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Contrato acuerdos etc

Erik Novak DelgadilloBiografía19 de Marzo de 2016

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Contenido

PARTES DEL CONTRACTO        

ANTECEDENTES        

ARTICULO 1. OBJETO DEL CONTRATO        

ARTÍCULO 2 – DURACIÓN DEL CONTRATO        

ARTICULO 3. – PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DURACIÓN DE LA FINANCIACIÓN        

ARTICULO 9. - EXTENSION        

ARTÍCULO 4 – OBLIGACIONES DE LAS PARTES        

ARTÍCULO 5 - CARACTERISTICAS DEL PROYECTO        

ARTICULO 6 - PRECIO        

ARTICULO 7 – PAGO DE LA OBRA        

CALENDARIO DE APORTACIÓN DE FONDOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA        

ARTICULO 8.– CASOS EN LOS QUE SE PUEDE EJECUTAR EL SEGURO DE COBRO        

ARTÍCULO 9.- ESTADO SEGURO OBLIGATORIO        

ARTÍCULO 10 - CESIÓN DEL CONTRATO        

ARTICULO 11. - INDEMNIZACIONES        

ARTÍCULO 12 - MODIFICACIÓN        

ARTÍCULO 13. MODIFICACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS        

ARTÍCULO 14 - TERMINACIÓN DEL CONTRATO        

ARTÍCULO 15.- LEY APLICABLE        

ARTICULO 16. - CONFIDENCIALIDAD        

ARTÍCULO 17. ACUERDO COMPLETO        

FECHA Y FIRMA        

CONTRATO 

ENTRE

PARTES DEL CONTRACTO

PRIMERA PARTE:

D. Luis Bahamonde, mayor de edad, Español, mayor de edad, con Pasaporte número PAA664996, en nombre y representación de la entidad mercantil de nacionalidad EMIRATOS ARABES UNIDOS, denominada TAMCO COMMERCIAL INVESTMENT LLC, con número de registro de empresas 735586, actuando su representante en ejercicio de sus poderes vigentes debidamente protocolizados por notario público, en su calidad de CEO de la compañía, con domicilio en Al-Quoz nº 4, Dubai (EAU), que en adelante denominaremos como TAMCO. En calidad de empresa CONTRATISTA.

SEGUNDA PARTE:

CORPORACIÓN UGARTE ACEBEY S.A., una sociedad constituida de conformidad con las leyes del estado de BOLIVIA con domicilio en la calle Atacama nº 1223 (Zona Sarco) en Cochabamba –BOLIVIA-, debidamente representada por D. Johnny Ugarte A. ciudadano de Bolivia, mayor de edad, portador del pasaporte No. ____________ (que en el presente Acuerdo denominaremos como “LA SEGUNDA PARTE" o  CLIENTE;

Siempre que TAMCO y la segunda parte se mencionan de manera conjunta en este contrato, serán nombrados como “Las Partes".

ANTECEDENTES

  1. UGARTE ACEBEY SA, es una compañía dedicada a la promoción inmobiliaria.
  2. UGARTE ACEBEY quiere finalizar la construcción de un Centro Comercial en Cochabamba (Bolivia), denominado “FESUR”.  
  3. TAMCO LCCSL. es una empresa especializada en el diseño, construcción y financiación de todo tipo de obras públicas y privadas.
  4. Ambas partes han acordado que TAMCO LLC construya y financie la finalización del proyecto citado (propiedad de la compañía UGARTE ACEBEY), que se indica en el anexo 1 y en base al acuerdo redactado en este contrato en el que se establecen las obligaciones y derechos a los que ambas partes se someterán.
  5. UGARTE ACEBEY SA, ya ha ejecutado parcialmente la obra, de forma que la cimentación y parte de la estructura ya están finalizadas. El coste de esta parte ya construida se estima en 1.661.250,00 USD y está pendiente de verificación por la parte primera de este contrato.
  6. El contrato se regirá por las siguientes cláusulas:

