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DEMANDA LABORAL ANTE TRIBUNAL CONTENCIOSO


Enviado por   •  19 de Junio de 2017  •  Prácticas o problemas  •  2.470 Palabras (10 Páginas)  •  274 Visitas

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EXP. LAB. NUM. ____________

RAMON ENRIQUE LEYVA ARMENTA

VS.

H. AYUNTAMIENTO DE AGUA

PRIETA, SONORA, Y OTROS

H. TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL ESTADO DE SONORA.

P R E S E N T E.

RAMON ENRIQUE LEYVA ARMENTA , mexicano, mayor de edad, por mi

propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y

notificaciones el Despacho ubicado en Avenida Doctor Hoeffer No. 42-C entre

Melchor Ocampo y Comonfort Colonia Centenario, de la Ciudad de Hermosillo,

Sonora, y el de Calle 13, Avenida 21, Plaza Valle Local 9 de la Ciudad de Agua

Prieta, Sonora, autorizando como apoderados legales de mi parte a los CC. LICS.

JOSE DE JESUS ARELLANO BALDERRAMA, JESUS MURGUIA PLACENCIA,

JESUS ANGEL CHAVARRIA VALENZUELA, FRANCISCO XAVIER TONA

MORRISON , HECTOR MANUEL RENDÓN CAREAGA Y JOSE ALBERTO

LOPEZ MARTINEZ para que me representen conjunta o separadamente, con

todas las facultades inherentes a esta clase de mandatos y aun de aquellas que

requieran cláusula especial, inclusive para recibir valores, así como para interponer

el Juicio de Amparo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 692, 694 y

696 de la Ley Federal del Trabajo, aplicado supletoriamente a la Ley del Servicio

Civil para el Estado, ante Ustedes con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, vengo a interponer formal

demanda del Servicio Civil en contra del H. AYUNTAMIENTO

CONSTITUCIONAL DE AGUA PRIETA, SONORA, Y/O QUIEN RESULTE

RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO , con domicilio en Calle 6 y

7,Avenida 16 y 17, sin número Colonia Centro domicilio ampliamente conocido

Palacio Municipal de Agua Prieta, Sonora, lugar en donde pueden ser legalmente

notificados y emplazados a juicio y a quienes les reclamó el pago y cumplimiento

de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

A).- LA REINSTALACIÓN EN EL TRABAJO , en los

mismos términos y condiciones en que lo venía desempeñando como

COORDINADOR DE OBRAS SOCIALES, en el departamento de Desarrollo Social del

Municipio de Agua Prieta, Sonora, conforme a lo dispuesto por el artículo 48 de la

Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria a la materia.

B).- EL PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS ,

consistente en todos y cada uno de los salarios dejados de percibir a partir del

injustificado despido (15 de Febrero de 2017), hasta aquella fecha en que física,

jurídica y materialmente sea reinstalado en mi trabajo, debiéndose calcular con

base en el último salario devengado, así como con todos los incrementos que se

den a los salarios durante la tramitación del presente juicio y que corresponda para

la categoría desempeñada, así como el pago de la quincena del 15 al 28 de febrero

de 2017 la cual en ningún momento me fue cubierta, por lo que se reclama su

pago.

C).- EL PAGO DE VACACIONES Y PRIMA

VACACIONAL Y AGUINALDOS , en términos de lo dispuesto por los artículos 28

y 29 de la Ley del Servicio Civil para el Estado de Sonora, así como de las

Condiciones Generales de Trabajo celebrado entre el Municipio demandado y el

Sindicato de Trabajadores del Ayuntamiento de Agua Prieta, Sonora consistentes

en el pago tres periodos de 15 días de Vacaciones anuales, así como su prima

vacacional , así como el pago de 60 días de Aguinaldo, por el último año de

servicios prestados, ya que en ningún momento me fueron cubiertas, así como

aquellos que se vayan generando a mi favor durante el transcurso del tiempo que

dure la tramitación del presente juicio, debiéndose calcular a la base de los

diferentes salarios que se vayan otorgando.

H E C H O S:

1 .- Con fecha 12 de Marzo de 2012, ingresé a prestar mis

servicios personales y subordinados para el H. Ayuntamiento de Agua Prieta,

Sonora, desempeñando diversas categorías con salarios distintos, pero siendo la

última la de COORDINADOR DE OBRAS SOCIALES del Municipio de Agua

Prieta, Sonora en el departamento de DESARROLLO SOCIAL del H. Ayuntamiento

de Agua Prieta, Sonora, en donde me vine desempeñando con toda normalidad

hasta el día 28 de Febrero de 2017, puesto que está considerando dentro del

organigrama municipal, siendo mis Jefes Inmediato el C. DOCTOR VICENTE

ESTUDILLO CASTRO, PROF. JUAN TORRES GALLEGOS Y HÉCTOR DAVID

RUVALCABA GASTELUM quienes a la fecha de mi despido injustificado eran es

Director de Planeación y Desarrollo Social ,

...

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