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Contratacion Estatal


Enviado por   •  26 de Agosto de 2013  •  1.004 Palabras (5 Páginas)  •  306 Visitas

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PRINCIPIOSRECTORES DEL ESTATUTO GENERAL DE CONTRATACIÓN Y NUEVOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS

El estatuto de Contratación (Ley 80 de 1993 y Ley 1150 de 2007) consagra las reglas básicas de los principios rectores de la contratación estatal como en efecto lo son los artículos 24 a 30 en que se desarrollan los principios de transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva y equilibrio económico y financiero del contrato estatal.

PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA

Bajo el marco de la Ley 80 de 1993, aplicable a la licitación pública y al concurso de méritos, exceptuando 13 causales de contratación directa que configuraban procedimientos administrativos simplificados, agiles en función de lo sujetos, del objeto contractual, del servicio o función pública a la que pretendían contribuir el objeto del contrato,

ARTÍCULO 23. DE LOS PRINCIPIOS EN LAS ACTUACIONES CONTRACTUALES DE LAS ENTIDADES ESTATALES: Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo. “

El principio de responsabilidad:

El principio de responsabilidad es uno de los primeros principios que se enuncian en nuestro ordenamiento jurídico, y como lo dijimos con anterioridad, es uno de los pilares del Estado de Derecho mismo; y que por ende, también es pilar del Estado Social de Derecho,

En este sentido encontramos que el artículo 6 de la Constitución Política de Colombia nos indica que “los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”; y de otra parte el artículo 90 del mismo cuerpo normativo nos indica que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.

El principio de responsabilidad a su vez es consagrado por el artículo 3 de la ley 1437 de 2011 (código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo, que entrará a regir a partir del segundo semestre del año 2012), en donde se indica que en virtud de dicho principio, las autoridades y sus agentes asumirán las consecuencias por sus decisiones, omisiones o extralimitación de funciones, de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos; recalcando lo ya antes dicho por la constitución, en el sentido de que la responsabilidad de los servidores públicos se genera no sólo por su actuar, contra Derecho, sino también por su conducta omisiva o por la extralimitación en sus funciones.

El principio de la prevalencia del interés general sobre el particular:

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