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¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT?


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2017  •  Trabajos  •  6.093 Palabras (25 Páginas)  •  238 Visitas

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[pic 1]  Universidad Nacional De Piura    [pic 2]         

                                   Escuela Tecnológica Superior  

                            ‘’ Año de la consolidación del mar de Grau’’

  • Alumno:

  • Prieto Lachira Luis Felipe.
  • Docente: Abg. Guzman Palacios Nohelia Romina.
  • Aula: 03 – Etsunp.
  • Curso: Derecho Tributario.
  • Especialidad: Administración de negocios.
  • Ciclo: V.

INDICE

INTRODUCCIÓN        3

CONCEPTO        4

¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT?        4

CARACTERISTICAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO        6

EL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Y SUS LIMITES CONSTITUCIONALES        6

LIMITACIONES CONSTITUCIONALES ADICIONALES        7

CARACTERISTICAS,  PRESUPUESTOS Y DISCRECIONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO COACTIVO        7

PRESUPUESTOS DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO        8

DISCRECIONALIDAD Y ARBITRARIEDAD        9

EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD        9

ACTO DISCRECIONAL        9

LA DIFERENCIA ENTRE DISCRECIONALIDAD Y ARBITRARIEDAD        10

ETAPAS DEL PRODECIMIENTO COCACTIVO        10

NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE EJECUCION COACTIVA        11

ADOPCION DE MEDIDAS CAUTELARES        11

EJECUCION FORZADA DE LAS MEDIDAS CAUTELARES ADOPTADAS        11

CONCLUSION DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO        12

INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA: DOMICILIO FISCAL Y FORMAS DE NOTIFICACION        12

DOMICILIO FISCAL        13

CONDICION DEL DOMICILIO FISCAL        14

CONDICION DE HALLADO        14

CONDICION DE NO HALLADO        14

CONSECUENCIAS LEGALES DEL NO HABIDO        15

FORMAS DE LEVANTAS LA CONDICION DE NO HABIDO        17

COBRANZA COACTIVA COMO FACULTAD DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA        18

FACULTADES DEL EJECUTOR COACTIVO        20

CONCLUSIONES        22

BIBLIOGRAFIA        23

INTRODUCCIÓN

La investigación titulada ‘’ PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA’’  tiene como concepto lo siguiente:

Es función de la Administración Tributaria recaudar los tributos. A tal efecto, podrá contratar directamente los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero, así como de otras entidades para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados por aquella. Los convenios podrán incluir la autorización para recibir y procesar declaraciones y otras comunicaciones dirigidas a la Administración.

Este trabajo esta hecho con mucho esfuerzo, el tema pertenece al curso DERECHO TRIBUTARIO, lo cual he tenido que acudir a la Biblioteca de la Facultad de Derecho de UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA para recaudar toda esta información, voy un poco bien en el presente curso aun me falta subir las notas y espero que este trabajo final me ayude en algo.

La presente investigación aparte del tema dado también contiene las conclusiones por parte de mi criterio y bibliografía de esta información, espero le guste, GRACIAS.


CONCEPTO

Una aproximación al concepto del procedimiento coactivo lo podemos encontrar a asemejarlo a aquella posibilidad de las entidades públicas de ejercer actos de coerción con la finalidad de hacer efectivos los actos administrativos, emitidos por estas, evitando recurrir al poder judicial.

Para Danós y Zegarra, por el procedimiento coactivo ‘’ Las entidades estatales que forman parte de la administración pública persigue el cobro forzoso de las acreencias pecuniarias y otras obligaciones de derecho público, independientemente de la voluntad del obligado, estando facultadas para detraer del patrimonio jurídico del deudor bienes y derechos hasta la satisfacción de lo adeudado’’.

Por otro lado Bartra señala que ‘’ La ejecución forzosa es una manifestación de la potestad publica que se ejerce sobre el ciudadano obligado, en la proporción y oportunidad del caso amerite, destinada a restablecer la situación jurídica vunerada’’.

Consideramos que el procedimiento coactivo es una facultad prerrogativa del estado frente a los administrados con la finalidad de darle cumplimiento a los actos administrativos emitidos.

Es necesario dejar señalado que en el concepto del procedimiento coactivo el respeto que los funcionarios públicos (Ejecutores y auxiliares coactivos) deben tener los derechos constitucionales en aplicación de dicho procedimiento, lo que no hace más que reconocer la jerarquía normativa de nuestra ley fundamental.

¿ CÓMO AFRONTAR UN PROCEDIMIENTO COACTIVO INICIADO POR LA SUNAT?

Si bien es cierto que ante la ausencia del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte del deudor tributario resulta necesario que la sunat cuente con los medios coercitivos suficientes para asegurar el cobro de las deudas tributarias, también es cierto que para que tales medios puedan ser adoptados deben cumplirse previamente con determinadas condiciones, como por ejemplo el que la deuda sea exigible coactivamente. De igual manera durante el transcurso del procedimiento de cobranza coactiva deben seguirse con determinados lineamientos a fin de garantizar al deudor tributario en un debido procedimiento.

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