ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RELACIÓN ENTRE ORALIDAD EN EL PROCESO CIVIL Y LA LENTITUD DE LOS PROCESOS EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL 1993 EN EL PERÚ

luz1520Monografía10 de Julio de 2021

4.396 Palabras (18 Páginas)154 Visitas

Página 1 de 18

[pic 1]

FACULTAD DE DERECHO

ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONAL DE DERECHO

TEMA:

RELACIÓN ENTRE ORALIDAD EN EL PROCESO CIVIL Y LA LENTITUD DE LOS PROCESOS EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL 1993 EN EL PERÚ

INTEGRANTES:

     Aredo Reyes, Karen Vanesa (https://orcid.org/0000-0002-2212-4560)

Arroyo Plasencia Luz Kelly (https://orcid.org/0000-0003-1496-3169)

Bracamonte García Gina (https://orcid.org/0000-0001-6843-9536)

Casanova Gálvez Vicente Paúl Martin (https://orcid.org/0000-0002-4450-5276)

Castillo Gamboa Yeni Fiorela (https://orcid.org/0000-0001-5204-6906)

Cisneros Deza Cielo Abigail (https://orcid.org/0000-0002-1310-5552)

Guerra Peña Kattya Sahiliny (https://orcid.org/0000-0002-6015-7128)

López Gonzáles María Susana (https://orcid.org/0000-0002-5528-5387)

Oloya Tirado Brenda Jhoana (https://orcid.org/0000-0003-1595-9356)

Vera Santisteban Jahaira Nayeli (https://orcid.org/0000-0001-7091-8915)

ASESOR:

OSCAR JAVIER SALAZAR VASQUEZ

TRUJILLO – PERÚ

2021

DEDICATORIA

Dedicamos todo el esfuerzo que hemos puesto en este trabajo a nuestros amigos y familiares que nos animaron todos los días y nos ofrecieron apoyo en momentos críticos.

AGRADECIMIENTO

El presente trabajo de investigación fue realizado bajo la supervisión del Dr. Oscar Salazar Vásquez, a quien me gustaría enunciar mi más profunda gratitud, por hacer posible la elaboración de este trabajo. Además, de reconocer su paciencia, tiempo y dedicación que mantuvo para que esto saliera de manera exitosa.
Gracias por su apoyo, por ser parte de la columna vertebral de nuestro trabajo.

ÍNDICE

CARÁTULA………………………………………………………………………….…1

DEDICATORIA……………………………………………………………………..….2

AGRADECIMIENTO…………………………………………………………………..3

ÍNDICE………………………………………………………………………………….4

I. INTRODUCCIÓN ………………………………………………………………..….5

II. MARCO TEÓRICO ……………………………………………………………..….7

III. EL ROL DEL ABOGADO………………………………………………………..13

IV. FORMALIDADES DE LA ORALIDAD…………………………………………14

V. CONCLUSIÓN GENERAL…………………………………………………….....15

VI. CONCLUSIONES ESPECÍFICAS………………………………………………16

REFERENCIAS…………………………………………………………………….....17

  1. INTRODUCCION

Actualmente los procesos civiles en el Perú, se direccionan a solucionar un conflicto de intereses entre dos sujetos distintos, además que también buscan alcanzar la claridad, la publicidad, entre otros aspectos que favorecen a nuestro sistema jurídico y al interés de la colectividad, pero, estos procesos, se ejecutan de manera lenta y esto se debe a que nuestro sistema trabaja de la mano, con el principio de escritura, que presenta mayor onerosidad en los procesos judiciales. Sin embargo, también contamos con otro principio del que abordaremos en nuestro proyecto, que, aunque recién se esté incorporando, diversos autores, ya se han manifestado acerca del tema.

Reyna (2017) nos manifiesta: La oralidad y la escritura son, mecanismos de comunicación idónea para comunicarse y para convencer a los oyentes. Sin, embargo tienen características distintas: Por un lado, tenemos a la oralidad requiere de la presencia de un interlocutor y favorece el diálogo, la adaptación del discurso y la percepción de la comunicación extralingüística, mientras que la escritura es de construcción unilateral y permite la fijación de lo comunicado y su elaboración meditada. (pag.7)

Uno de las principales dificultades que existe es que el juez que participa en el juicio oral está dotado de resistencia a la fatiga que pudiere provocarle el escuchar extensas o numerosas audiencias. Debo señalar, que cada uno de los jueces incorporados a este de oralidad en el proceso se encuentran verdaderamente comprometidos con este cambio en la justicia civil, entre los múltiples factores, que podrían describirse hay uno central, que es el incremento de su carga laboral, que hará que deje su zona de confort actual, dado que el mismo distribuye su tiempo, aprovechando que la secuencia del proceso escriturado genera un bucle interminable que extiende su duración.

 Por otro lado, el Poder Judicial, no ha estado estableciendo el incremento de órganos especializados civiles para disminuirse la sobrecarga procesal existente considerándose la cantidad poblacional en los que desarrollan estas sus funciones, además de hacer que los jueces y abogados puedan desempeñarse en la especialidad para la cual, de esta forma es que ha urgido un nuevo modelo jurídico donde se encuentra plasmado en nuestro código procesal civil de 1993, el cual garantiza una gran disminución a la carga de los magistrados ya bogados en general.

