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REGIMEN LABORAL PUBLICO : Función Pública en la Constitución de 1993

Aitnic JimeApuntes11 de Octubre de 2015

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REGIMEN LABORAL PUBLICO :

Función Pública en la Constitución de 1993.

¿Qué es la función pública?

La función pública comprende la actividad  de miles de personas que trabajan para el Estado, en los distintos empleos que estos poseen para el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades y la prestación de los servicios públicos a su cargo.

La finalidad esencial del servicio a la Nación, radica en prestar los servicios públicos  a los ciudadanos, con sujeción a la primacía de la Constitución, los derechos fundamentales, el principio democrático(…)en el servicio de la función pública. TC.Exp. No,. 0008-2005PI.

De acuerdo al art. 39 de la Constitución de 1993, la Función Pública está referida al servicio que brinda el ciudadano en las instituciones públicas  a la Nación. . El presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio de la nación y en ese orden, los representantes al Congreso, Ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Concejo de la Magistratura, los Magistrados Supremos, el Fiscal de la Nación y el Defensor del Pueblo, en igual categoría, y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes de acuerdo a ley.

La Función Pública  la ejercen dos grandes grupos de servidores estatales:

  • Los servidores civiles, quienes cumplen función administrativa
  • Los servidores que cumplen función militar y policial quienes ejercen su función bajo la supremacía del poder democrático, civil y constitucional) TC. Exp. No. 008-2005 PI.

La ley regula el ingreso a la Carrera Administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos.  No están comprendidos en dicha carrera, los Funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Art. 40 Const.

Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más  por función docente. Art. 40 Const.

No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de Sociedades de Economía Mixta. Art. 40 Const.

Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste, deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posición de sus cargos durante su ejercicio y al cesar en el mismo. Art. 41 Const.

Se reconocen los derechos de sindicalización y huelga de los servidores públicos; no están comprendidos los funcionarios del Estado con poder de decisión  y los que desempeñan cargos de confianza o de dirección, así como los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional. Art. 42 Const.

REGÍMENES LABORALES:

-  El Régimen Público.- Encuentra su génesis constitucional en los arts. 39 al 42 de la Constitución de 1993. Están inmersos dentro de este régimen los trabajadores que cumplen función pública; y se encuentran bajo los alcances del D.Leg. N° 276  Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”.

    El régimen público es de naturaleza estatutaria y se encuentra regulado por el derecho administrativo.

- El Régimen Privado.- Tiene su nacimiento constitucional en los arts. 22 al 29 de la Constitución de 1993. Se encuentran bajo este régimen todas las personas que trabajan para el sector privado, pero excepcionalmente existen instituciones del Estado que sus trabajadores se encuentran inmersos bajo esta modalidad Ejm. Poder Judicial, SUNAT, SUNARP. RENIEC. Etc. Y se encuentran bajo los alcances del D. Leg N° 728, que regula la actividad privada. Este régimen es de naturaleza contractual  y está regido por el derecho laboral.

 Se establece por un contrato entre las partes, en el que se determina su contenido, las actividades a realizar y la remuneración).

- Además existe un tipo de Contratación, conocido como Contratación Administrativa de Servicios (CAS), que no se ubica en ninguno de los dos regímenes anteriores .

FORMAS DE ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA:

a) Mediante designación o nombramiento para cargos directivos.

 b) Mediante contratación con cargo a financiamiento externo (PNUD, FAG)

c) Mediante ingreso a la carrera administrativa.

d) Mediante contratación bajo el régimen laboral dela actividad privada.

Cuadro comparativo:

Sistemas de acceso del personal al servicio de la Administración Pública

Sistema Estatutario:                                           Sistema Contractual

• Ingreso mediante un concurso público                     -   Se establece por contrato entre las partes    Mecanismo de incorporación flexible,

.                                                                                       por excepción  mediante concurso.

• El ingreso: acto administrativo                                   -   El ingreso se formaliza por contrato de                                                              trabajo.

  • Sistema remunerativo Único                          -   Remuneraciones por categorías

     

• Integran una carrera administrativa                        -      No existe una progresión escalonada        

 (sistema ordenado por un escalafón)

• Existe estabilidad laboral                                             -   No existe estabilidad laboral, Sistema competitivo.

LA CARRERA ADMINISTRATIVA D. Leg. N° 276

En la carrera administrativa se encuentran los servidores del sector público  y se encuentra regulado por el Decreto Legislativo No 276 y su reglamento el D. S. No 005-90-PCM.

Esta comprende a los servidores públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Publica, con excepción de los trabajadores  de las Empresas del Estado cualquiera sea su forma jurídica, así como los miembros de la Fuerzas Armadas y de la policía Nacional, a quienes en ningún caso les será de aplicación las normas del Decreto Legislativo 276 y su reglamento.

La carrera administrativa proporciona iguales oportunidades a todos los servidores, fijando posibilidades y condiciones de carácter general e impersonal, que garantizan su desarrollo y progresión; además proporciona estabilidad porque las disposiciones establecidas están orientadas a protegerla y preservarla y deben ser respetadas.

Por razones de fundamento jurídico y acaso también de especificidad. Ellas pueden ser:

- carrera administrativa;

- carrera docente;

- carrera militar y

- carrera policial.

Cada una es un núcleo cuya estructura prevé la ley y la ilustra la doctrina. Así, por ejemplo: la administrativa comprende una gama de carreras o grupos afines (médicos, veterinarios, químicos, contadores, economistas, enfermeros, obstétricos, abogados, diplomáticos, administradores, ingenieros agrónomos, ingenieros electrónicos, ingenieros civiles, administrativos propiamente dichos, etc.).

El  profesorado: en la enseñanza oficial es carrera pública. La ley establece los requisitos para desempeñarse como director,  profesor de un centro Educativo, Así como sus derechos y obligaciones.   .

La Militar: Aviación, Marina y Ejército

La Policial.

La Policía Nacional del Perú: (unificados la Guardia Civil GC, Guardia Republicana GRP, Policía de Investigaciones PIP). El artículo 166 de la Constitución Política del  Estado precisa que la PNP tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado; previene, investiga y combate la delincuencia; vigila y controla las fronteras.  El artículo  165 de la Constitución Política del Estado dice que las Fuerzas Armadas que está constituida por el ejército, la marina de Guerra y la Fuerza Aérea, tiene y como finalidad: garantizar la independencia la soberanía y la integridad territorial de la República, asume el control del orden interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución.

FASES DE LA  CARRERA  ADMINISTRATIVA:

  • Ingreso.- Igualdad de posibilidades democráticas. La selección ha de ser mediante concurso de méritos.

  • Ascenso.- Evaluación a nivel superior, estrictamente inmediato (como ocurre en docentes, magistrados, militares, diplomáticos, policías). Es la evaluación permanente .
  • Término de la carrera.- Instituto complejo que puede venir de diferentes motivaciones:
  1. Voluntariamente:  renuncia, abandono del cargo.
  2.  Legalmente:   separación, o  limite de edad, limite de años de servicios
  3. Destitución:  (comisión de falta grave o delito, suspensión del ejercicio).
  4. Por hecho natural: Fallecimiento o invalidez.

CONCEPTO :

 Artículo 1°.- La Carrera administrativa es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.

Tiene Por objeto permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal  en el desempeño del servicio público.

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