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DERECHO ADMINISTRATIVO I ACTIVIDAD OBLIGATORIA


Enviado por   •  25 de Octubre de 2015  •  Tareas  •  7.149 Palabras (29 Páginas)  •  180 Visitas

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UNIVERSIDAD  ALAS  PERUANAS

DIRECCION UNIVERSITARIA DE EDUCACION A DISTANCIA

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

SEDE JULIACA

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ASIGNATURA:

DERECHO  ADMINISTRATIVO  I

ACTIVIDAD OBLIGATORIA

PRESENTADO POR:

MAMANI COYLA JOSE LUIS

CODIGO : 2005183996

CICLO : V

DOCENTE : ELIZABETH V. CUBA MORENO

TUTOR        :        Orlando Espinoza S.

Juliaca, mayo de 2007

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DERECHO ADMINISTRATIVO I

ACTIVIDAD OBLIGATORIA

  1. DETERMINE LA IMPORTANCIA DEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL BIEN COMÚN EN LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA.

        El Principio Constitucional de Bien Común, es un fin del Estado, compromete a una colectividad por encima del interés de un sector de ella.  Se debe facilitar a cada uno lo que necesita para llevar una vida aceptable (alimento, salud, educación, etc.).

        El Bien Común es el conjunto de condiciones materiales, sociales, económicas, ambientales y de cualquier otra índole, que propician el desarrollo pleno y armónico de los individuos. Es universal y dinámico, incluyente y concreto.

        El bien común no es la suma de los bienes particulares, ni el beneficio de quienes ganaron una elección, ni siquiera de la mayoría: “el bien común es el bien de todos, sin exclusión alguna”.

        La política no va por el lado de tratar de conocer cuales son los intereses particulares de cada uno de los grupos humanos que conforman la sociedad, sino en administrar los recursos de todo tipo con que cuenta el país, para lograr el que debe ser el único objetivo general, que somete a todos los intereses particulares: el bien común; y aquí se debe precisar que el bien común no es precisamente un bien público, ni mucho menos.

        El bien común, es el conjunto de condiciones  que permiten que todos y cada uno de los miembros de una sociedad, tengan la misma oportunidad de desarrollar sus capacidades, de hacerse y sentirse útiles, de ser integrados a la sociedad. Queda claro que el bien común es el opuesto a la exclusión. El bien común manifiesta una clara preocupación por todas las personas y por toda la persona, es decir, se preocupa por el grupo, por el colectivo sin descuidar la individualidad y la integridad de cada uno de sus miembros. En este sentido el político (el que hace política), debe entender que las necesidades físicas y materiales son importantes, pero no deben ser su única preocupación pues también es urgente el compromiso con el desarrollo de las capacidades psicológicas y espirituales de todas las personas.

        Es penoso ver que existen hermanos peruanos, que por el hecho de nacer en zonas rurales o urbano marginales, sus probabilidades de que puedan desarrollar sus capacidades humanas, se reducen dramáticamente. Es cierto que nuestro país es un país de difícil geografía, pero el conocimiento de que en los lugares más recónditos existen centros poblados, debe motivar a hacer el mayor esfuerzo para acercarse a ellos, para darles la posibilidad de comunicación con inversión en carreteras y vías de penetración, para poder llevarles salud, educación, cultura, para poder llevarles amor.

        De tal forma que el Perú se ponga en el camino de la real integración, una integración con preocupación humana, una integración que permita dejar a nuestros hijos, como herencia, una sociedad más justa, más solidaria y reconciliada, una sociedad donde de gusto vivir.

  1. IDENTIFIQUE Y DESARROLLE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO.

        La Estructura del Estado Peruano contenida en nuestra Constitución Política comprende la conocida organización de separación de poderes que rige los gobiernos democráticos.

        Tiene diversos niveles:

a)        En el nivel nacional, están el Gobierno Nacional y los poderes del estado que son tres, El Legislativo, El Ejecutivo y El Judicial. Pero adicionalmente, están los órganos constitucionales autónomos.

b)        El segundo nivel, esta compuesto por las regiones, que son órganos de gobierno que deberán ejercer sus funciones en cada territorio asignado.

c)        En tercer nivel, están las municipalidades, que son, a su vez, órganos de gobierno local y que existen en cada una de las provincias y distritos del país.

        Encontramos esta estructura básicamente diseñada de la siguiente forma:

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        A través del referéndum celebrado el 31 de octubre de 1993, el pueblo peruano ratificó la aprobación de la Constitución Política, que había elaborado el Congreso Constituyente Democrático. La nueva Constitución sustituyó a la de 1979, y fue concebida con el propósito de modernizar el Estado.

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