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PARCIAL INTEGRADORA DERECHO CIVIL


Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  2.757 Palabras (12 Páginas)  •  488 Visitas

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PARCIAL INTEGRADORA

DERECHO CIVIL

Actividad 1:

a) Indague en la Web un caso real que contenga un supuesto de nulidad absoluta. Una vez seleccionado fundamente el por qué de esa nulidad y envíe el caso por adjunto.

Nulidad absoluta: es la sanción que se aplica a los actos que vulneran el orden público y se funda en razones de buena costumbre, moralidad o interés general.

El artículo 1047 dice: “la nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aún sin petición de parte, cuando aparece manifiesta en el acto. Puede alegarse por todos los que tengan interés en hacerlo, excepto el que ha ejecutado el acto, sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba. Puede también pedirse su declaración por el ministerio público, en el interés de la moral o de la ley. La nulidad absoluta no es susceptible de confirmación”

Ejemplo de caso de supuesto de nulidad absoluta (ver archivo adjunto). Es un caso de nulidad absoluta porque no se pueden vender bienes del Estado.

b) Contraponga conceptualmente la incapacidad de derecho y de hecho, destacando al menos tres caracteres diferenciadores entre una y otra.

Capacidad de derecho: aptitud para contraer derechos y obligaciones

Capacidad de hecho: aptitud para ejercer esos derechos y obligaciones

b) Contraponga conceptualmente la incapacidad de derecho y de hecho, destacando al menos tres caracteres diferenciadores entre una y otra.

Incapacidad de derecho | Incapacidad de hecho |

* La ley prohíbe a determinadas personas a realizar ciertos actos en razón, de incompatibilidad de orden moral o jurídico. Por ejemplo: "Los padres no pueden hacer contrato alguno con los hijos que están bajo su patria potestad, el martillero no puede adquirir los bienes que está subastando; no se pueden realizar contratos entre cónyugues como la compraventa y la donación. * la incapacidad de derecho imposibilita la realización de actos por sí mismos ni por representantes legales * La incapacidad de derecho es siempre relativa. * Las incapacidades de derecho se inspiran por lo general en una razón de orden público, de moral y buenas costumbres, por ende, perjudican al incapaz. | * La ley priva a las personas físicas de la facultad de obrar por sí misma, declarándolos incapaces, fundada en la falta o insuficiencia de su desarrollo mental (caso de las personas por nacer, los menores y los dementes) o la imposibilidad de poder manifestar su voluntad (caso de los sordomudos que no pueden darse a entender por ningún método) * la incapacidad de hecho imposibilita realizar actos por sí mismos pero son subsanables a través de representantes legales * la incapacidad de hecho puede ser absoluta y relativa * la incapacidad de hecho tiene como fin proteger al incapaz, a raíz de la inmadurez o insuficiencia psicológica de éste para ejercer por sí mismo el derecho. |

Actividad 2:

a) Recree y presente un ejemplo de compensación entre comprador y vendedor de un inmueble.

Luis está ahorrando para comprarse una casa y como el dinero no le alcanza le pide un préstamo a su amigo Jorge. Después de haberse mudado y haber vivido unos meses en la misma, la empresa donde trabaja Luis le informa que necesita que trabaje en la sucursal de otro país ofreciéndole casa y transporte. Como no sabe cuánto tiempo permanecerá en el extranjero, decide conversar con Jorge para pactar el modo que le devolverá el dinero prestado. Jorge le ofrece comprar la casa que compró Luis y Jorge solo abonará la diferencia entre la casa y el préstamo que le había otorgado a Luis en el momento de la escrituración

b) Brinde un ejemplo de cada uno de los supuestos de extinción de las obligaciones.

El artículo 724 dice que las obligaciones se extinguen:

* Por el pago: es el cumplimiento de la prestación que hace el objeto de la obligación. Por ejemplo: prestar un servicio, entregar una cosa o suma de dinero.

* Por la novación: es la transformación de una obligación en otra. Por ejemplo: Luis le debe a Roberto la suma de $1000. Acuerdan extinguir esta obligación y en su reemplazo crean una nueva consistente en la entrega de una bicicleta determinada.

* Por la compensación: cuando dos personas por derecho propio, reúnen recíprocamente la calidad de acreedor y de deudor de las obligaciones, cualesquiera sean las causas de una y otra deuda. Por ejemplo: Si Juan le debe a Pedro $200 y Pedro a Juan $50, se compensan los saldos debiendo Juan a Pedro $150 y extinguiendo la obligación de Pedro.

* Por la transacción: es un acto jurídico por el cual las partes haciéndose concesiones recíprocas extinguen obligaciones litigiosas o dudosas. Por ejemplo: Un médico demanda a su cliente por el pago de $10.000, el demandado sostiene debersolamente $1.000, durante el trámite del pleito llegan a una transacción por la cual se fijan los honorarios en $5.000. El médico ha cedido parte de los honorarios a que se creía con derecho para asegurarse el cobro inmediato de $5.000. El cliente paga más de lo que cree adeudar para no verse en el riesgo de ser condenado a una suma mayor.

* Por la confusión: cuando se reúne la calidad de acreedor y deudor en una misma persona. Poe ejemplo: Juan se obliga con su padre Daniel la cantidad de $100 firmando un pagaré a favor de Daniel por la cantidad mencionada. Antes de pagar Juan su deuda, su padre muere siendo Juan su único heredero quedando el pagaré a favor de Daniel para Juan por herencia, extinguiéndose la obligación por reunirse el acreedor y el deudor en una misma persona.

* Por la renuncia de los derechos del acreedor: declaración de voluntad por la cual una persona abandona un derecho y lo da por extinguido. Por ejemplo: quien habiendo prestado una suma de dinero a un amigo, renuncia al derecho de pedir el reintegro; cuando se refiere a bienes inmuebles y a derechos hereditarios, la renuncia debe hacerse por escritura pública.

* Por la remisión de la deuda: ocurre cuando el acreedor se compromete a no exigir el cumplimiento de la deuda. El acreedor le devuelve al deudor el instrumento donde consta la obligación y le perdona la deuda. . Por ejemplo: el acreedor devuelve al deudor, sin recibir el pago, el pagaré que acreditaba su deuda.

* Por la imposibilidad del pago: Tiene lugar cuando sin culpa del deudor el cumplimiento de la obligación se ha hecho material o legalmente imposible. Por ejemplo: cuando la

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