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Sentencias condenatorias al Estado mexicano dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sus implicaciones en el orden jurídico nacional.


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2016  •  Ensayos  •  1.360 Palabras (6 Páginas)  •  506 Visitas

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Sentencias condenatorias al Estado mexicano dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y sus implicaciones en el orden jurídico nacional

En este trabajo se hablará de la posición que México ha optado frente a la resolución del sistema interamericano de Derechos Humanos y la problemática en relación al cumplimiento de las sentencias y obligaciones que de ellas se derivan y la posible modificación de las normas, crear nuevas disposiciones jurídicas, dentro siempre del marco del Estado Constitucional de! Derecho.

Los estados actuales han trabajado en cambiar los paradigmas en que la ley se basaba en su superioridad y su objetivo no era la protección de la dignidad humana.

Al Estado constitucional de Derecho se le caracteriza por los subordinación de los legslidsd a Constituciones rígidas, el cambio de las condiciones de validez de las leyes; y la determinación de las formas legislativas, se imponen prohibiciones y obligaciones a los derechos incluidos los sociales; y los principios como la dignidad humana, libertad e igualdad.

El Sistema Interamericano tiene su origen en la Organización de los Estados Americanos, donde se vislumbró la necesidad de contar con un instrumento propio de protección de los derechos de las personas, así se crea en 1959 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Diez años más tarde se instaló la Convención Interamericana de Derechos Humanos y al año siguiente se instaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos la cual constituye un verdadero tribunal internacional constituido por siete jueces nscionsled de los Estados, miembros de la OEA y cuenta con dos funciones primordiales.

La primera concierne a presuntas violaciones de Derechos Humanos y la segunda es una atribución de tipo consultivo y así realizar una interpretación de la convención o de otros tratados relativos a la protección de los Derechos Humanos  los estados americanos. En la función contenciosa existe un proceso controvertido, regulado por la propia convención en conjunto con el Estatuto y Reglamento de la Corte.

En Septiembre del 2004 se resuelve el primer caso mexicano, el caso Alfonso Martín de Campo Dodd; pasaron algunos años hasta que se vino un gran número  de casos con sus respectivas resoluciones.

La primera sentencia condenatoria al Estado Mexicano recae en el caso de “Jorge Castañeda Guzmán” quien acudió en defensa de sus derechos político-electorales. Ya que solicitó su registro ante el IFE como candidato a la presidencia, este le fue negado debido a que se postuló de forma independiente, sin ser apoyado por algún partido político. Y al recurrir al mecanismo legal, lo más relevante del caso, existe carencia del derecho constitucional mexicano, un mecanismo para hacer valer las violaciones a derechos políticos electorales de los ciudadanos mexicanos, donde se planteará la inconstitucionalidad de las leyes. Aun cuando hubo condena para el estado mexicano, al momento de dictarse la sentencia ya se había formalizado la denominada “Reforma Electoral 2007” dónde se le daba la facultad al Tribunal Electoral la facultad de desaplicar leyes cuando las estimará inconstitucionales.

En el caso de “Campo Algodonero” constituye un parteaguas para los lucha de los derechos de las mujeres, no solo en México sino a nivel continental, se determinó que los acontecimientos entrañan homicidios por razones de género. El tribunal interamericano condenó al Estado Mexicano por sus acciones y omisiones; y destaca la naturaleza especial de los derechos violados, se pronuncia sobre el deber de NO discriminación y sancionar la violencia contra la mujer.

El análisis de los hechos como la propia sentencia y la determinación de medidas de reparación están realizados desde la perspectiva de género.

El caso “Radilla Pacheco vs Estados Unidos Mexicanos” es una demanda presentada a causa de la detención, tortura y desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, atribuible a agentes militares del ejército mexicano así como la falta de investigación de su paradero y de reparación a sus familiares, además de que el fuero militar tomó conocimiento de los procedimientos respectivos. La corte declaró responsable al Estado Mexicano de la violación de los derechos, a la libertad e integridad personal, al reconocimiento de la personalidad jurídica y a la vida del señor Pacheco.

En la sentencia de este caso se generan obligaciones directas para el poder judicial  como parte del Estado Mexicano siendo las siguientes:

  1. Los jueces deberán llevar a cabo un control de convencionalidad.
  2. Deberán realizar una interpretación restringida del fuero militar en casos concretos.
  3. Implementación de ciertas medidas administrativas.

El siguiente caso “Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú vs México” es el caso de dos mujeres indígenas de una comunidad de Guerrero, con una situación económica desfavorecida que fueron agredidas y violentadas  por elementos militares de nuestro país, sin que el aparato Gubernamental pudiera darles una solución o resarcimiento, por lo que con valentía lucharon por sus derechos encontrando protección en los órganos interamericanos.

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