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Criminología De La Prostitución Y De Menores

Pedrosantisteban23 de Diciembre de 2012

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“Criminología de la prostitución y de menores”

Docente : Santisteban Llontop Pedro.

Email:elprofe_100@yahoo.es

999025433

INTRODUCCIÓN

Los actos criminales siempre los llevan a cabo seres humanos. Hombres y mujeres, jóvenes y mayores, con su comisión, se convierten en delincuentes. Por esta razón, se hacen sospechosos de haber quebrantado la ley, son denunciados, perseguidos, castigados, y se intenta resocializarlos. Tal es la consideración del Derecho Penal: delincuente es el sujeto activo de la infracción penal, de cuya persecución, condena y envío a prisión se encargan los sistemas de control formal, escasamente preocupados de ahondar y comprender el porqué del delito, sus causas, efectos, remedios, etc.

La ciencia criminológica investiga al delincuente y no solo se ocupa del objeto, función, extensión y explicación del delito. Una de las labores primordiales de la Criminología haya sido no sólo explorar quién es el delincuente y cómo se le reconoce, sino también cómo se le de tratar y como se le puede reconducir a la sociedad.

La conducta criminal es un componente más de la conducta antisocial causada por la acción humana, entendida ésta como cualquier hecho que viole las reglas sociales o vaya contra los demás, es decir, el comportamiento que produce un delito, entendido este como toda conducta humana externa, culpable, penalmente antijurídica y punible, cuando encaja en las descripciones del tipo legal y tiene señalada, en el Código Penal, una pena grave o menos grave.

Al abordar este tema se estudia las repercusiones en general desde el punto criminológico, el problema de la criminología de la prostitución hallando en si todas las causas, clasificaciones, factores, causas, tratamiento de sus problemas criminológicos y cuáles son las personas en riesgo de desarrollar el pensamiento delincuencial, e impulsa a cometer aquellos actos contrario a la ley; además de evaluar el porqué de la conducta desviada, esto también va analizar todo lo anterior mencionado con la criminología juvenil.

En la historia de la Criminología se han perfilado diversas corrientes que intentan comprender el origen y las razones del crimen desde diferentes puntos de vista. Tres son los principales enfoques: El biológico: que considera que la conducta delictiva es consecuencia de alguna patología o trastorno orgánico; El psicológico: que busca la explicación del comportamiento delictivo en el mundo anímico, en procesos psíquicos anormales o en vivencias subconscientes, o que estima que el comportamiento criminal tiene idénticas características y se rige por las mismas pautas que el comportamiento no criminal y el sociológico: que contempla el hecho delictivo como “fenómeno social”.

Para finalizar es necesario hacer énfasis, sobre sectores en riesgo de desarrollar una conducta delictiva o desviada, analizando la criminología de menores y prostitución a profundidad, para determinar qué es lo que lleva a la comisión del delito.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN 3

ÍNDICE 5

CAP. I: MARCO TEÓRICO 7

1. CRIMINOLOGÍA DE LA PROSTITUCIÓN: 7

1.1. CONCEPTO DE PROSTITUCIÓN: 7

1.2. LA PROSTITUCIÓN COMO PROBLEMA CRIMINOLÓGICO: 9

1.3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS, CONCEPTOS Y CLASES DE PROSTITUCIÓN: 11

