INTRODUCCION AL DERECHO PENAL
rfloresc11 de Marzo de 2014
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INTRODUCCIÓN
En esta primera unidad el alumno entrará al conocimiento del Derecho Penal, mismo que constituye por sí mismo, una herramienta elemental del Estado moderno, debido a que a través de la publicación de la norma, se materializa la prevención general de las conductas que dañan al tejido social.
Analizaremos temas como la ubicación de esta rama del derecho dentro del orden público de un país, que es aquél en el cual interviene el Estado activamente en la solución de la conflictiva social, buscando siempre preservar el orden y la paz pública.
Punto medular lo constituyen los temas relativos al devenir histórico del mismo y que nos permite adentrarnos y conocer desde épocas remotas como la antigüedad el camino que ha recorrido la norma penal misma que nace con la sed de venganza natural en el ser humano hasta el período científico.
Por último, y como punto obligado en el acercamiento al estudio de esta materia, se incursionará en la familiarización de la historia del derecho mexicano.
DEFINICIÓN DE DERECHO PENAL
I. El derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas (como la reclusión en prisión, por ejemplo). Es posible distinguir entre derecho penal objetivo (ius poenale), que se refiere a las normas jurídicas penales en sí, y derecho penal subjetivo (ius puniendi), que contempla la aplicación de una sanción a aquellos que actualizan las hipótesis previstas por el derecho penal objetivo.
II. El Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones del Estado con las personas con motivo de las infracciones o para prevenirlas.
III. El Derecho penal es el conjunto de disposiciones jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado relacionando hechos, estrictamente determinados por la ley con una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia de realizar un determinado acto, su objetivo de asegurar los valores elementales para la sana convivencia de los individuos de una sociedad. Este conjunto de normas jurídicas se refiere siempre al delincuente, al delito y a las penas.
IV. Conjunto de normas que rigen la conducta externa del hombre en sociedad, los cuales pueden imponerse a sus destinatarios mediante el empleo de la fuerza que dispone el estado.
V. También ha sido definido como la rama del saber jurídico que mediante la interpretación de las leyes penales, propone a los jueces un sistema orientador de decisiones, que contiene y reduce el poder punitivo para impulsar el progreso del estado constitucional de derecho" (Eugenio Raúl Zaffaroni, Manual de Derecho Penal, Parte General, Editorial, 2005).
VI. Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. -Luis Jiménez de Asúa-
VII. Se considera al Derecho Penal como al conjunto de normas jurídicas (de derecho público interno), cuya función es definir los delitos y señalar las penas y medidas de seguridad impuestas al ser humano que rompe el denominado contrato social, y daña con su actuación a la sociedad.
VIII. Conjunto de normas jurídicas que asocia al delito, como presupuesto, la pena como su consecuencia jurídica.
IX. La facultad del estado para crear los delitos, las penas y las medidas de seguridad aplicables a quienes los cometan.
X. ZAFFARONI: “Es la rama del saber jurídico que, mediantela interpretación de leyes penales, propone a los jueces unsistema orientador de decisiones que contiene y reduce el poder punitivo, para impulsar el progreso del Estado Constitucional de Derecho”NUÑEZ: “Rama del derecho que regula la potestad jurídica de castigar y aplicar medidas de seguridad a los autores de infracciones punibles ”KAISER-GÜNTHER: “conjunto de disposiciones estatales dirigidas en forma directa a la lucha contra el delito”.
XI. El derecho penal es una rama del derecho que está dentro del derecho público, cuyos objetos de regulación son: el delito, los autores y partícipes de los delitos, las penas, y las medidas de seguridad.
XII. El estudio del derecho penal se divide en dos partes: derecho penal general y derecho penal parte especial. El Derecho Penal general que se ocupa de la estructura de la norma penal, los principios que las inspiran, la teoría general del delito, dentro de éste se encuentra la aplicación de la ley penal, principios de territorialidad, irretroactividad, principios, las prisiones y reclusiones, las causas de imputabilidad.
TRES CASOS CONCRETOS DE VIOLACIÓN.
