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Derecho Administrativo I

krolynabb7 de Junio de 2012

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Derecho administrativo i

Concepto de derecho

Miguel villoro toranzo

“el derecho es un sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica”.

Unidad i conceptos generales de derecho administrativo

1.2.1 Concepto de derecho administrativo

“el derecho administrativo es la rama de la ciencia del derecho que estudia los principios y las normas que regulan la organización y la actividad de la administración pública, los medios para realizarla y las relaciones que genera”.

De acuerdo con nuestra definición, el derecho administrativo tiene los siguientes contenidos y objetos de estudio:

A) estructura y organización de la administración pública

a) Centralizada

b) Paraestatal

c) Desconcentrada

B) actividad de la administración pública:

Qué hace, cómo se manifiesta, qué procedimiento existe, cómo actúa: actos administrativos, sanciones, etc.

C) medios con que cuenta para realizar esa actividad:

Estructura, recursos financieros, materiales, humanos, tecnológicos, entre otros.

D) relaciones que genera la actividad de la administración pública.

Estas relaciones son:

a) Entre órganos

b) Entre sujetos

c) Entre los órganos y sujetos de la administración pública con los gobernados

1.2.1.1 criterios teóricos que explican el concepto de derecho administrativo

1. Teoría del derecho administrativo

Esta teoría señala que el derecho administrativo es un conjunto de normas.

Este concepto no es exacto, en tanto que el derecho administrativo no sólo es un conjunto de normas, sino que también es una ciencia que estudia los fenómenos, reglas y principios de este conjunto de normas.

2. Teoría de los servicios

Esta teoría señala que se circunscribe al derecho administrativo en cuanto a la forma de regulación de los servicios públicos.

Es limitado lo que plantea la teoría, pues el derecho administrativo también regula o estudia aquello que es actividad y organización y no solamente se entiende que la administración pública es prestadora de servicios.

3. Teoría formalista

Se refiere al estudio de la organización, funcionamiento y procedimientos de la administración pública.

Esta teoría es más amplia, sin embargo la administración pública no sólo es organización, funcionamiento y/o procedimientos, sino también son sujetos, es decir, individuos.

La administración pública tiene dos aspectos: el subjetivo (individuos) y el objetivo (organización, funcionamiento y/o procedimientos).

4. Teoría objetivista

Esta teoría estudia cómo se manifiesta, presenta o funciona la administración pública.

El conjunto de las teorias compone el concepto de administración pública:

“el derecho administrativo es la rama de la ciencia del derecho que estudia los principios y las normas que regulan la organización y la actividad de la administración pública, los medios para realizarla y las relaciones que genera”.

1.2.2.1 las ramas especializadas del derecho administrativo

Autonomía del derecho administrativo

Antes de conocer las ramas especializadas del derecho administrativo es importante saber cuándo una rama del derecho es autónoma.

Ahora bien, para que podamos decir que una rama del derecho es autónoma, se requiere de cuatro elementos:

A) autonomía de orden científico o dogmático

Es decir, que esas ramas del derecho tengan institutos y principios propios (dependencias y procedimiento administrativo)

B) autonomía didáctica

Es decir, que las normas constituyan un campo distinto, un campo de enseñanza específica.

C) autonomía de tribunales

Algunos tratadistas señalan como elemento, que deben tener sus propios tribunales (tribunal federal de justicia fiscal y administrativa)

D) autonomía de leyes (leyes propias)

La codificación es una técnica para agrupar un conjunto de disposiciones sobre una materia en particular.

La codificación en derecho administrativo se hace de tal suerte imposible, porque el derecho administrativo se distingue de otras ramas del derecho, por los campos tan diversos, tan distintos y complejos que lo forman, con una característica importante consistente en que son ámbitos de aplicación específica.

Estas normas tan distintas han llegado a crear ramas autónomas que derivaron del derecho administrativo, como son:

1. Derecho fiscal

2. Derecho migratorio

3. Derecho de propiedad intelectual (autor)

4. Derecho de propiedad industrial (patentes y marcas)

5. Derecho de las telecomunicaciones, entre otras.

En este sentido, debemos entender que un mundo de ramas, una diversidad inmensa de ramas del derecho, integran las normas que estudia el derecho administrativo.

