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Riesgos Psicosociales Asociados al Ámbito Laboral

Cristian Raul Contreras RamirezTarea24 de Mayo de 2018

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Riesgos Psicosociales

Asociados al Ámbito Laboral

NOMBRE: Cristian Contreras Ramirez

CARRERA: Prevención de Riesgos

ASIGNATURA: Medicina del Trabajo

PROFESOR: Freddy Rivas Jara

SECCION: 84

FECHA: 30 de junio de 2017


  1. Tabla de contenido

Riesgos Psicosociales        1

2        Riesgos Psicosociales        4

2.1        Definición:        4

2.2        ¿Cuáles son los riesgos psicosociales?        5

2.3        Enfermedades Asociadas a los Riesgos Psicosociales        5

2.3.1        Trastorno de adaptación:        6

2.3.2        Trastorno de ansiedad;        7

2.3.3        Depresión reactiva        8

2.3.4        Trastorno de somatización        9

2.3.5        Dolor crónico.        10

3        Un caso a modo de ejemplo:        11

3.1        Antecedentes de la derivación:        12

3.2        Se da comienzo evaluación de empresa para Programa de Vigilancia  de Riesgos Psicosociales (VRPS)        12

3.3        Ratificación de Enfermedad Profesional de Origen de Salud Mental Por ACHS        14

3.4        Ingreso a programa.        15

3.4.1        Conformación Comité        16

3.4.2        Datos Importantes de la Evaluación:        17

3.4.3        Ejecución Cuestionario        17

3.4.4        Detalle Cuestionario Determinados Riesgos        18

3.4.5        Una vez la empresa obtiene los resultados        18

3.4.6        Terminado el proceso, información mínima requerida por Seremi        19

4        Conclusión:        19

5        Bibliografía        20


  1. Introducción

“El estrés en el trabajo es un conjunto de reacciones emocionales, cognitivas, fisiológicas y del comportamiento a ciertos aspectos adversos o nocivos del contenido, la organización o el entorno de trabajo.

Es un estado que se caracteriza por altos niveles de excitación y de angustia, con la frecuente sensación de no poder hacer frente a la situación”

(Comisión Europea 2000)

La evolución del proceso de trabajo, caracterizado por las nuevas tecnologías de producción y servicios ha obligado a mirar la salud en el trabajo con otros ojos, ya no hablamos solo de riesgos físicos y químicos, sino también se incorpora el contenido del trabajo y los mecanismos socio-psicológicos que influyen en la salud. Estos factores psicosociales abarcan distintos niveles de la persona y su organización laboral, donde se consideran afecciones a nivel individual, del entorno y externos del trabajo.

Los riesgos psicosociales son entendidos como todas las situaciones y condiciones del trabajo que se relacionan con el tipo de organización, el contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, los cuales tienen la capacidad de afectar, en forma negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica y/o social) de las personas y sus condiciones de trabajo.  

Los factores de riesgo van acompañados de una serie de problemas de salud, entre los que se incluyen trastornos del comportamiento y enfermedades psicosomáticas. Si es que el trabajador o la trabajadora están expuestos a algún factor de riesgo psicosocial existirán una serie de sintomatologías a nivel individual y de la organización. Además, esto afectara su desempeño óptimo, dejando de lado la calidad y productividad de las tareas asignadas.

  1. Riesgos Psicosociales

  1. Definición:

En prevención de riesgos laborales, denominamos factores psicosociales a aquellos factores de riesgo para la salud que se originan en la organización del trabajo y que generan respuestas de tipo fisiológico (reacciones neuroendocrinas), emocional (sentimientos de ansiedad, depresión, alienación, apatía, etc.), cognitivo (restricción de la percepción, de la habilidad para la concentración, la creatividad o la toma de decisiones, etc.) y conductual (abuso de alcohol, tabaco, drogas, violencia, asunción de riesgos innecesarios, etc.) que son conocidas popularmente como “estrés” y que pueden ser precursoras de enfermedad en ciertas circunstancias de intensidad, frecuencia y duración.

