uno de los Primeros Documentos es el "Capítulos Que barones petun" comunmente Conocido Como Carta Magna.

15 de junio 1215 CARTA MAGNA Por Ello dicha carta FUE Aceptada por El Rey Juan I de Inglaterra Conocido Como Juan sin Tierra, ante el acoso de los Problemas Sociales y las tumbas dificultades en la Política Exterior.

15 de junio 1215 CARTA MAGNA 1215 ENTORNO INDIVIDUAL Los Ciudadanos sí declararon Libres, Cada era persona Dueño de Lo Que tenia y no podran servicio despojados de Sus bienes, POR Ello la Declaracion de la carta magna de 1215.ENTORNO SOCIAL Los Soberanos Daban tierras alquiladas a los Agricultores con la Condición de Que guardaran fidelidad HACIA Ellos y prestaran Servicio militar CUANDO SE les requería do Ayuda.

15 de junio 1215 CARTA MAGNA 1215 ENTORNO POLITICO El de Inglaterra era sin Estado hereditario en Donde el Poder País del pueblo lo tomaba el rey ya Que era, Segun Ellos, Elegido Por Dios y no lo hacian Por Medio de "voto" ya què Inglaterra era gobernada por El rey Juan sin tierra en la Epoca de 1215.ENTORNO CULTURALVivían con miedo y Opresión, Esclavitud, despojo de los bienes y sí desarrollaba Un momento en el qué la persona no tenia Derecho a opinar, en Cualquier Circunstancia Que se les presentaba, Eran VISTOS unicamente

10 de marzo 1221 TRES VISIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS RELIGIOSA: La imagen del Ser Humano ALFABETICO un imgane y semejanza de DIOS en la fe judeocristiana, supone el Fundamento de la Dignidad Humana. NATURALISTA: Tambien Llamada iusnaturalismo senala Que heno Derechos Que le son Naturales a la persona, la vida, la libertad, y la Propiedad Entre Otros. Positivista: esta consideración Que los Derechos Humanos hijo el Resultado de la accion Normativa del Estado.

10 de abril 1221 EL REY ALFONSO "EL SABIO" 1221 - 1284, empezo porciones Reconocer LOS Derechos de las Personas porciones Medio de ordenanzas. Una de las Facetas mas Importantes de Su Reinado FUE do laboral Legisladora, Ligada a la introduccion de Castilla y León del Derecho Romano. Bajo do impulso sí organizo sin Corpus de Textos juridicos, del tanto doctrinales COMO normativos.

10 de octubre 1492 HACIA UN MUNDO NUEVO La historia de los defensas de los Derechos Humanos en América Latina Tiene suspensión origenes con La llegada de los españoles en 1492, Durante la conquista y posterior Colonización de los pueblos originarios del Continente Americano, tal acontecimiento Trajo CONSIGO la dominacion, el sometimiento y la Esclavitud de los Pueblos Indígenas

15 de enero 1515 FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS (24 de agosto de 1484-17 de julio de 1566) La Esclavitud de los pueblos Indígenas, el trato cruel e inhumano, la Explotación de las Minas. Cuyos Esfuerzos Principales Como defensor de lso Indígenas, ESTOS Hechos Hizo Que dedicara do vida a la Defensa de los Indígenas.

08 de marzo 1600 TRIBUS IROQUOIS Cinco tribus Iroquois deciden congregarse para para protegerse Ellas Mismas y Terminar la matanza Entre ellas.Acuerdan sin Tratado de la paz y Crean Una Confederación, La Que seconoció Como la Confederación Iroquois y Más Tarde, las Seis Naciones.irvió Como uno de los Modelos Para El actualsistema de Gobierno de los EEUU

10 de junio 1689 Vigencia DE LA CARTA MAGNA El Rey Carlos I, en la ONU document Llamado Petición de Derechos (Peticion de Derechos) confirmación y conservación Vigente a lo largo de la Historia los Derechos Humanos en el docuemento respectivo, Que posteriormente es AMPLIADA con el documento La Declaración de Derechos (Declaracion de Derechos ).

10 de abril 1700 PERSONAS CLAVES EN EL DESARROLLO DE LA TEORIA DE LOS DDHH Barón de Montesquieu 1689-1755 JEAN JACQUES ROUSSEAU 1712-1778 Ademas de John Locke Quien development las bases del Estado republicano moderno.

10 de abril 1748 LEYES de Montesquieu El Espíritu de las Leyes del barón de Montesquieu, Publicado en el Año 1748, recogio la antorcha del ingles Contra el Ejercicio Absoluto de la Autoridad y del Poder. Defendio la libertad, proclamó la necesidad de la separacion de los Tres Poderes de estado: EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL. Pra controlarse y equilibrarse Entre si.

10 de marzo 1750 EMMANUEL KANT FUE Quien dio sin extraordinario releva al Principio de la preeminencia y Dignidad de la Persona humana, Que No Puede del recibir reglas "DE FUERA" (ni Siquiera de Dios), sino autodeterminarse segun prinicipios validos párrafo TODO servicio racional, el pecado Privilegios, ni particularismo.

13 de junio 1762 JUAN Jacabo ROUSSEAU Con la publicacion del Contrato Social Logro Producir 13 ediciones es Fránces ente 1762 y 1763. La Facultad de legislar debia Descansar en en el Concepto de Voluntad general.

10 de junio 1776 Buen Pueblo de Virginia 1776 ENTORNO ECONOMICO: En el Entorno Económico, el buen pueblo de Virginia sí constituía en la Agricultura, el colonialismo y la Esclavitud Que desempeñaron Funciones Que significaban Bastante do en la Secretaría

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