Raquel, originaria de Jalisco, fue violada a los 17 años por un guardia de seguridad del condominio donde vivían sus primos. Ahora, con 30 años, dice: “Aún siento temor de que me vaya a pasar otra vez”. Como ella, aproximadamente 112,000 mujeres son violadas sexualmente cada año (equivalente una cada 4.6 minutos), y la mayoría de los agresores quedan impunes, según especialistas.
Raquel (los nombres han sido cambiados para proteger a la sobreviviente de la violación y a sus familiares) tiene epilepsia —un trastorno neurológico que se manifiesta en convulsiones recurrentes— y su capacidad cognitiva es equivalente a la de una persona de siete años.
El día del ataque el violador la amenazó con lastimar a su familia si lo delataba. Sin embargo, la familia de Raquel presentó una denuncia ante el Ministerio Público.
“Le hicieron unos estudios médicos muy humillantes y concluyeron que fue violación”, dice Araceli, la madre de la joven.
En 2012 se presentaron 14,050 denuncias por violación ante los Ministerios Públicos de la Procuraduría General de la República en México.
De las 14,829 denuncias por violación sexual presentadas en 2009 en el país, sólo hubo 3,462 enjuiciamientos y 2,795 sentencias condenatorias por ese delito, según el informe que presentó Amnistía Internacional (AI) en 2012 ante la Organización de las Naciones Unidas, y que integra los datos más recientes disponibles. Es decir, por cada 10 denuncias de violación sexual hubo 2.3 juicios por este delito en ese año en México. (Estos casos en estas tres instancias pueden o no ser los mismos o estar relacionados).
Pero la cifra negra es mucho mayor. "Podemos decir que hay mucho más de 112,000 violaciones al año. Esta cifra la tomamos con base en los estudios de inseguridad que indican que por cada delito denunciado hay ocho que no se revelan", dice Pablo Navarrete, coordinador de asuntos jurídicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).
De estos datos se deduce que solo en uno de cada 21 casos de violación los autores del crimen son condenados, resume Daniel Zapico coordinador de movilización e impacto de AI México.
Las consecuencias para; Raquel se embarazó como consecuencia del ataque. Entre 7 y 26 de cada 100 violaciones provocan un embarazo, según el Informe Nacional sobre la Violencia y la Salud en México, elaborado por la organización civil Ipas Salud.
Los medicamentos anti convulsionantes que tomaba para controlar los ataques complicaban el embarazo. “El neurólogo decía que mi hija podría morir y que el bebé no nacería bien. Me insistió que pidiera ayuda (para abortar)”, dice Araceli.
Los médicos de un hospital público tenían orden del Ministerio Público para realizar el aborto, pero se apegaron a su derecho de no practicarlo por el código deontológico de usar la profesión para salvar vidas. "El agente del Ministerio Público me dijo que era posible un aborto legal porque mi hija sufrió violación y porque tenía retraso mental, pero nadie se lo haría. Se estaban contradiciendo", dice Araceli.
La Norma Oficial Mexicana 046, en vigor desde 2005, estipula que en caso de violación, "las instituciones prestadoras de servicios de atención médica deberán: ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia” y están obligadas a "prestar servicios de aborto médico".
Cuando Raquel tenía tres meses de embarazo, tuvo un aborto espontáneo. Pero los daños psicológicos no desaparecieron tan pronto. "Todavía llora mucho en las noches”, dice Araceli.
Las secuelas psicológicas, a lo largo de la vida, la prevalencia de la violencia sexual contra las mujeres es de 17.3%, lo que significa que una de cada seis usuarias sufre este tipo de agresión, según los resultados de la Encuesta Nacional sobre Violencia contra las Mujeres publicados en 2003 por el Instituto Nacional de Salud Pública.
El 7.6% las encuestadas reportó abuso sexual en la infancia (antes de los 15 años), según el documento.
La violencia sexual puede desencadenar trastornos mentales como depresión síndrome de estrés postraumático (TEPT), trastornos de personalidad, aislamiento, cambios de humor y evasión de la realidad, narra Laura Teresa Flores González, maestra en educación
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