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CONTRATO DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO

Francisco VegaApuntes20 de Mayo de 2018

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CONTRATO DE COMPRAVENTA  CON RESERVA DE DOMINIO[pic 12]

En la ciudad de lbarra a los 04 días del mes de Mayo del año 2018, conste por medio del presente documento  un contrato de compraventa  con reserva de dominio, al tenor de las siguientes cláusulas conforme lo establece el Art.  202.2 del Código de Comercio:[pic 13]

CLÁUSULA PRIMERA: INTERVINIENTES.  -

a) LIGNAROLO MARTINEZ PABLO, de nacionalidad colombiana, de profesión empleado privado,  domiciliado en la Av.  Mariano Acosta,  de la ciudad de lbarra,  en su  calidad de GERENTE GENERAL de la  compañía GLOBALMOTORS  GLOBMOT  S.A., a quien (es) en adelante y para los efectos de este contrato se le denominará "LA VENDEDORA".

b) BERNARDO  GABRIEL  LOPEZ  ILLANES, de nacionalidad ecuatoriana,  de profesión empleado   comerciante,   de    nacionalidad   ecuatoriana,   por   sus   propios   derechos, domiciliado (s) en la  elle pasaje rio chimbo, de la ciudad de lbarra a quien (es)  en adelante y para efectos de este contrato se les dominará "EL COMPRADOR".[pic 14]

CLÁUSULA  SEGUNDA:  ANTECEDENTES:  a) La vendedora  es propietaria  del vehículo que tiene las siguientes características:

MARCA:          CHERY AÑO:               2019[pic 15]

MOTOR:         SQRD4G15BAFHM60251

No. CHASIS: LWDB11B3KE000393

MODELO:      TIGG02  LUX AC 1.5 5P 4X2 TM COLOR.          DORADO

CLASE:          JEEP SUBTIPO:      JEEP

b)  El (los)  comprador (es)  ha(n)  manifestado  a la  vendedora  su deseo de adquirir el bien antes descrito.[pic 16]

CLÁUSULA TERCERA: COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO. - Con los antecedentes  expuestos  y  de  acuerdo  a  lo  prescrito  en  el  Art.  202.1   del  Código  de Comercio,  la  vendedora  da en venta  real  el bien  detallado  en  la  cláusula  precedente, reservándose  para sí el dominio del mismo mientras el (los) comprador  (es) no haya (n) cancelado el precio acordado,  el mismo que se acuerda en la cláusula quinta.[pic 17]

Por su parte el (los) comprador (es)  acepta (n)  la  presente compraventa  por así convenir a sus  intereses.  En  consecuencia,  se perfeccionará  esta venta  y el (los)  comprador  (es) pasará (n)  a ser propietario(s) del bien  cuando  haya  (n)  pagado  íntegramente el precio total.[pic 18]

CLÁUSULA  CUARTA:  RECEPCIÓN  Y  UBICACIÓN  DEL  VEHÍCULO.-   El  Comprador declara  haber recibido el vehículo  descrito en la cláusula segunda  materia del presente contrato  a su  entera  satisfacción,  dejando  expresa  constancia  que  tanto  El  Vendedor como  el  Comprador  han  procedido  a  la  revisión  técnico-mecánica   y  verificación  del vehículo que se vende y que el Comprador  acepta el estado y condiciones del bien que adquiere sujetándose a las garantías que el Vendedor  le otorgue, en caso de darse,  por lo que  nada  tendrá  que  reclamar  por conceptos  de vicios  ocultos  o daños  redhibitorios  al[pic 19]


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Vendedor. Igualmente, el Comprador declara haber recibido toda la información y documentación  necesaria  y  relativa  al  vehículo   objeto  del  presente  contrato,  en forma clara,  completa,   precisa  y veraz,  así  como  la  relacionada  con  el  precio  del  mismo,  su forma    de    pago,    condiciones   del    financiamiento   que    el   Vendedor   le    concede, principalmente en relación  a tasa de interés,  plazo y demás.[pic 22]

El Comprador se obliga en forma  expresa  a mantener habitualmente el vehículo  objeto del presente  contrato   y  mientras  dure  la  vigencia   del  mismo,  en  la  ciudad  de  !barra;  sin embargo,   puede   movilizarlo   libremente   dentro    del   territorio   ecuatoriano,   debiendo notificarse  por escrito  al Vendedor respecto  de cualquier cambio  de domicilio  o residencia a más tardar  durante  los  ocho  días  posteriores  a dicho  cambio  conforme  a lo  dispuesto Art. 202. 7 del Código  de Comercio.

El Comprador igualmente en forma expresa, se obliga a no entregar el vehículo  a terceras personas,  salvo  que  por el uso y destino  mismo  del vehículo  éste  deba  operarse por un chofer,  familiar  o  tercera  persona  bajo   la  responsabilidad  exclusiva   del  Comprador. Cualquier   otra   entrega   que   no   sea   la   anteriormente   mencionada   deberá   contar previamente  con  la  autorización  expresa  y escrita  del Vendedor o de  quien  se  hubiere subrogado  en los derechos de éste.[pic 23]

El  Comprador  declara  que  el  vehículo   que  adquiere   se  destinará  a  actividades   lícitas dentro  de  los  límites  y  con   los  requisitos   y  documentos  exigidos   por  la  legislación ecuatoriana  y la  recomendación  de  los  fabricantes,  propios  y establecidos  para  el  uso conforme  a la  naturaleza del vehículo  en referencia.  El incumplimiento  de esta obligación, así como  el cambio  de destino/uso  del vehículo  declarado  en este instrumento  dará  lugar a que el Vendedor o quien se haya  subrogado  en los derechos de éste,  ejecute cualquiera de las  sanciones  establecidas  en el presente  contrato  o las  establecidas en la  ley  para  el efecto.  El Vendedor declara  bajo juramento  que sobre  el vehículo  objeto  de este contrato no pesa gravamen  alguno.[pic 24]

CLÁUSULA QUINTA:  PRECIO Y FORMA DE PAGO.  Las partes acuerdan  lo siguiente:[pic 25]

Precio  real del bien:

USO.

18.990,00

Cuota de entrada:

USO.

6.300,00

Gastos  Financiados:

USO.

3.110,92

Valor  Financiado:

USO.

18.300,92

Tasa de interés nominal:

USO.

14.90%

Tasa de interés efectiva:

USO.

16.13%

Tasa:

Número  de dividendos:

Fija

72

Fecha primer vencimiento:[pic 26]

Fecha último vencimiento:


04 de Abril  de 2018

04 de Mayo del 2024[pic 27]

Se  deja  expresa  constancia   que  en  la tabla  de  amortización   inmersa  en el  pagaré con vencimientos  sucesivos,  que  forman  parte  integral  de  este  contrato,  se  ha  considerado tanto  la tasa  de  interés,  como  los  costos  administrativos   y financieros que  surgen  con motivo  de  la financiación;  y, el comprador expresamente declara  haber recibido  toda  la información relativa a este sistema  de pago previo  a la toma  de su decisión  y que conoce plenamente  el detalle  de los  costos  relacionados  directamente  al crédito (tasa  de interés) así como  los  gastos  relacionados  indirectamente  al crédito que el Comprador debe  pagar a terceros.[pic 28]

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