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DERECHO ADMINISTRATIVO I


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  Informes  •  652 Palabras (3 Páginas)  •  244 Visitas

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“DERECHO ADMINISTRATIVO I”

El Derecho Administrativo es la rama del Derecho Público que regula la estructura y organización de los órganos del Ejecutivo y establece la jerarquía la compet4ncia de los mismos para la realización de actos subjetivos creadores de situaciones jurídicas particulares y para la ejecución de actos materiales.

a) Principio de Legalidad de la Administración

La ley es la suprema regulación del orden social y político. El Estado legalmente lleva a cabo sus propósitos por medio de los funcionarios públicos a quienes se encomienda el cumplimiento de los fines políticos contenidos en el orden jurídico vigente. Por ello el funcionamiento tiene una limitada capacidad para actuar, pues se subordina estrictamente a los mandatos legales. El régimen administrativo está sometido a un límite que es el que determina la ley. Este principio ha sido reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación que en su tesis jurisprudencial número 166 ha resuelto: “las autoridades sólo puede hacer lo que la ley les permite”. Es en estos principios en los que descansa el Estado de derecho. “El postulado de la legalidad conlleva la sujeción de actuar administrativo a un conjunto de disposiciones previas, que nacen a la luz a través del sistema de fuentes del Derecho Administrativo”

Cuando la actuación del funcionario implica la violación de un interés particular, el articulo 14, párrafo segundo de la Constitución prevé: “Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad, o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en los que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad l hecho”. Con una consideración especial del artículo 16 constitucional.

Este principio, la ley comprende dos aspectos:

a)Es una disposición que emana del Poder Legislativo Federal, que es el órgano que la Constitución señala, como elaborador del orden jurídico federal. Éste es el criterio de la formalidad de la ley, pues señala al órgano que lo crea. (Cuando aludimos a que la Administración pública debe obrar conforme a Derecho, hacemos referencia a la sumisión al orden jurídico. Con esto se quiere indicar, además que ella está obligada a asegurar el interés público).

b)La ley es una norma abstracta, general imperativa, creadora de situaciones jurídicas generales, de mandatos obligatorios, y en ningún caso de situaciones jurídicas concretas. “Materialmente la ley dice Gascón y Marín, toda disposición por la que el Estado crea el Derecho, siendo en tal aspecto considerados como leyes los reglamentos generales y formalmente son leyes las normas de derecho emanadas de los órganos del Estado a quienes constitucionalmente incumbe la

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