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ELEMENTOS ESENCIALES A LA EXISTENCIA DEL CONTRATO


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.442 Palabras (6 Páginas)  •  735 Visitas

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ELEMENTOS ESENCIALES A LA EXISTENCIA DEL CONTRATO

Son aquellos sin cuya concurrencia el contrato no puede concebirse ni existir. Son indispensables a la propia figura del contrato, de modo que la falta de alguno de ellos impide la formación del contrato, es decir, lo hace inexistente.

Se encuentran establecidos en el artículo 1.141 de nuestro código civil venezolano de la siguiente forma: “las condiciones requeridas para la existencia del contrato son: 1° consentimiento de las partes; 2°objeto que pueda ser materia de contrato; y 3° causa licita.

Ahora bien, en este tema trataremos sobre “LA CAUSA”, debido a ser uno de los elementos esenciales a la existencia de todo contrato, aunque exista la necesidad del consentimiento de ambas partes contratantes, de un objeto también  necesitamos de una causa, para que pueda perfeccionarse cualquier contrato, indistintamente de la naturaleza del mismo.

LA CAUSA

La causa es un elemento psicológico volitivo, es decir, la voluntad de las partes contratantes, esta viene a ser la razón o el fin jurídico que persiguen y motiva a las partes a prestar su consentimiento (libre, consiente y deliberado sin ningún tipo de vicio) para contratar en un momento determinado. La causa es la razón que tiene una persona en particular en un momento determinado para firmar un documento de compraventa de un bien inmueble, para arrendamiento de una casa de habitación o establecimiento de comercio, para realizar un intercambio de artículos, etc. Un ejemplo más claro es al momento de una compraventa de una casa, Para QUIEN COMPRA: la causa sería “querer comprar la casa, adquirir la propiedad” Y para QUIEN LA VENDE: la causa sería, “querer vender la casa y recibir su pago”. Otro ejemplo, al tratarse de un arrendamiento, la causa de la obligación del arrendatario, es recibir el inmueble para habitarlo; y la causa de la obligación del arrendador, es recibir el canon.

Si bien necesitamos que exista un consentimiento, si bien necesitamos que exista un objeto dentro del contrato, igualmente debemos observar que exista una causa lícita, una razón o el fin perseguido por cada una de las partes para concretar un negocio jurídico específico.


FUNDAMENTO LEGAL


El fundamento legal de la causa se encuentra establecido desde el punto de vista de sus efectos (, en el artículo 1.157 del Código Civil Venezolano, “La obligación sin causa, o fundada en una causa falsa o ilícita, no tiene ningún efecto. La causa es ilícita cuando es contraria a la Ley, a las buenas costumbres o al orden público. Quien haya pagado una obligación contraria a las buenas costumbres, no puede ejercer la acción en repetición sino cuando de su parte no haya habido violación de aquéllas”.

OBLIGACION SIN CAUSA

Esto quiere decir, que no existe la CAUSA en la obligación, es decir, que el ELEMENTO EXISTENCIAL denominado CAUSA no se encuentra presente dentro de la figura contractual, por lo tanto se considera que se encuentra ausente.

En el código civil de Venezuela se encuentra establecido en el artículo 1.157. 1er. Párrafo “La obligación sin causa, o fundada en una causa falsa o ilícita, no tiene ningún efecto... (Regla general).

La causa es ilícita cuando es contraria a la Ley, a las buenas costumbres o al orden público.

Quien haya pagado una obligación contraria a las buenas costumbres, no puede ejercer la acción en repetición sino cuando de su parte no haya habido violación de aquéllas”.

Cuando hay ausencia de la causa, necesariamente se produce un efecto jurídico, y el efecto jurídico es que se vicia el contrato del cual se trate indistintamente de su naturaleza con un vicio de nulidad, porque no produce efecto la ausencia de la causa. La causa al ser un elemento esencial a la existencia de un contrato, necesariamente tiene que estar presente en la figura contractual, pero puede darse el caso en el cual la causa como elemento existencial jamás esté presente dentro del contrato. Cuando se presenta este supuesto, al momento de perfeccionar el contrato se produce como efecto jurídico la nulidad absoluta del mismo, porque el elemento causa está ausente dentro de la figura contractual, es decir; nunca ha existido.

EJEMPLO: El contrato de sociedad con objeto de (“venta de drogas O Sicariato”), es NULO y no tiene ningún efecto por tener causa ilícita. 

LA CAUSA FALSA

 Es el motivo o fin jurídico perseguido de las partes o una de las partes, de manera conjunta, en la cual creen y en realidad no existe. A la causa falsa también se le llama causa putativa porque la persona del sujeto de derecho piensa que la causa está presente y realmente la causa del contrato no existe.

Ejemplos de causa falsa dentro del campo jurídico

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