Por lo tanto, a los abogados nos interesa el tema de investigación porque es un cambio a todo el marco jurídico y consideramos que es más beneficioso la oralidad ya que garantiza procesos más rápidos y menos tediosos.

En la presente investigación el principal problema que abarcaremos es ¿Existe relación entre oralidad en el proceso civil y la lentitud de los procesos en el código procesal civil 1993 en el Perú?

Actualmente existe una lentitud en los procesos civiles, es por ello, que se ha considerado el principio de oralidad o también llamado en otras legislaciones proceso de audiencia dentro del marco procesal civil, ya que en base a ello ayuda a entender y comprender una norma para que  los procesos por medio del juez tenga una mejor comprensión, más acorde al caso, por lo que, dichas leyes procesales en base a la oralidad a causa de carencia de un vacío por lagunas jurídicas que conllevan al juez a la imperiosa necesidad de acudir a la interpretación y a la integración jurídica como medios de corrección del derecho defectuoso en base a la oralidad.

Este trabajo de investigación está elaborado para dar a conocer al público que ahora, ya es posible los procesos civiles de oralidad, ya que esta vía es mucha más rápida y factible tanto para los jueces como para las personas que siguen un proceso por esta vía de procedimiento Civil.

Pretendemos como objetivo general determinar la existencia de la relación entre la oralidad en el proceso civil y la lentitud de los procesos en el código civil 1993 en el Perú, y como objetivos específicos identificar el grado de lentitud de la oralidad en los procesos civiles en el código civil 1993 en el Perú y analizar la oralidad en el proceso civil en el código civil 1993 en el Perú.

Presentamos como hipótesis la certera existencia de relación entre la oralidad en el proceso civil y la lentitud de los procesos en el código procesal civil 1993 en el Perú y como hipótesis específicas un alto grado de lentitud de los procesos civiles en el código procesal civil 1993 en el Perú y el análisis de la oralidad en el proceso civil en el código procesal civil 1993 en el Perú.

  1. MARCO TEÓRICO
  • Proceso Judicial

El profesor Juan Monroy Gálvez define el proceso como “(…) el conjunto de actos coordinados que se ejecutan por o ante los funcionarios competentes del órgano judicial del Estado, para obtener la declaración, la defensa o realización coactiva de los derechos que pretendan tener las personas privadas o públicas, en vista de su incertidumbre o de su desconocimiento o insatisfacción, mediante la actuación de la Ley en un caso concreto”

Tomando en cuenta todo lo anterior, se puede esbozar una noción de proceso señalando que este consiste en una sucesión ordenada normativamente de actos orientados a la composición del conflicto –fin privado– y a conseguir así la paz social en justicia –fin público– a través del ejercicio de la función jurisdiccional.

  • Oralidad en el proceso judicial

Partiendo de la idea de que la oralidad es un mecanismo de comunicación que utiliza la palabra hablada, su aplicación al proceso judicial implicará, en primer término, su empleo en la comunicación entre el juez y los sujetos procesales. Esta idea inicial se limita a la oralidad en sentido lingüístico.

Para determinar si un proceso es oral o escrito debe observarse no la cantidad de actuaciones orales y escritas previstas en la norma procesal respectiva, sino el papel que desempeña cada mecanismo de comunicación en el proceso de manera global. Como señaló acertadamente Juan Montero Aroca, “La oralidad y la escritura son dos modos de hacer el procedimiento, el conjunto del mismo, no la forma de un único acto procesal”

Según Bustamante, R. &  Angulo, D. (2020) explican que América Latina ha experimentado reformas judiciales que han cambiado nuestros antiguos procesos en los últimos treinta años. En 1988 el Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal terminó  después de varios años de debate un Anteproyecto de Código Modelo Procesal fue una base que tenía por finalidad servir para la reforma procesal que buscaba América Latina, este Anteproyecto propone opciones fundamentales de ser más flexible, no ser lento, adecuarse a la época y ser eficaz siguiendo el valor de la justicia hacia los más débiles ya que el problema es el exceso de duración del proceso es por ello que se debe reducir a un mínimo posible y esto no debilita el derecho a la defensa ni las garantías en el debido proceso así también debe ser proporcional el número de jueces y  personal a la cantidad de procesos que se tramitan y el Poder Judicial tener un presupuesto idóneo. En cuanto a la oralidad, varios procesalistas iberoamericanos plantean que es una eficaz solución contra el exceso de duración del proceso escrito porque introduce a la justicia en todas sus áreas además en la audiencia reúne al juez y las partes (sujetos procesales) donde se desenvuelven de forma oral donde se habla y se oye desarrollando así los principios de publicidad, inmediación y concentración resultando el sistema más eficaz. El primer país de América Latina que adoptó oficialmente la oralidad fue Uruguay en los procesos no penales, por la labor de Enrique Véscovi (miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal) logró que se aprobará en 1989 el Código General del Proceso lo que dio buenos resultados.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (29 Kb) pdf (151 Kb) docx (33 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com