ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO


Enviado por   •  20 de Mayo de 2018  •  Apuntes  •  8.779 Palabras (36 Páginas)  •  138 Visitas

Página 1 de 36

... ..   .         .. ...,  ..[pic 1][pic 2]


•         ..        o    t[pic 3]

.[pic 4]


�                      ......

�        'I                             .;    •[pic 5][pic 6][pic 7]

•         1    t

-,[pic 8]


..,, ..

.         ..[pic 9][pic 10][pic 11]

CONTRATO DE COMPRAVENTA  CON RESERVA DE DOMINIO[pic 12]

En la ciudad de lbarra a los 04 días del mes de Mayo del año 2018, conste por medio del presente documento  un contrato de compraventa  con reserva de dominio, al tenor de las siguientes cláusulas conforme lo establece el Art.  202.2 del Código de Comercio:[pic 13]

CLÁUSULA PRIMERA: INTERVINIENTES.  -

a) LIGNAROLO MARTINEZ PABLO, de nacionalidad colombiana, de profesión empleado privado,  domiciliado en la Av.  Mariano Acosta,  de la ciudad de lbarra,  en su  calidad de GERENTE GENERAL de la  compañía GLOBALMOTORS  GLOBMOT  S.A., a quien (es) en adelante y para los efectos de este contrato se le denominará "LA VENDEDORA".

b) BERNARDO  GABRIEL  LOPEZ  ILLANES, de nacionalidad ecuatoriana,  de profesión empleado   comerciante,   de    nacionalidad   ecuatoriana,   por   sus   propios   derechos, domiciliado (s) en la  elle pasaje rio chimbo, de la ciudad de lbarra a quien (es)  en adelante y para efectos de este contrato se les dominará "EL COMPRADOR".[pic 14]

CLÁUSULA  SEGUNDA:  ANTECEDENTES:  a) La vendedora  es propietaria  del vehículo que tiene las siguientes características:

MARCA:          CHERY AÑO:               2019[pic 15]

MOTOR:         SQRD4G15BAFHM60251

No. CHASIS: LWDB11B3KE000393

MODELO:      TIGG02  LUX AC 1.5 5P 4X2 TM COLOR.          DORADO

CLASE:          JEEP SUBTIPO:      JEEP

b)  El (los)  comprador (es)  ha(n)  manifestado  a la  vendedora  su deseo de adquirir el bien antes descrito.[pic 16]

CLÁUSULA TERCERA: COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO. - Con los antecedentes  expuestos  y  de  acuerdo  a  lo  prescrito  en  el  Art.  202.1   del  Código  de Comercio,  la  vendedora  da en venta  real  el bien  detallado  en  la  cláusula  precedente, reservándose  para sí el dominio del mismo mientras el (los) comprador  (es) no haya (n) cancelado el precio acordado,  el mismo que se acuerda en la cláusula quinta.[pic 17]

Por su parte el (los) comprador (es)  acepta (n)  la  presente compraventa  por así convenir a sus  intereses.  En  consecuencia,  se perfeccionará  esta venta  y el (los)  comprador  (es) pasará (n)  a ser propietario(s) del bien  cuando  haya  (n)  pagado  íntegramente el precio total.[pic 18]

CLÁUSULA  CUARTA:  RECEPCIÓN  Y  UBICACIÓN  DEL  VEHÍCULO.-   El  Comprador declara  haber recibido el vehículo  descrito en la cláusula segunda  materia del presente contrato  a su  entera  satisfacción,  dejando  expresa  constancia  que  tanto  El  Vendedor como  el  Comprador  han  procedido  a  la  revisión  técnico-mecánica   y  verificación  del vehículo que se vende y que el Comprador  acepta el estado y condiciones del bien que adquiere sujetándose a las garantías que el Vendedor  le otorgue, en caso de darse,  por lo que  nada  tendrá  que  reclamar  por conceptos  de vicios  ocultos  o daños  redhibitorios  al[pic 19]


I  .[pic 20]

.             l[pic 21]

Vendedor. Igualmente, el Comprador declara haber recibido toda la información y documentación  necesaria  y  relativa  al  vehículo   objeto  del  presente  contrato,  en forma clara,  completa,   precisa  y veraz,  así  como  la  relacionada  con  el  precio  del  mismo,  su forma    de    pago,    condiciones   del    financiamiento   que    el   Vendedor   le    concede, principalmente en relación  a tasa de interés,  plazo y demás.[pic 22]

El Comprador se obliga en forma  expresa  a mantener habitualmente el vehículo  objeto del presente  contrato   y  mientras  dure  la  vigencia   del  mismo,  en  la  ciudad  de  !barra;  sin embargo,   puede   movilizarlo   libremente   dentro    del   territorio   ecuatoriano,   debiendo notificarse  por escrito  al Vendedor respecto  de cualquier cambio  de domicilio  o residencia a más tardar  durante  los  ocho  días  posteriores  a dicho  cambio  conforme  a lo  dispuesto Art. 202. 7 del Código  de Comercio.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (37.8 Kb)   pdf (3.3 Mb)   docx (605.5 Kb)  
Leer 35 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com