El estrés, el acoso y el malestar físico y psíquico que sufren muchos trabajadores y trabajadoras son resultado de una mala organización del trabajo y no de un problema individual, de personalidad o que responda a circunstancias personales o familiares.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales considera que la organización del trabajo forma parte de las condiciones de trabajo que influyen en la salud y seguridad de los y las trabajadoras, entre otros mecanismos a través de la exposición nociva a los riesgos psicosociales. Por ello, las características de la organización del trabajo deben ser evaluadas, controladas y modificadas.

Los daños a la salud por riesgos psicosociales no son un problema individual y ha de hacerse prevención para todos y todas.

En materia de riesgos psicosociales hace ya bastantes años que vienen sonando alarmas en todas las encuestas, estudios y análisis, a nivel mundial, y por supuesto en nuestra comunidad.

Debido a los importantes cambios en el mundo del trabajo actual con respecto al que había hace diez años: se ha producido una intensificación del trabajo (mayor ritmo y densidad de trabajo, no por las horas trabajadas por persona que, al contrario, ha decrecido), pero a la misma vez un deterioro importante de la influencia, del apoyo social y de la capacidad de intervención en las propias condiciones de trabajo. A esto hay que unirle el estancamiento de las posibilidades de desarrollo y de las exigencias cognitivas, lo que finalmente resulta un coctel molotov psicológico para las personas trabajadoras.

  1. ¿Cuáles son los riesgos psicosociales?

Los podemos identificar a través de cinco dimensiones:

  • Exceso de exigencias psicológicas: cuando hay que trabajar rápido o de forma irregular, cuando el trabajo requiere que escondamos los sentimientos, callarse la opinión, tomar decisiones difíciles y de forma rápida.
  • Falta de influencia y de desarrollo: cuando no tenemos margen de autonomía en la forma de realizar nuestras tareas, cuando el trabajo no da posibilidades para aplicar nuestras habilidades y conocimientos o carece de sentido para nosotros, cuando no podemos adaptar el horario a las necesidades familiares, o no podemos decidir cuándo se hace un descanso.
  • Falta de apoyo y de calidad de liderazgo: cuando hay que trabajar aislado, sin apoyo de los superiores o compañeros y compañeras en la realización del trabajo, con las tareas mal definidas o sin la información adecuada y a tiempo.
  • Escasas compensaciones: cuando se falta al respeto, se provoca la inseguridad contractual, se dan cambios de puesto o servicio contra nuestra voluntad, se da un trato injusto, o no se reconoce el trabajo, el salario es muy bajo, etc.
  • La doble presencia: el trabajo doméstico y familiar supone exigencias cotidianas que deben asumirse de forma simultánea a las del trabajo remunerado. La organización del trabajo en la empresa puede impedir la compatibilización de ambos trabajos, a pesar de disponer de herramientas y normativa para la conciliación de la vida laboral y familiar.

Como sabemos la relación entre organización del trabajo y salud no es tan evidente como la que existe con otros factores de riesgo; además, desde las empresas se tiende a considerar los daños a la salud como un problema individual (fallos de personalidad de la persona trabajadora) y no como un problema de la organización del trabajo.

  1. Enfermedades Asociadas a los Riesgos Psicosociales

En Chile, la Neurosis Ocupacional es la única enfermedad de origen psiquiátrico que la ley de accidentes y enfermedades profesionales reconoce como de origen laboral. Esta enfermedad genera pérdidas y costos económicos no sólo para el trabajador, sino también para las empresas y para la sociedad. De acuerdo con la Ley N° 16.744 y su reglamento, para determinar la existencia de una enfermedad profesional se requiere:

  • Que sea incapacitante (temporal o permanentemente), o bien, que pueda causar la muerte.  
  • Que sea causada directamente por el trabajo u oficio que la persona desempeña.
  • En el caso de las neurosis profesionales, se define como factor de riesgo la “tensión psíquica excesiva”.

 

En el ámbito de la salud mental, el Decreto Supremo N°73 del año 2006 modificó y actualizó el Decreto Supremo N° 109, esto es, se explicitaron los diagnósticos que anteriormente se consideraban genéricamente como “neurosis laborales”, debido a la generalidad del concepto y al hecho de que en la clasificación internacional el término “neurosis” ya no existía.  

En este sentido, el DS N°73 aclara que: “Las neurosis profesionales incapacitantes pueden adquirir distintas formas de presentación clínica, tales como (Ministerio del Trabajo y Previsión Social, 2005):

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