ARTICULO 1. OBJETO DEL CONTRATO

  1. El objeto de este acuerdo es la finalización de la construcción y la  financiación del Centro  Comercial “FESUR” en la ciudad de  Cochabamba –Bolivia-. Los Planos y la Memoria de Calidades de la obra serán detallados en el Anexo correspondiente 1 (Ya existen y están en manos del cliente, el cual los facilitará sin coste alguno a la Parte primera de este contrato).
  2. Las partes han acordado financiar el pago de los trabajos en 22 años desde el momento en que se reciba por parte del cliente la Garantía de Cobro.
  3. Las partes han acordado como aceptar como garantía de pago de las obras, la entrega de una Póliza de Seguro Emitida por una Entidad Aseguradora de primer nivel mundial (AAA) y siempre que en le clausulado se recoja la obligación de pago por parte de esta compañía, en caso de que a la fecha de vencimiento del periodo de financiación el cliente no pagase el precio de la obra. Será obligatoria la entrega de un borrador de la póliza de Seguro[1] para su estudio y aceptación por parte de la empresa TAMCO.
  4. Las condiciones exactas de este financiamiento se detallarán en este contrato.

ARTÍCULO 2 – DURACIÓN DEL CONTRATO

El contrato tendrá una duración de 22 años, que cubre el período en que se llevará a cabo la construcción (2 años) y su posterior financiación (20 años).

ARTICULO 3. – PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Y DURACIÓN DE LA FINANCIACIÓN

        Plazo para la finalización de la construcción:

TAMCO  se compromete a realizar la construcción completa del proyecto en un plazo máximo de 24 meses desde el momento después de la presentación de los planos en la administración y la entrega por parte del cliente de todas las autorizaciones, licencias y permisos obligatorios.

La duración de la financiación es de 20 años a contar desde el momento de emisión de la última certificación, la cual se expedirá al finalizar completamente la obra. Si todo discurre normalmente y sin incidentes, el trabajo se completará en ¿?? / 2018 y la financiación se prorrogará hasta noviembre / 2038 (fecha en la que se produciría el pago o la ejecución de la garantía).

Dentro de los 30 días siguientes a la obtención de las licencias, se iniciarán los trabajos con el acta de replanteo de la obra. En los siguientes dos meses se procederá al estudio de los terrenos sobre los que se asentarán las Centro Comercial y desde el tercer mes se llevará a cabo el inicio de la construcción. El estudio geotécnico indicará la calidad del suelo y la sostenibilidad del presupuesto entregado al cliente.

De común acuerdo las partes realizarán certificaciones y/o controles técnicos mensuales relacionados con el trabajo sobre el cumplimiento que se vaya ejecutando. Las quejas sobre la calidad de la ejecución y la buena marcha de los trabajos es obligatorio que el cliente las ponga de manifiesto expresamente (por escrito) a la primera parte de este contrato, en cada una de estas certificaciones. De no hacerlo se entenderá que considera como correcta los trabajos realizados hasta esa fecha.

Si dentro de los seis meses después del final de ese período (24 meses), el contratista no finalizase el trabajo, el cliente (propietario) tiene derecho a recibir el pago de una tasa de interés mensual del 1% sobre el coste de la parte de la obra aún No realizada. Esta sanción no se aplicará en casos de fuerza mayor, tales como desastres naturales como inundaciones, huelgas, falta de seguridad o si se produce durante la ejecución de la obra alguna modificación en el proyecto inicial entregados al cliente a petición de este o de alguno de los técnicos de la obra. Si el terreno sobre el que se asientan las casas no es apto para la construcción o sus características especiales incrementan sustancialmente (más del 10%) el coste de la estructura inicial, se replantearán los costos de estas partidas y llevará a cabo una nueva redacción y estimación de costos para su aceptación por parte del cliente.

 Una vez terminado el trabajo, se llevará a cabo una ceremonia de entrega de la obra a los clientes. La responsabilidad de la calidad de la construcción hecha, se extenderá por el período especificado por la legislación de la República de Perú.

Condiciones de financiación de las obras (plazos).

El trabajo puede ser financiado a un plazo de 22 años, a contar desde el momento de la entrega de la PÓLIZA DE SEGURO por parte de la compañía Aseguradora del cliente. El pago del precio de la obra debe hacerse por lo menos 30 días antes del vencimiento del periodo de financiación. ALA póliza se renovará año a año, hasta el día de finalización del pago integro de la misma.

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