Formas de rehabilitación del delincuente en la Аrgentina
itzel.viridianaTesina29 de Noviembre de 2011
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CONCEPTO DE DERECHO PENITENCIARIO
Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia privativa de la libertad.
La penología, se dice que el penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su privación de libertad.
LA CIENCIA PENITENCIARIA
Para el autor Luis Garrido Guzmán considera que la ciencia penitenciaria es una parte de la penología que se ocupa del estudio de las penas privativas de la libertad de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y socialmente a los condenados, y le atribute a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas como son las restrictivas de libertad o de derecho, pecuniarias, capital o así como las de asistencia pos carcelaria, en la actualidad se habla de la ciencia penitenciaria como un conjunto de normas que auxilian la readaptación del delincuente allegándose de otras ciencias como: es la medicina, la psicología la educación física etc
LA PRISIÓN PREVENTIVA
Es una medida precautoria de índole personal que crea al individuo en el cual recae un estado permanente de su privación de libertad, soportada en un establecimiento público que para tal efecto su destino, y dicha medida sea decretada por un juez competente, y esta se dictará si existe sospecha de que la persona en prisión preventiva haya cometido un delito o participado en este, y se le asegure con el único objeto de que no se sustraiga a la acción de la justicia y garantizar la ejecución de la pena.
CON EL DERECHO PENAL.
No se puede negar, que ambas disciplinas se encuentran interrelacionadas, cada una en su campo, sin interposición, para lograr el objetivo común, que es la defensa social.
La tendencia mas aceptada hoy considera que la criminología esta integrada por la Antropología Criminal y la Sociología Criminal, con las que se constituyen dos grandes capítulos de esta ciencia, aunque a una y a otra se les de distinto tratamiento. Es así que la antropología criminal se refiere al estudio del delincuente en su individualidad, apoyándose tanto en los factores internos como en los externos, en especial el medio circundante, a diferencia de la sociología criminal, la cual se refiere al estudio de la delincuencia como fenómeno social.Al hacer esta diferenciación, no quiere decir que ambas disciplinas no se complementen, ya que una y otra tienen por objeto de estudio al delincuente y a la delincuencia, pero cada una desde su propio enfoque.
Pero la brecha mas amplia en la diferencia entre la criminología y el derecho penal, se encuentra en el objeto, ya que para algunos penalistas la criminología no seria una ciencia autónoma por carecer de objeto y método propio, estos opinan,"que el derecho penal tiende al restablecimiento del orden publico alterado por el delito, mediante la imposición de la pena, la cual debe ser proporcionada con el delito" y la criminología nada tiene que ver con la imposición de la pena, sino determinar las causas del delito, para llegar a soluciones sociales en beneficio de la sociedad, ya que pone mayor énfasis en el delincuente que en el delito.
Hecha esta diferenciación y aceptando que la criminología es una ciencia autónoma la que se podría decir que mediante sus investigaciones han sido corolario de las reformas legislativas en materia del derecho penal material y formal, así es que la criminología mediante la teología criminal, estudia los factores determinantes del delito, también la clínica criminal, que estudia la forma del delito y los caracteres del delincuente, determinando su grado de inadaptación social o la temeridad individual ayudándose de la terapéutica del delito para profundizar en las medidas de prevención y la organización de las instituciones necesarias para la defensa social contra los delincuentes. Al entrelazarse todo ello se pone en marcha el aparato judicial a través del cual se analizan diversos factores en lo relativo al derecho penal, en cuanto a la aplicación de las penas, teniendo en cuenta para ello la posible peligrosidad del individuo o la ininputabilidad del mismo. Dicho esto es indudable la autonomía de la criminología y su gran aporte al derecho penal, como por ejemplo, tratamiento hacia los menores, causas de justificación, reincidencia, etc.
CON LA PSICOLOGÍA.
Psicología: Es una ciencia de la conducta de los seres vivientes que trata de todo lo que versa sobre la conducta y la experiencia, sin abarcar, necesariamente una situación patológica en cada ser viviente, o sus grupos y, especialmente del hombre, según H. Duker.
