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El concepto de la lógica jurídica


Enviado por   •  26 de Abril de 2013  •  Tutoriales  •  1.639 Palabras (7 Páginas)  •  428 Visitas

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Unidad IV El Modelo Capitalista.

El Estado sus Políticas Públicas y Medios de Comunicación su papel como factor determinante de la exclusión. Pág. 53

Conclusión. Pág. 53

Bibliografía. pag54

Glosario.54/62

LÓGICA JURÍDICA.

Cuando escuchamos la expresión de lógica jurídica, esta nos genera algunas impresiones. La primera de ellas es concebir a la lógica como una “ciencia auxiliar” del Derecho, una especie de “método de investigación” aplicable al Derecho, o bien, conceptualizamos esta lógica del Derecho, como una “área del conocimiento jurídico”.

La lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se encuentran en la lógica formal, encaminadas a una disciplina como lo es en este caso al Derecho.

La lógica jurídica es un método de investigación para entender al Derecho, obtiene su principal fuente del conocimiento en la razón y no de la experiencia; el empleo de un lenguaje simbólico del Derecho, permite también formar un paradigma en el conocimiento jurídico, que infiere en resultados perfectos, es decir, razonamientos tan exactos, como los que nos puede dar las matemáticas.

Es el Estudio sistemático de las estructuras de las normas, los conceptos y los raciocinios jurídicos. Sistematiza y determina la estructura de las normas.

La lógica jurídica es el instrumento de la ciencia jurídica, es el método jurídico. Perfecciona el criterio de verdad sin el cual no puede alcanzarse la justicia.

Se entiende también por Lógica jurídica, la lógica especial aplicada que, como sub- clase de la lógica Deóntica, es una disciplina autónoma.

Esta disciplina es denominada también por algunos autores con otros nombres como: “Lógica deóntica”, “Lógica del Discurso Normativo”, “Lógica de las normas”.

La lógica jurídica se ocuparía, en primer lugar de los raciocinios jurídicos lógicos, en donde ¨raciocinio jurídico¨ se define pragmáticamente:

los raciocinios realizados por los juristas. Tales raciocinios pueden ser normativos o no- normativos en razón de que “la vida jurídica exige... recurrir a raciocinios, tanto para comprobar hechos como para inferir normas”.

EL RAZONAMIENTO JURIDICO COMO RAZONAMIENTO DIALECTICO

La argumentación es vista aquí como un proceso cuyo desarrollo está regido por determinadas reglas de comportamiento lingüistico (de los sujetos) , el razonamiento avanza según las concesiones mutuas que van haciéndose los participantes.

Por ejemplo podemos usar este razonamiento en los casos de la analogía supongamos lo siguiente:

Existe una norma que establece la inviolabilidad del domicilio privado. ¿podría señalarse lo mismo respecto al domicilio social de una empresa? , a través de un razonamiento no deductivo (analógico en este caso) podría establecerse la semejanza entre ambas y por ello derivar las consecuencias jurídicas de la norma inicial para este segundo caso no normado.

La Justificación Interna y la Justificación Externa

a) En los casos jurídicos simples puede considerarse que la labor argumentativa del juez se reduce a efectuar una inferencia del tipo deductivo

b) En los casos jurídicos llamados difíciles, la tarea de establecer la premisa fáctica y/o la premisa normativa exige nuevas argumentaciones que puedan ser o no deductivas

SILOGISMO JURIDICO

El silogismo es definido como aquel procedimiento realizado con el fin de “determinar la verdad o la falsedad de los juicios, estos deberán expresarse mediante afirmaciones y negaciones, que son la consecuencia y el resultado de los vínculos lógicos establecidos entre ellas.” , por lo que debe representarse en un razonamiento perfecto, compuesto por dos premisas y una conclusión. Pero en realidad ¿cuál es la verdadera función del silogismo y la lógica en nuestra profesión como abogados?

Es usual para los abogados contestar preguntas referidas a su profesión, estas preguntas buscan respuestas contextualizadas dentro de un marco legal y jurisprudencial, que se desarrollan con el fin de interpretar y establecer los alcances de la norma y la ley. Para ello, se debe hacer un análisis a través de conocimientos y argumentos, estos últimos pueden conformar una cadena que tienen como fin sustentar sólidamente nuestro punto de vista y perspectiva de la interpretación de la ley; es decir, presentar de manera objetiva la aplicación de las normas jurídicas vigentes (aplicables a todos por igual, de textura abierta y susceptibles de ser ambiguas o vagas).

Este proceso de razonamiento, denominado razonamiento jurídico, implica considerar la aplicación de reglas de la lógica que permitan garantizar la coherencia lógica interna del conjunto de argumentos que relacionados entre sí, que permiten arribar a una conclusión; estamos así frente al concepto de inferencia.

Sin embargo, “hay que recabar en la noción de que el silogismo jurídico no es exclusivamente el instrumento conceptual con el cual se vertebran las decisiones culminantes de un proceso” , este también se utiliza los fiscales y otros investigadores para perfeccionar sus indicios,

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