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Análisis introspectivo del juicio oral


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2013  •  Tesis  •  2.108 Palabras (9 Páginas)  •  369 Visitas

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Análisis introspectivo del juicio oral

Ma. de Lourdes Mayagoitia Asomoza

Jesús Gómez Rojas

Marco Antonio de León

Ma. Irma Florencia

Resumen

La ponencia tiene por objetivo general dar a conocer el desarrollo del juicio oral en nuestro país así como las oportunidades que se generan con su aplicación. Todo esto con la ayuda de los antecedentes históricos y casos concretos para el mejor entendimiento del tema.

Los Estados modernos, buscan el medio para la repartición de justicia mediante un juicio rápido y sin dilaciones injustificadas.

El primer Estado pionero es el Estado de Nuevo León quien aprobó en junio de 2004 las reformas legislativas para permitir los juicios orales, donde un juez escucha los argumentos de la procuraduría, en la presencia del acusado, la defensa y público.

Los procedimientos orales fungen como herramienta fundamental para materializar principios y valores procesales, tales como los de publicidad, concentración, contradicción, inmediación, igualdad, lealtad, buena fe y dignidad humana dónde el elemento oral es “el debido proceso” que indudablemente constituye un principio internacional de protección a los derechos humanos.

Introducción

Los resultados de nuestra investigación en el tema de la oralidad de los juicios revelan que en nuestro país, aunque ya hubo juicios orales públicos, en la actualidad la mayoría de los procesos se realizan al amparo del libelo o documento escrito con las argumentaciones jurídicas y las respectivas respuestas en forma de autos o acuerdos por parte de los jueces.

Por otra parte, el hecho de que se hable tanto en estos días (ya se cuentan algunos años desde el inicio de la presente década) de la necesidad de implantar juicios orales, sea porque podría representar un indicio de modernidad y transparencia o porque a lo mejor constituya un avance en la celeridad en los juicios, la verdad es que implantar este sistema significaría una profunda transformación de nuestro sistema procesal y jurisdiccional que lanzar una propuesta de reforma en este sentido no puede ser hecha a la ligera.

No escapa a nuestra percepción en esta temática, que la mayoría de las personas se imagina, cuando le refieren de un juicio oral, una sala típica de jurados que suelen escenificar decenas de películas al estilo de Hollywood con actores que representan malos papeles de abogados engreídos –muchas veces con muy poca idea del derecho y la ética profesional- y de jueces llenos de prejuicios con jurados seleccionados con dudosos procedimientos llenos de mañas, pero que a la luz de los productores y guionistas son éxitos económicos en tanto traen consigo historias que a la gente le encanta porque describen homicidios truculentos o tragedias con temas controvertidos que en realidad solamente despiertan el morbo y el gusto por el escándalo. Inclusive hay programas de televisión (reality shows) en Estados Unidos de Norteamérica y Canadá que establecen jurados o juzgados populares con un nivel de audiencia elevado y en el que se exhiben casos con una abundante explotación y exhibicionismo de las más bajas pasiones humanas.

Pero lo que ocurre en un juzgado en que se desenvuelve un asunto civil, mercantil, laboral o un amparo, es un misterio para la sociedad en general. Por eso se imaginan que verán una sala con un juez, un jurado, el acusador y el acusado enfrascados en una eterna discusión y exposición de enredados argumentos, lo que a menudo no ocurre, ni siquiera, en los países con sistemas procesales que tienen o cuentan con juicios orales porque dejan los casos más graves a cargo de un proceso con jurado. El nivel de conocimiento del sistema jurídico y jurisdiccional en México es escandalosamente bajo, aunque ello no ha sido óbice para criticarlos, al calor de la pasión política y aún periodística.

Por todo lo anterior, nos preguntamos desde ahora: ¿hasta dónde o qué debe ser público en un juicio? ¿Sería la ocasión perfecta para ver en acción a los jueces y a los abogados y su verdadera capacidad –o incapacidad- como juristas? y a propósito de la publicidad ¿se pretendería exhibir lo más sensible de los sentimientos de las personas y su certeza de estar siendo objeto de un escrutinio en la sala de audiencias, por la prensa o incluso en la televisión? ¿Y donde quedaría su dignidad y su respeto a su intimidad e imagen? ¿Podría ser optativo para el justiciable que el juicio en el que es parte sea público en el sentido más extenso de la palabra? ¿Son realmente necesarios en México los juicios orales, públicos y totalmente transparentes?

Teoría

Antes de abordar el juicio Oral como tal, es importante conocer el significado de la palabra “oralidad” de acuerdo al trabajo “Oralidad y cotidianidad” realizado por Alexandra Álvarez Muro en el que señala lo siguiente:

"La oralidad es un sistema simbólico de expresión, es decir un acto de significado dirigido de un ser humano a otro u otros, y es quizás la característica más significativa de la especie. La oralidad fue, entonces, durante largo tiempo, el único sistema de expresión de hombres y mujeres y también de transmisión de conocimientos y tradiciones. Hoy, todavía, hay esferas de la cultura humana que operan oralmente, sobre todo en algunos pueblos, o en algunos sectores de nuestros propios países y quizás de nuestra propia vida. Pensemos, por ejemplo, en la transmisión de tradiciones orales como la de los cuentos infantiles en Europa, antes de los hermanos Grimm, o en la transmisión de la cultura de los páramos andinos en Venezuela, o en las culturas indígenas del país. Aún para los habitantes de la ciudad, la transmisión de muchas esferas del saber se da por vía oral: los conocimientos culinarios son una de ellas, a pesar de haber innumerables libros dedicados a la enseñanza de la cocina. Prueba de ello es, quizás, la proliferación de los programas televisados sobre este particular" (Muro: 2.007, www.elies.rediris.es)

En otro orden de ideas adentrándonos en la exposición del tópico a tratar debemos señalar que el derecho por ser una ciencia que busca solucionar los conflictos humanos y la justicia y la equidad, este posee los mecanismos para procesar y castigar a quienes infringen el orden preestablecido. Así pues cada Estado deberá determinar cómo se llevaran a cabo sus procesos judiciales, bien sea bajo la forma escrita o acudir al sistema de la Oralidad y el proceso por Audiencias.

El fundamento de la Oralidad se encuentra consagrado en el

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