ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Impuesto De Alcabala


Enviado por   •  1 de Junio de 2015  •  2.180 Palabras (9 Páginas)  •  232 Visitas

Página 1 de 9

INDICE

CONTENIDO

PÁGINAS

IMPUESTO DE ALCABALA _________________________________

2

INTRODUCCIÓN __________________________________________

3

DEFINICIÓN ______________________________________________

4

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS ______________________________

5

DESTINO DEL TRIBUTO ____________________________________

6

PLAZO DE PRESCRIPCION DEL IMPUESTO ___________________

6

PREGUNTAS FRECUENTES ________________________________

7-8

CASOS PRACTICOS _________________________________

9-12

BIBLIOGRAFIA ____________________________________________

13

INTRODUCCIÓN

El tributo tiene como finalidad propia proveer de ingresos al Estado o entes públicos para el cumplimiento de sus fines: la prestación de los servicios públicos y la satisfacción de necesidades colectivas esenciales. En general la cobertura, o el sometimiento de los gastos públicos

El tributo se clasifica en impuestos, contribuciones y tasas; es del primero que vamos a tratar en este estudio, específicamente del impuesto de alcabala.

El impuesto de alcabala tiene una larga data, se dice que surgió en los países musulmanes, y durante el transito del tiempo, fue un mecanismo de recaudación de impuestos importante que gravaba las distintas modalidades de transferencia de propiedad; llegando a nuestros días con una limitación en su aplicación.

En el Perú, el impuesto de alcabala es un recurso creado a favor de las municipalidades, que básicamente grava las transferencias de bienes inmuebles, ya sean urbanos o rústicos.

En nuestro trabajo, desarrollamos brevemente los antecedentes históricos de cómo surgió el impuesto de alcabala, luego tratamos su definición, señalamos su base legal, sus elementos constitutivos; las transferencias que se encuentran gravadas, la inafectación de algunas transferencias del impuesto, las entidades que se encuentran inafectas con el impuesto, el destino del tributo y el plazo prescriptorio.

Además de una manera didáctica planteamos dos casos hipotéticos de cuantificación del impuesto, y adjuntamos dos resoluciones del tribunal fiscal; y terminamos con nuestras conclusiones y referencias bibliográficas.

Esperando que este trabajo logre cubrir todas las expectativas, y asumiendo todos los errores de forma y de fondo, dejamos a disposición de los lectores el mismo.

DEFINICIÓN

La alcabala es un impuesto creado a favor de los gobiernos locales (Municipalidades), y "…grava las transferencias de inmuebles urbanos y rústicos en el porcentaje que determina la ley" Es un gravamen pecuniario aplicado a toda transferencia de dominio (compra-venta. Donación, permuta, etc.,) sobre bienes inmuebles.

Por su parte, la ley de Tributación Municipal lo define en su artículo 21 como: “El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio; de acuerdo a lo que establezca el reglamento".

Ahora bien, se entiende por transferencia de la propiedad inmueble conforme al artículo 949 del Código Civil que dispone que "la sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario". Entonces como se puede ver, a esta enajenación es que se le impone el impuesto de alcabala.

Y se entiende por bien inmueble a aquellos bienes no susceptibles de moverse, es decir, no se pueden trasladar de un lugar a otro, es sobre la enajenación o transferencia de los mismos que recae el mencionado impuesto.

BASE LEGAL

El impuesto de alcabala se rige por los siguientes dispositivos legales.

• Constitución Política del Perú.

• Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF.

• Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo Nº 133-2013- EF

• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

• Código Civil, Decreto Legislativo Nº 295.

• Código Procesal Civil, Decreto Legislativo Nº 768, Texto Único Ordenado aprobado por Resolución Ministerial Nº 10-93-JUS.

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL IMPUESTO DE ALCABALA

a. Elementos subjetivos.

• Sujeto activo: Es el acreedor tributario en favor del cual debe realizarse el pago del impuesto, en el caso de las alcabalas, son las municipalidades las encargadas de su recaudación.

• Sujeto pasivo.- Según el Artículo 23 de la LTM, el sujeto pasivo en calidad de contribuyente, es el comprador o adquirente del inmueble.

b. Elementos subjetivos.

• Hecho imponible o generador.- El impuesto grava las transferencias de propiedad de inmuebles, urbanos y rústicos, a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio

.

• Base imponible.- Según el Artículo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (15.3 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com