Podemos decir que es el estudio científico de la conducta y la experiencia, de como los seres humanos y los animales, piensan, sienten, aprenden y conocen para adaptarse al medio que los rodea.
Es especialmente en el ámbito forense donde se observa la colaboración de los psicólogos en las causas criminales.
La psicología forense es una rama de la psicología aplicada que se ocupa de determinadas cuestiones legales, que implican conocimientos sobre la conducta humana. Los psicólogos forenses ejercen tambien como peritos en los juicios que versan sobre derechos de familia, especialmente en relación con la decisión sobre la tutela de los hijos de matrimonios separados, asi como en derecho laboral y social.
" La Psicología criminal nace del corazón de una utopía: comprender al ser humano y diseñar formas de prevención y tratamiento que nos acercaran a una sociedad sin delito".
Hoy ningún estado moderno prescinde de los servicios del psicólogo en la administración de justicia criminal o civil, los jueces necesitan de un psicólogo para que los asesore cuando tienen que tomar medidas con respecto a una tutela o una cúratela, igualmente, las victimas reciben asistencia psicológica cuando han de reinstaurar su vida, alterada por el impacto del delito sufrido. También la sociedad confía en psicólogos cuando elaboran programas para delincuentes, en la prisión y en la comunidad, que ayude a impedir nuevas reincidencias, o al menos que sus diagnósticos y clasificaciones faciliten ese proceso y contribuya al logro de una convivencia mas segura y justa, que incluya a los propios delincuentes de esa sociedad. Los psicólogos que se orientan a la justicia , colaboran con un procedimiento mas eficaz y justo
Actualmente nuestra legislación procesal prevé asistencia inmediata e integral a la victima para evaluar el daño psicológico que ha sufrido. No obstante ello también al delincuente se le practica en algunos casos un análisis, para determinar, cual es su estado y actitudes que presenta con respecto a su pasado, su núcleo familiar, su entorno social, laboral, y del delito que se le atribuye, en base a ello se elabora un dictamen en el que hace un diagnostico y en algunos casos se establecen recomendaciones para el futuro.
CON LA PSIQUIATRÍA.
La psiquiatría es una rama de la medicina especializada en los trastornos mentales, los psiquiatras no solo diagnostican y tratan esos trastornos, sino que también realizan investigaciones para comprenderlos y prevenirlos. Entonces la tarea del psiquiatra consiste en identificar las distintas fuentes y manifestaciones de la enfermedad mental. Al ser la psiquiatría una ciencia amplia se la puede analizar desde diversos aspectos , pero a nosotros lo que mas nos interesa es una parte de ella denominada Psiquiatría Forense, la cual se encarga del estudio de todas las cuestiones legales vinculadas con los alienados en el orden penal o civil..En el área penal se estudian las relaciones antisociales, delictivas causadas por una alteración patológica psíquica. En el área civil se estudia la incapacidad general de los alienados y la validez y nulidad de los diversos actos por anormalidad mental en la persona, apta o no para adquirir derechos y contraer obligaciones.
Por ser la alineación mental, con frecuencia una causa ganeradora de delitos, la legislación penal se ocupa de estos enfermos a efectos de la imputabilidad. Para que exista imputabilidad debe haber discernimiento, que nos dará la noción del bien y del mal , al igual que la libertad que permite escoger entre el bien y el mal, es asi, que toda causa que prive de una u otra condición suprime la imputabilidad y la enfermedad mental es una de estas causas.
En el alienado falta la voluntad para delinquir, por consiguiente es ininputable. Por lo que no podemos olvidar, ni dejar de mencionar que nuestra legislación se ha adaptado a esta situación dándole un tratamiento especial a estas alteraciones mentales encuadrándolas 34 Inc. 1 del Código Penal, al cual hacemos referencia.
No son punibles:
1° El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputable, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones.
En caso de enajenación, el tribunal podrá ordenar la reclusión del agente en un malcomió, del que no saldrá sino por resolución judicial, con audiencia del ministerio publico y previo dictamen de peritos que declaren desaparecido el peligro de que el enfermo se dañe a si mismo o a los demás.
En los demás casos en que se absolviere a un procesado por las causas del presente inciso, el tribunal ordenara la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de
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