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Argumentación, por qué y para qué


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2016  •  Tareas  •  1.658 Palabras (7 Páginas)  •  156 Visitas

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Argumentación jurídica, por qué y para qué.

Control de lectura.

07/03/2016

Argumentación Jurídica.

Pedro Rodríguez Navarrete.

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Argumentación por qué y para qué.

Desde la antigüedad, hombre ha  necesitado comunicarse en su vida diaria, hasta nuestros días. Cuando las  civilizaciones se fueron formando y empezaron a crearse grupos sociales, fue necesario crear normar y reglas que regularan el coexistir de toda la población  y así no tener conflictos, creándose el derecho. Pero éste no es un ente perfecto,  necesita precisarse lo más posible para que no haya malos entendidos; tarea que  no es nada fácil porque hasta la fecha no hay disposición normativa perfecta.  Un ejemplo lo tenemos en la preliminar del texto, donde nos hace una narrativa de  un conflicto entre el Estado Mexicano y el Estado Norte Americano, donde en  1944, por medio del tratado de aguas, se acuerda que México y Estados  Unidos compartirían el rio Colorado ya que atraviesa la frontera entre ambos y  desemboca en el golfo de california.

El tratado consistía en que México  tenía derecho a recibir la cantidad de 1850 millones de metros cúbicos de agua,  y así fue, pero nunca se pactó la calidad del agua que se  iba a  recibir. De esta  forma, los agricultores de Arizona, después de ser firmado el tratado empezaron a hacer excavaciones cerca del rio y la salinidad la arrojaban al éste, haciendo que el agua dejara de ser un líquido limpio. Es aquí cuando nace la necesidad de argumentar por qué y para qué fue creado el acuerdo  y como es importante, ya que de no hacerlo y al no exponer las razones por las  que se afectaba. La argumentación va totalmente de la mano con la interpretación en el área jurídica ya que, en otras palabras, México hubiera perdido una gran  cantidad de agua potable y limpia que le correspondía de acuerdo al tratado que  fue creado para que el agua beneficiara a ambos países.

Textura Abierta.

Esto es, la inmensa cantidad de lagunas que podemos encontrar en una disposición  que puede encajar en múltiples situaciones dependiendo el enfoque en el que se  mire, por ejemplo la lectura con la que inicia el texto en la cual se puede apreciar   que  se puede  interpretar  de  distintas  formas según  convenga en este caso el gobierno estadounidense cumplió entregando la cantidad de agua que se pactó pero el gobierno mexicano al no especificar qué calidad se deseaba.

Herbert Hart en su libro El concepto de Derecho define la textura abierta en el paraíso de conceptos, el cual habla de que la idea del lenguaje jurídico es que debe ser claro y preciso y que no se debería requerir hacer esfuerzo alguno en interpretarlo. Claro que hay normas que en sí no necesitan interpretación alguna, pero hay otras que son bastante abiertas a interpretación, por ejemplo pensemos que una norma utiliza la palabra “vehículo” que puede parecer muy clara en referirse a un automóvil, pero ¿no podrá ser utilizada también para referirse a aeroplanos, bicicletas, patines, etc.? Aquí la utilidad de distinguir entre textos claros y texturas abiertas.

En este sentido existen tres clases de teorías: la de la interpretación de la ilustración, el escepticismo realista, y el neocognitivismo contemporáneo. La primara nos dice que los ordenamientos contienen un solo sentido y sería equivoco pensar que pudieran surgir interpretaciones de éstas. Esta teoría nace de la idea de que los textos normativos desconocen la vaguedad y no puede haber equivocaciones en esta clase de textos. Sin embargo, hoy en día hay muy pocos que consideren estar a favor de esta  teoría.

La segunda en cambio, considera  que todos los textos normativos pueden dar origen a una confrontación ya que se toma en cuenta la equivocación, la ambigüedad y vaguedad del lenguaje. Por esta razón y como ejemplo, el autor Duncan Kennedy afirma que en sus  años de experiencia, la ley fue indeterminada y fue él quien le dio forma determinada con su libre opinión tanto ética como política.

Y la tercera teoría es más bien un mix de ambas, pues nos dice que existen textos claros que no necesitan interpretarse  pero  también existen los ambiguos y vagos. En consecuencia esta teoría es la  que la mayoría de autores utilizan y es la más adecuada para explicar lo necesaria que es la argumentación jurídica.

Para poder utilizar la última teoría para explicar la razón de por qué es necesaria la argumentación debemos clasificar las normativas jurídica en casos fáciles y difíciles, donde los casos difíciles es el área perfecta para la argumentación debido a que es en esta clasificación donde se encuentran las normas más abstractas.

Los casos difíciles en el derecho pueden surgir por dos situaciones, tanto por una situación relativa a derechos o por una situación relativa a hechos. Los conflictos de derechos toman lugar cuando existen dos normas o incluso más, que se contraponen entre sí creando una contradicción. Y los casos difíciles de hechos se dan cuando existe una indeterminación de hechos o según la relevancia de los hechos,

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