Proceso Laboral
ephien4 de Noviembre de 2013
6.471 Palabras (26 Páginas)352 Visitas
INTRODUCCIÓN
El Proceso Laboral ha sido en todo este tiempo, una tierna criatura desarrollándose poco a poco hasta encontrar su forma y su dirección. Es hermoso comparar sus inicios y su metamorfosis a lo que ahora es o pretende ser. De comenzar con juicios donde prevalecían los hechos y donde la solución dependía de cuán justo podía parecer una decisión, a pasar a un juicio en el que prevalecía la escrituralidad y posteriormente lo que los doctrinarios plantean como sistema mixto en el que existe la escrituralidad y la oralidad, ambas como bases para el desarrollo de un proceso laboral efectivo de justicia.
Definitivamente no estamos lejos de alcanzar procesos más ágiles, sin tedio ni obstaculizadores de justicia. Puesto que ¿de qué sirve la justicia si ésta llega tarde? El momento en el que llega la mejor decisión también determina si existe o no justicia en un proceso.
Es necesario un conquistador de métodos concretos, ágiles, efectivos, en el desarrollo de un proceso, y ese conquistador que tanto se necesita se llamaría: El Buen Juez. Necesitamos a aquél que llegue preparado no solo con la materia litis, sino preparado para dirigir un arduo proceso en el que las partes están en conflicto, y necesitan de un controlador y de esa directriz.
Existen conductas procesales, tanto de las partes como del juez. Y es que si quien dirige no lo hace acorde al Derecho, ¿cómo serán las conductas procesales de las partes en conflicto?
¿De qué manera puede influenciar estas conductas al magistrado que debe tomar la decisión más acertada, cómo afecta la celeridad del proceso, y cómo retardan a la Justicia?
Así, tomando en cuenta la importancia que tiene las conductas dentro del proceso, es que hacemos una clasificación de los tipos de conducta, y hacemos un estudio minucioso de cómo éstas pueden afectar todo el proceso y el alcanzar una pronta justicia.
“Nosotros, los hombres, somos los llamados a generar conflictos; la ley, en cambio, a resolverlos.”
Gracias.
1. PLAN DE INVESTIGACIÓN.
1.1. Problema de Investigación.
1.1.1. Realidad Problemática.
El nuevo proceso laboral peruano se asienta en la oralidad, en el uso intensivo de la tecnología y el acceso a la justicia. No habrá tutela jurisdiccional efectiva sin un concepto fuerte de oralidad que signifique, no solo un modo de comunicación sino, sobre todo, búsqueda de la verdad, publicidad, transparencia, simplicidad e igualdad. Desde esta óptica podemos señalar que el nuevo proceso laboral es un instrumento que sirve para mejorar la solución de conflictos producto de las relaciones laborales.
Por ende debemos de tener en cuenta que los principales actores son las partes, las cuales a través de su desenvolvimiento durante el proceso es que irán esclareciendo las interrogantes y dudas del juez con respecto a la matriz del conflicto; es por esto que las conductas procesales de las partes durante del proceso tendrán un papel protagónico en la formación de convicción del Juez., dado que a través de éstas conductas éste puede inferir la buena o mala fe de las partes, los criterios de veracidad, las motivaciones y los fines de éstas durante el desarrollo del proceso laboral.
Teniendo en cuenta la evolución que ha ido teniendo el nuevo proceso laboral oral, es que se le ha ido haciendo más fácil al Juez poder determinar a través de la conducta procesal de las partes criterios orientadores para la formulación de una sentencia amparada en el desenvolvimiento de las partes durante el proceso.
1.1.2. Formulación del problema.
1.2. Objetivos.
1.2.1. Objetivo General.
Determinar de qué manera la conducta procesal de las partes permite al Juez formarse convicción sobre los hechos controvertidos para emitir sentencia
1.2.2. Objetivos Específicos
Describir el tipo de conductas procesales dentro de un proceso laboral.
Determinar los principios del proceso laboral que intervienen en la conducta procesal de las partes y el proceso oral.
Determinar los criterios en el que el Juez debe valorar su decisión dentro del proceso laboral.
Analizar casuística en la que se muestre la influencia de la conducta procesal de las partes en la toma de decisiones del juez.
1.3. Hipótesis:
La conducta procesal de las partes durante el procesal oral del trabajo, permite establecer al juez criterios orientadores, sustentados en el desenvolvimiento de éstas para la resolución del conflicto, partiendo de la buena o mala fe procesal de éstas durante el juicio oral, lo cual permitirá al juez poder determinar las verdaderas motivaciones de las mismas, para poder así dirimir sobre las pretensiones en controversia y así concluir en una resolución amparada en la propia participación de las partes durante el proceso oral.
