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Relaciones De Trabajo


Enviado por   •  14 de Mayo de 2012  •  6.117 Palabras (25 Páginas)  •  329 Visitas

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Introducción

En el mundo laboral se presentan múltiples conflictos, y para el buen desenvolvimiento de una empresa es necesario dedicarle tiempo a este aspecto, ya que muchas veces de éste depende el éxito que se desea alcanzar.

Las relaciones laborales son los vínculos que se establecen en el ámbito del trabajo, y el conflicto es una situación en donde hay una lucha de intereses contrapuestos total o parcial.

El presente trabajo tiene como propósito dar a conocer los diferentes conflictos que se pueden generar en las organizaciones así como sus causas, y sus soluciones dentro de las cuales están presentes los pasos que sigue la administración para lograr que los conflictos se conviertan en fuerzas positivas, es decir el objetivo no es desaparecerlos sino saber manejarlos. Ya que los conflictos son inevitables y se presentan frecuentemente hasta en las mejores empresas, y estos pueden actuar como catalizador para mejorar los desempeños de las organizaciones.

Veremos también cuales son los principales sujetos en una relación de trabajo, como son el patrón y los trabajadores, lo referente al salario las prestaciones y las jornadas de trabajo, así como su aplicación en las empresas.

Relaciones de trabajo

Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Sujetos

Trabajador.- es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida por cada profesión u oficio.

Patrón.- es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

Empresa.- se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios y por establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.

Representantes

Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, se consideran como los representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.

Intermediarios

Intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras personas para que presten sus servicios a un patrón.

No serán considerados intermediarios, sino patrones las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. En caso contrario serán solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraídas con los trabajadores.

Sustitución del patrón

La sustitución del patrón no afectara las relaciones de trabaja de la empresa o establecimiento. El patrón sustituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta por el término de seis meses; concluido este subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón. El término de los 6 meses se contara a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la sustitución al sindicato o a los trabajadores.

Para que opere la sustitución patronal se requiere:

Que se haga una transmisión por cualquier titulo de los bienes esenciales del establecimiento, ya que si la transmisión es de objetos accesorios, no opera la sustitución.

Debe de darse necesariamente una unidad en la continuidad de la explotación del negocio, ya que si no se da tal unidad en la continuidad, solo resulta obligado el antiguo patrón.

Es decir, sino continua con la explotación de la empresa no hay sustitución patronal.

Relación de trabajo

Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.

El trabajador o el patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad.

Terminación de las relaciones de trabajo

El mutuo consentimiento de las partes.

La muerte del trabajador.

La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital.

La incapacidad física o mental que haga imposible la prestación del trabajo.

Contrato de trabajo

Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario.

Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedara uno en poder de cada parte.

El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:

Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del patrón y del trabajador.

Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o indeterminado.

El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinaran con la mayor precisión posible.

El lugar o lugares donde debe prestarse el trabajo.

La duración de la jornada.

La forma y el monto del salario.

El día y el lugar de pago del salario

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