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El Acompañante Terapeutico


Enviado por   •  28 de Junio de 2013  •  974 Palabras (4 Páginas)  •  492 Visitas

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EDUCACIÓN ESPECIAL - Laura S. Guic 275

La integración escolar y la figura del “acompañante terapéutico”.

Desde los inicios de la integración formal o normada de la década de los ’90 se plantea la cuestión de los “modos de integrar” a los alumnos con necesidades educativas derivadas de alguna discapacidad, transitoria o permanente. Surge la atención a las particularidades de cada niño y la intervención de las instituciones educativas de la modalidad especial.

En proyectos de integración, los docentes de “especial” han dedicado su capacidad y esfuerzo, aunque la demanda tornara insuficiente el acompañamiento propuesto. Se insiste en que las escasas horas que pudieron brindar (no debería utilizar aquí tiempos verbales en pasado) a cada proyecto por la sobredemanda de las innumerables integraciones que comenzaron a visualizarse, incidió directamente en la “imposibilidad de dar respuesta”. Recordemos que la función del docente especial, en términos generales, es desarrollar e implementar los proyectos pedagógicos individuales para favorecer la inserción y los aprendizajes de los alumnos con necesidades educativas.

Esto se introduce para describir sucintamente la incorporación de un nuevo actor que desde el área de salud despliega estrategias profesionales para asistir a los niños, ya no en consultorio o el espacio terapéutico, sino en la escuela.

Cuando las dificultades son motoras, para citar un ejemplo, la inscripción de un actor que aporte al traslado y atención de los alumnos, no se discute; ahora bien, cuando la problemática gira en torno a cuestiones referidas a alumnos que, a veces sin diagnóstico, no pueden comunicarse con los demás, no pueden permanecer sentados, en el aula un tiempo determinado “prestando atención”, allí y en tantos otros casos la necesidad del acompañante no es tan clara.

Como en toda práctica social, primero se establecen algunas acciones o hechos y luego se regulan, se norman. Acá no existen dudas al respecto que “qué fue primero”….

Es así que la incorporación del “acompañante terapéutico” fue introducida por la Dirección

General de Cultura y Educación, de la provincia de Buenos Aires, en el marco de la legislación vigente instaurado “modos de hacer”, a través de aquellos recursos, que permitieran el pleno ejercicio de los derechos a la educación; insertando en la normativa una práctica como hemos dicho, preexistente.

Desde esta perspectiva se abren la posibilidad de una “atención trandisciplinaria” y

“educativa” para lograr la inclusión en los distintos niveles educativos del sistema, de los niños y jóvenes, sin obviar el apoyo y asesoramiento de la modalidad de Especial. El acompañante ahora es tipificado como, PPND (profesional personal no docente), nombre preocupante, a causa de la definición por vía negativa. Lejos de alarmarme por la acción del nuevo actor, que conozco por propia experiencia en campo, me preocupan los “significantes negativos” que se construyen.

Recuperando el análisis de los fines de la incorporación de estos profesionales y el propósito de su lugar en “campo educativo” se han dispuesto medidas que parten de una política educativa inclusiva, que intenta garantizar en líneas generales:

• la detección y atención temprana de los niños, no por la prosecución

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