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El concepto de rehabilitación del delincuente


Enviado por   •  11 de Enero de 2015  •  Trabajos  •  1.392 Palabras (6 Páginas)  •  155 Visitas

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Introducción.

El dieciocho de junio de 2008, se público en el Diario Oficial de la Federación, “la reforma penal integral”, dentro de la que se contemplo el cambio de paradigma de “readaptación social” por el de “reinserción social”. Lo motivos que alude el Constituyente, es que considera que <<una institución (la prisión) cuya característica principal es la exclusión no puede incluir o readaptar a nadie a la sociedad>>. Por lo que de acuerdo con el artículo quinto transitorio del decreto, el nuevo modelo, entró en vigor el 19 de junio de 2011. Lo que debió de haber conducido a un cambio sustancial del paradigma en la rehabilitación de los penados en México, hecho que en la práctica parece no haber sucedido, aún con la entrada en vigor de la Ley Federal del Sistema Penitenciario y Ejecución de Sanciones Penales.

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Método.

30 DE JULIO DE 2011

REVISTA CIENTÍFICA ELECTRÓNICA DE PSICOLOGÍA

ICSa-UAEH

No.11 ISSN 1870-5812

El estudio del cambio de paradigma en la rehabilitación de los sentenciados en

México, se abordara desde el ángulo del positivismo, en el entendido, de que la producción de las normas, no obedece sólo a los requisitos formales, sino también a los principios (sustancia) constitucionales. Para ello, se hará uso del Método

Teórico: el que permite determinar conceptos y realizar interpretaciones; Método de Análisis Histórico: a través del cual se analizaron los antecedentes y estado actual de la materia tratada; la Dogmática Jurídica: entendido como el conjunto sistemático de principios relativos a la pena y de la Sociología: que obliga a estudiar las causas que provocaron la producción de las normas e intentando explicar los hechos en términos de leyes de la naturaleza y cultural.

1. Antecedentes históricos.

La teoría funcionalista del Derecho Penal, nos dice que la “Misión de la pena es el mantenimiento de la norma como modelo de orientación para los contactos sociales. Contenido de la pena es una replica, que tiene lugar a costa del infractor, frente al cuestionamiento de la norma (Gùnther, 1997, 14). Esta es la función manifiesta del castigo judicial, la prevención general positiva (Montero Cruz, 2010,

18).

A lo anterior, habrá que agregarle que a la pena se le atribuyen funciones colaterales, la de la prevención especial, ejemplos asociados, que aunque no forman parte de la misión verdadera de la pena (misión manifiesta), son indispensables para el desarrollo jurídico-penal, de acuerdo con la teoría Jakobsiana.

La prevención especial, “es la misión de la pena de desalentar al autor con respecto a los hechos futuros (Gûnther, 1997, 29)”, vinculando de esta forma, lo útil con lo necesario.

Groso modo, se ha explicado las funciones de la pena desde óptica germánica,

con base en la teoría mixta o de la unión de la pena.

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Procede en segundo término, ver de que modo se ha visto reflejada esta teoría en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante CPM), en sus diversas etapas históricas:

a) Antes de la CPM de 1917, la política criminal, consistía en la eliminación del individuo peligroso, aplicación de la pena de muerte.

b) Posterior a la creación de la CPM de 1917, se plasma en el párrafo segundo del artículo 18, la frase: “sobre la base del trabajo como medio de regeneración”. Con esto se abandona la idea de la eliminación del sujeto peligroso y se buscaba con esta medida, la recuperación del mismo.

c) En 1965, el numeral 18 de la CPM, sufre su primera reforma, en la que se establece además del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios para la “readaptación social” de los individuos.

Se abandona el término “regeneración y en su lugar el de “readaptación”.

d) Es hasta el año de 2008, que ante la ineficacia del paradigma de “reinserción social”, que se opta por un nuevo método de rehabilitación de los desviados, la “reinserción social”, sustituyendo al primero.

1. Los paradigmas: regeneración, readaptación y reinserción social.

El concepto de la rehabilitación del delincuente, se encuentra condicionado históricamente, producto de situaciones económicas, sociales, políticas y culturales, veamos:

A principios del siglo XX, los pensadores, atribuían al ser humano contar por naturaleza con un fuero interno que lo empujaba a hacer el bien y cuando se conducía de forma diferente, es decir, infringiendo las normas de derecho, era considerado un ser inmoral, carente de racionalidad, por lo que para transformarlo en un ser virtuoso o dicho en otros términos, “regenerarlo”,

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