REPERCUSIONES DE LA GLOBALIZACIÓN PARA EL PLENO DISFRUTE DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ÁREA LABORAL DE EMPRESAS TRANSNACIONALES EN GUATEMALA
Michelle GirónDocumentos de Investigación19 de Junio de 2017
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Universidad de San Carlos de Guatemala | |
TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN SOCIAL FASE II |
REPERCUSIONES DE LA GLOBALIZACIÓN PARA EL PLENO DISFRUTE DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ÁREA LABORAL DE EMPRESAS TRANSNACIONALES EN GUATEMALA |
Mónica Michelle Girón Reina. Carné: 201410133 |
TABLA DE CONTENIDO
JUSTIFICACIÓN 2
ESTADO DEL ARTE 3
PLANTEAMIENTO DE PROBLEMA 5
DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA 5
MARCO TEÓRICO 6
PREGUNTAS GENERADORAS 8
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 8
METODOLOGÍA 9
BIBLIOGRAFÍA 12
JUSTIFICACIÓN
Los derechos humanos han sido un tema de discusión a nivel internacional de suma importancia, desde la Declaración de los Derechos Humanos en 1948 se ha visto el mundo en la necesidad de preservar, proteger y promover la integridad de cada uno de los humanos, acogiendo así, los derechos que las personas deben contar al momento de laborar en una empresa, aún si ésta es transnacional; por lo que esto viene a ser un problema del que los investigadores sociales en el ámbito internacional debe de enfocar como prioritario.
Actualmente, no existe una legislación mundial o una corte de justicia cuyo objetivo sea velar por los derechos humanos laborales ni en empresas multinacionales ni en ninguna otra. A pesar de que la globalización y su auge vienen desde el siglo pasado, no se puede acudir a legislaciones o normas que impongan un cumplimiento obligatorio de los mismos.
Guatemala es parte de varios de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, no obstante, dentro del ordenamiento jurídico interno a pesar de que el tema de los Derechos Humanos está al nivel de la Constitución Política de la República, no se ejerce un debido control ni una regulación de lo que debería una empresa transnacional cumplir según lo pactado con los acuerdos y declaraciones de parte de la OIT.
A lo largo de los años la globalización ha ejercido un rol importante en otros sectores aparte de la economía, donde es protagonista, y de ellos se destacan los sociales, políticos y demás. En el sector social se adjudica el tema de los Derechos Humanos y más aún, los Derechos Humanos Laborales, sin embargo, desde el siglo pasado pareciera se queda estancado, atorado o pausado, donde pasan a un segundo plano por otros temas de interés internacional. Pero, ¿Qué queda entonces a las consecuencias de la globalización en los derechos de los trabajadores? Conformarse a la situación por verse en necesidad de ingreso por la desigualdad social, denunciar pero arriesgar su puesto para que su reclamo quede archivado o siquiera simplemente quedarse de brazos cruzados debido a que en Guatemala no se tiene claro en donde podría realizar tal denuncia.
Todos y cada uno de nosotros seres humanos contamos con derecho desde la concepción (esto debatible) pero, ¿Qué potestad tendría una empresa transnacional en limitar, disminuir o hasta eliminar parcialmente estos mismos derechos y otros agregados por ser empleados de sus grandes corporaciones? Aquí entra a discusión si los derechos laborales realmente son humanos y si son exigibles.
Como final entra a discusión, ¿Es la globalización un factor influyente en el ámbito de derechos humanos en las empresas transnacionales? He aquí el propósito de la investigación.
ESTADO DEL ARTE
Al hablar de la globalización y las empresas transnacionales se sabe de antemano que es un tema no del todo actual, ya que lo que podemos denominar actual es consecuencia de eventualidades del pasado en las que se pueden mencionar algunos estudios y análisis.
BASE: Se ha tomado de base la Resolución 70/159 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 2015 cuyo nombre es: La globalización y sus consecuencias para el pleno disfrute de todos los derechos humanos. Donde ésta reconoce a la globalización no sólo como proceso económico, sino como ente que tiene dimensiones de todas índoles (sociales, políticas, culturales) que vendrían a repercutir en el pleno disfrute de todos los derechos humanos y ve la necesidad de evaluar las consecuencias de ella en las sociedades.