1.2.2.2 relaciones del derecho administrativo con otras ramas del derecho

A) derecho administrativo con derecho constitucional

El dcho. Administrativo tiene su relación más estrecha con el dcho. Constitucional.

El derecho constitucional estudia la composición del estado, forma de gobierno, estructura y garantías individuales; el dcho. Administrativo desarrolla y pone en marcha las disposiciones constitucionales en lo que atañe al quehacer del poder ejecutivo y su instrumento es la administración pública.

La ley orgánica de la administración pública federal, reglamenta el artículo 90 de la constitución política de los estados unidos mexicanos.

Artículo 90 constitucional.- “la administración pública federal será centralizada y paraestatal conforme a la ley orgánica que expida el congreso....”

B) derecho administrativo con derecho penal

El derecho penal estudia los delitos, sanciones y medidas de seguridad.

El derecho administrativo tiene que ir a los principios del derecho penal para aplicar los delitos especiales y las sanciones a servidores públicos.

En materia de ejecución de sanciones, es el poder ejecutivo a través de sus dependencias correspondientes el facultado para ejecutar las penas de prisión en materia de adultos y de justicia para adolescentes.

C) derecho administrativo con derecho fiscal

El derecho administrativo estudia la administración pública centralizada y paraestatal y su relación con los gobernados. Existe una relación con el dcho. Fiscal al recaudar las contribuciones. El dcho. Administrativo norma los entes públicos que participan en la recaudación.

D) derecho procesal

Los principios del proceso en materia administrativa nacen del derecho procesal.

Se habla de proceso en materia judicial y de procedimiento en materia administrativa.

1.2.2.3 relaciones del derecho administrativo con las ciencias técnicas no jurídicas

La administración pública en cuanto a ciencia del derecho y en cuanto a ciencia política tiene distintos ámbitos de estudio.

La ciencia política estudia de la administración pública los fenómenos económicos, sociológicos y políticos que le atañen como tal.

La ciencia del derecho estudia los aspectos jurídicos respecto de la administración pública.

1.2.3 fuentes del derecho administrativo

Existen en el derecho las fuentes formales, reales e históricas.

1.2.3.1 Concepto de fuente de derecho

Cuando hablamos de la fuente del derecho nos referimos a los orígenes del derecho.

Villoro toranzo dice que “aplicada al derecho, la palabra “fuentes” se usa en sentido metafórico: suguiere que hay que investigar los orígenes mismos de donde nace el derecho, así como hay que remontar la corriente de un río hasta llegar a las fuentes de donde brotan sus aguas”.

1.2.3.2 fuentes históricas, reales y formales

A) fuentes históricas

Son todos aquellos documentos históricos que hablan o se refieren al derecho (papiros, pergaminos, inscripciones en monumentos e incluso más recientemente, el diario oficial de la federación o los periódicos o gacetas oficiales de los estados).

B) fuentes reales o materiales

La fuente material o real se reduce en dos:

1. Ideales de justicia. Estos son conocidos por la razón.

2. Circunstancias históricas. Éstas se vinculan a la experiencia.

C) fuentes formales

Bonnecase dice que las fuentes formales del derecho son “las formas obligadas y predeterminadas que ineludiblemente deben revestir los preceptos de conducta exterior, para imponerse socialmente, en virtud de potencia coercitiva del derecho”.

Las fuentes formales son:

1. Costumbre (inveterata consuetudo, opinion juris seus necesitatis)

2. Legislación (indasppi)

3. Jurisprudencia

4. Voluntad unilateral

5. Doctrina

6. Principios generales del derecho

1.2.3.3 fuentes del derecho administrativo

En el derecho administrativo es muy importante el principio de legalidad, en cuanto a que, la autoridad sólo puede hacer lo que la norma le diga, luego entonces, es la ley la fuente formal de

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