1.3.1. VISION HISTORICA: 11

A. La prostitución en el mundo: 11

B. La prostitución en el Perú: 12

1.3.2. NOCIONES DE PROSTITUCIÓN: 14

1.3.3. CLASIFICACIÓN DE PROSTITUTA: 15

A. EN FUNCIÓN A LA REGLAMENTACION DE SU EJERCICIO: 16

B. DE ACUERDO A LA FORMA Y EL COSTO DE ESTA PRESTACIÓN SEXUAL: 16

C. EN FUNCIÓN DEL LUGAR DONDE EJERCEN EL MERETRICIO: 16

D. EN FUNCIÓN DEL SEXO DE QUIEN EJERCE ESTA PRÁCTICA: 16

1.3.4. FACTORES DE LA PROSTITUCIÓN: 16

A. FACTORES SOCIOECONOMICOS DE LA PROSTITUCIÓN: 17

B. FACTORES PSICOLÓGICOS DE LA PROSTITUCIÓN: 18

C. FACTORES BIOLOGICOS DE LA PROSTITUCIÓN: 19

D. OTROS FACTORES O CAUSAS: 20

2. CRIMINOLOGÍA DE MENORES: 26

2.1. CRIMINALIDAD JUVENIL Y DERECHO PENAL DE MENORES: 26

2.1.1. DISTINCIÓN DEL CONCEPTO DE DELINCUENCIA DE OTROS CONCEPTOS PROXIMOS O AFINES: 27

A. DESVIACIÓN: 28

B. ANOMIA: 28

C. LA DELINCUENCIA: 28

D. MARGINACIÓN: 28

2.1.2. TRIBUNALES Y LEYES PARA ADOLESCENTES INFRACTORES. 29

A. EL TRIBUNAL DE MENORES: 29

B. LA LEGISLACIÓN ESPECIAL DE MENORES: 30

2.1.3. TENDENCIAS DOCTRINARIAS DEL DERECHO DE MENORES: 31

A. LA DENOMINADA DOCTRINA DE LA SITUACION IRREGULAR: 31

B. LA DOCTRINA DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA: 32

2.1.4. MENOR DELINCUENTE O INFRACTOR DE LA LEY PENAL: 32

2.1.5. LIMITES DE EDAD DE LOS ADOLESCENTES INFRACTORES: 33

2.1.6. CRITERIOS PARA LA IMPUTABILIDAD E IRRESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES: 34

A. EL DISCERNIMIENTO O CRITERIO PSICOLÓGICO: 34

B. CRITERIO CRONOLOGICO O CUANTITATIVO EN LA PRESUNCIÓN LEGAL DE LA IMPUTABILIDAD: 34

C. EL CRITERIO MIXTO Y LA RESPONSABILIDAD DEL MENOR: 35

2.2. PERSPECTIVA CRIMINOLÓGICA DE LA DELINCUENCIA DE MENORES: 36

2.2.1. FACTORES DE LA CRIMINALIDAD DE MENORES: 37

A. FACTORES GENERALES DE LA CRIMINALIDAD JUVENIL: 37

B. FACTORES PARTICULARES O MICROSOCIALES: 37

C. MENORES EN RIESGO DELICTIVO: 38

2.2.2. TIPOS O MODALIDADES DE CRIMINALIDAD JUVENIL: 39

A. MODALIDAD EN FUNCION DE NUMERO DE PARTICIPES: 39

B. TIPOS DE DELINCUENCIA SEGÚN LAS PARTICULARIDADES DEL INFRACTOR: 39

2.2.3. PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA JUVENIL: 40

CONCLUSIONES 41

BIBLIOGRAFÍA 42

ANEXOS 43

CAP. I: MARCO TEÓRICO

1. CRIMINOLOGÍA DE LA PROSTITUCIÓN:

1.1. CONCEPTO DE PROSTITUCIÓN:

Según el diccionario de la Real academia española de la lengua, prostitución es la acción y efecto de prostituir o prostituirse comercio que hace la mujer de su cuerpo entregándose a los hombres por dinero.

Para esta definición no existe la prostitución masculina lo que supone una clara discriminación contra la mujer. Tanto el hombre como la mujer se prostituyen, pero la sociedad ha acuñado la palabra prostituta y no la de prostituto. Para que haya prostitución. Por otra parte, se necesitan dos personas y, sin embargo, la sociedad no ha creado la palabra “prostituyen te” y ha dejado al varón en la neutralidad de la palabra “cliente”.

Algunas palabras consideran que la prostitución es un trabajo en el que la persona prostituida presta un servicio a otra a cambio de una contraprestación normalmente de tipo económica.

La organización internacional de policía criminal considera que la prostitución es el hecho de satisfacer habitualmente y con retribución los deseos sexuales de una persona. Esta definición pone el acento en la habitualidad, no considerando persona prostituta a la que realiza estos actos de una forma esporádica y no habitual.

A modo de resumen como se ha apuntado anteriormente, podemos concluir afirmando que, aunque el concepto de prostitución es muy discutido su nota esencial es el hecho de entregarse sexualmente a otra persona mediante precio, y se refiere tanto a la prostitución masculina como a la femenina, comprendiendo tanto las relaciones heterosexuales como homosexuales.

Es evidente la cantidad de intereses económicos que se mueven en torno a la prostitución. Son muchas las personas que incrementan los ingresos a costa de estos hombres y mujeres, uno de forma directa como son los “chulos”, los bares de “alterne”, pensiones, agencias inmobiliarias, saunas, casa de masajes, etc. y otros de forma indirecta, como agencias de alquiler de apartamentos, personas que cuidan los hijos de los que ejercen la prostitución, e incluso la propia familia que se lucra de ese negocio y algunos profesionales.

En la actualidad, persisten las siguientes corrientes a cerca de las actitudes a tomar por los estados ante el fenómeno de la prostitución:

 Prohibición absoluta dado que la prostitución es un mal social y constituye una grave infracción moral con la que no es posible transigir. En consecuencia, todo acto de prostitución franco o encubierto debe ser penalizado.

 Libertad absoluta puesto que cada persona es dueña de si misma y como tal le compete exclusivamente regir sus relaciones sexuales. Poco importa que se compre o se venda porque viene a ser una mercancía.

 La prostitución es un mal necesario que debe reglamentar y vigilar el estado. En consecuencia, se permitiría el ejercicio de la prostitución y los prostíbulos que reúnan los requisitos reglamentarios exigidos.

 No cabe intervenir en las relaciones sexuales humanas, siempre que no ofenda a la moral pública, pero no puede admitirse la regulación del ejercicio de la prostitución como norma de orden social y, en consecuencia, procede la supresión de los prostíbulos.

En nuestro país la prostitución en sí misma no constituye delito. El Código Penal castiga

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