Para adentrarse en temas de globalización, primero se debe tener en claro el contexto y el enfoque que se le dará tanto al término que en el caso de la presente investigación, será en su estrecha relación con los derechos humanos, como a la trascendencia que ha tenido a lo largo del tiempo para las consecuencias del presente. Para ello, Luis Díaz Müller, Investigador titular del Instituto de Investigaciones jurídicas de la UNAM, realiza a lo que él llama una aproximación teórico-conceptual al nexo globalización-derechos humanos llamada Globalización y Derechos Humanos: El orden del caos, en las que sugiere seis tesis sobre el tema, desde historia hasta cómo se percibe la globalización desde enfoques de distinto interés.
Siguiendo en la misma línea de tema, María José Fariñas Dulce en su libro Globalización, ciudadanía y derechos humanos aparte de establecer la relación entre ellos, resalta la necesidad imperativa de una reideologización de los diferentes mecanismos para controlar lo que la globalización en un contexto de crisis y cambios provoca en la protección/desprotección de los derechos humanos para evitar el caer en tomar a estos últimos como mecanismos de legitimación de un poder, como lo prevé la globalización neoliberal. Esto con el interés de entablar una conexión clara entre las razones, causas y principalmente, consecuencias de lo que ha conllevado la globalización en todo esplendor, para con los derechos humanos, para después ya enfocarse en el área laboral.
En el área de derechos humanos se cuenta con tres fuentes de las que se tomará base, la primordial es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948, así como también ya adentrándose en el área laboral se toma el libro de Derechos fundamentales en el trabajo y normas internacionales del trabajo, publicado por la Oficina Internacional del Trabajo.
Para la relación derechos humanos-derechos laborales, Miguel Francisco Canessa Montejo en su tesis doctoral Los Derechos Humanos Laborales en el Derecho Internacional establece interrogantes y su crítica a base de análisis de si es posible y hasta cierto momento, razonable, decir que los derechos laborales están ‘incluidos’ de manera parcial en los derechos humanos, siendo estos más y mejor vistos a su manera como ‘programáticos’. En su tesis plantea si los derechos laborales ‘recogidos’ por los derechos humanos son exigibles o justiciables, preguntándose cómo definir estos del grupo de los derechos humanos, junto con la fundamentación hasta ahora inconclusa e incierta del porqué de la inclusión de los mismos. Siempre entablando una conexión entre los cambios importantes que ha causado la globalización ante ello. Prosiguiendo en la temática, con la guía Derechos humanos laborales de la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal en México, ofrece elementos de comprensión de los derechos laborales desde la perspectiva de los derechos humanos, así como también presenta un panorama general de cómo ha trascendido el enfoque de los derechos humanos en el trabajo.
Adentrándose ya en lo que sería el análisis del cumplimiento de convenios, normas y derechos laborales, la tesis Análisis jurídico sobre la flexibilidad laboral en Guatemala, una violación a los derechos humanos de los trabajadores, de Erica Berena Bobadilla Calderón enfoca precisamente en lo que denomina como Flexibilidad laboral, Bobadilla realiza un análisis jurídico de cómo afecta la aplicación de la flexibilidad en las normas de carácter laboral, es decir, en los derechos humanos laborales y las maneras en las que puede o no cumplirse dicha flexibilidad.
Ya en tema de las empresas transnacionales en sí, se toma como inicio la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, norma internacional informal de la Oficina Internacional del Trabajo adoptada en 2008, donde establece los principios por los que se debe regir cada una de las empresas multinacionales, cabe mencionar, hace alusión sobre el respeto y cumplimiento de los derechos humanos laborales. Y como fuente de análisis primordial, se toma a Juan Hernández Zubizarreta, quien con su libro Las empresas transnacionales frente a los derechos humanos: Historia de una asimetría normativa quien realiza un estudio y una evaluación exhaustiva de las empresas transnacionales desde el punto de vista comercial y desde el punto de vista humanitario. Realiza comparaciones entre la variedad de Pactos y acuerdos internacionales para entablar una conclusión del conflicto entre los Derechos Internacionales desde la perspectiva económica y los Derechos Humanos junto con el Derecho Internacional del Trabajo.
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