1.4. Variables:
- Variable independiente: La conducta procesal de las partes.
- Variable dependiente: Permite al Juez formarse convicción sobre los hechos controvertidos.
1.5. Justificación:
El presente trabajo de investigación tiene como finalidad poder determinar la trascendencia de la conducta procesal de las partes y la influencia que tiene ésta en la correcta valoración que da el Juez para poder formarse una convicción concreta al momento de emitir una sentencia en el nuevo proceso oral del trabajo.
1.5.1. Marco Teórico.
CAPÍTULO I: LA CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES
I. LAS CONDUCTAS OMISIVAS, OCLUSIVAS Y MENDACES
El moderno derecho procesal sostiene que es lícito para el juez extraer argumentos de prueba de los comportamientos procesales de los litigantes. Estos argumentos de juicio pueden inferirse, algunas veces, de la conducta observada por la parte que implique una negativa a colaborar con la producción de la prueba, ya que en el proceso civil, las partes tienen el deber de cooperar en toda la actividad probatoria2, a riesgo de que su renuencia pueda ser apreciada por el juez como un indicio en contra. En este sentido, el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil dispone: 'El juez podrá deducir indicios de la conducta procesal de las partes'.
El autor Luis Muñoz Sabaté , al tratar la conducta procesal de la parte, establece la necesidad de diferenciar axiológicamente los juicios éticos y los pragmáticos, en razón de considerar que son los segundos los que interesan al proceso desde el punto de vista probatorio. Las conductas procesales de las partes pueden estar dirigidas a la vulneración de normas de contenido ético o moral establecidas por el legislador; pero igualmente pueden traer como consecuencia la falta de colaboración en el proceso y, con ello, afectar la obtención de unos elementos probatorios necesarios para finalmente alcanzar la justa solución de la litis. Así, la conducta procesal asumida por las partes puede contribuir a la fijación de los elementos axiológicos de la pretensión o la excepción de mérito, al configurarse como un elemento probatorio al lado de las demás pruebas, pues a partir de ella se puede construir la prueba indiciaria. En este sentido, la conducta procesal puede considerarse como elemento de prueba, constituyéndose en una forma de control jurídico sobre el debate probatorio.
Por las numerosas relaciones jurídicas que se entraban en el escenario procesal, el proceso se constituye en campo abonado para la producción de variadas conductas procesales que necesariamente tienen que ser valoradas por el juzgador.
Algunas, como lo indica el jurista Muñoz Sabaté, se revelan en los propios actos de alegación y se identifican como indicios exponenciales de normalidad, tono y coyuntura, en razón de que entrañan conductas ejecutadas con motivos de alegación o exposición. Otras se advierten como conductas más específicamente dirigidas hacia la prueba, y se identifican como indicios conductuales, siendo ellas conductas omisivas, oclusivas, hesitativas o mendaces.
Definitivamente, creemos que dependerá de las fases del proceso laboral en que se asuman dichas conductas para que puedan o no influir en la convicción del juez al tomar la decisión final. Identificar dichas conductas en el lugar y modo en el que se plasman, nos ayudarán a determinar en qué momento se afecta o retrasa el proceso.
El autor distingue, a su vez, dentro de la conducta procesal, las inferencias incriminativas que se obtienen contra la parte autora de la inconducta procesal, y las inferencias excriminativas, favorables a esa parte -lo anterior, porque sería ilógico que solamente la conducta incorrecta fuera fuente de argumentos de prueba-, ubicando entre las inferencias incriminativas la conducta puramente omisiva, la conducta oclusiva, la conducta hesitativa y la conducta mendaz.
De este modo, debemos tomar en cuenta que muchas de estas conductas son solo obstáculos para el buen hacer del Derecho, una no contribución con el proceso, así en palabras del profesor Muñoz: “No es la falta de moralidad sino la falta de colaboración específica lo que tipifica una conducta procesal desde el punto de vista probatorio”. Si desde una consideración genérica, toda deslealtad procesal puede llegar a significar una falta de colaboración, no se hace referencia a este género sino a la especie, esto es, a la falta de colaboración en un acto procesal encaminado formalmente a la fijación o prueba de las afirmaciones realizadas en el proceso.
Para tomar en cuenta las fases del proceso, hay que reconocer que éste se constituye
...