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Derecho Penal> INTRODUCCION

Carlos HolosTrabajo7 de Mayo de 2017

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INTRODUCCION

Desde hace muchos siglos, los individuos y el estado, han reaccionado de manera distinta ante la comisión de algún delito u hecho considerado como grave, aplicando de manera inmediata o luego de un proceso, sanciones que iban desde una simple reclusión, confinamiento, o destierro, hasta los tormentos, la mutilación y la pena de muerte.

Dependiendo de la época, la cultura, o la legislación vigente o imperante en ese momento, el castigo por la comisión de algún pecado, o delito, en contra de las personas, bienes, o de la ley establecida, debía ser castigado de manera ejemplar, imponiendo según el nivel del hecho cometido, castigos en ocasiones considerados como atroces y tormentosos, de los cuales algunos revestían tal crueldad que se llegaba hasta el punto de que muchos de los condenados preferían optar por él suicidio antes que padecerlos.

El castigo comenzó aplicarse como un sinónimo de la pena, y el Estado luego de algunos años se reservó el derecho a penar, aplicando penas aflictivas, intimidantes, y ejemplares, lo que sería conocido como derecho subjetivo del Estado, mientras por otro lado con el auspicio de la iglesia, se abría una etapa humanitaria donde las voces de muchos ilustres se alzaron en contra de la pena de muerte y los tormentos, para que se diera inicio a una nueva etapa de la Filosofía y el Derecho Penal Liberal.

El castigo por la comisión de delitos a lo largo de la historia ha ido cambiando, y las penas aplicadas por su comisión se han ido flexibilizando hasta el punto que hoy en día en la legislación de muchos países existen figuras como la interdicción, la inhabilitación, la suspensión condicional, la destitución, la  amonestación, la caución, el decomiso y las multas, que son aplicadas como accesorias para aquellos individuos imputados en la comisión de algún delito, aunque se mantienen algunos casos en los cuales los reos no reciben ningún beneficio y son obligados al cumplimiento de la sanción hasta cumplida su sentencia ,

El presente trabajo de tipo investigativo documental, está referido a la descripción de Pena durante distintas etapas de la historia, y se elabora como parte de nuestro proceso de formación  en la catedra de Derecho Penal I, de la carrera de derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas en la ilustre Universidad de Falcón, y es presentado por los bachilleres  Kerlys Yánez, titular de la cedula de identidad 26.677.328  y  Luis Martínez, titular de cedula de identidad 215447326                                                                                    

                                                                                 

 

          LA PENA: Es el recurso utilizado por el Estado para reaccionar ante  el delito, y es expresado mediante la "restricción de los derechos del individuo responsable" de su comisión, es por ello que el Derecho que regula la comisión de los delitos se denomina  Derecho penal, mientras que la pena es definida como la sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales del sujeto hallado responsable de la comisión de algún hecho punible, está contemplada en la ley, y es impuesta por órganos jurisdiccionales, atraves de un proceso o causa, hacia el individuo responsable de la comisión del delito.

 ORIGEN DE LA PENA

     A través de la historia, las civilizaciones han reaccionado de manera muy singular frente al crimen, y en ese sentido tenemos que hasta el siglo XIX, se concebía la pena como un castigo, siendo definida en la penología; como la  rama de la ciencia criminal que se ocupaba del castigo del delincuente (Francis Lieber 1834), Las penas variaban de una cultura a otra; por ejemplo para los chinos era el destierro temporal y perpetuo, la muerte y la tortura, mientras que para los indios era la pena de muerte, los tormentos, el destierro y mutilación, el Código de Hammurabi, prescribió entre otras, la pena de muerte por medio de fuego y del agua, en Israel, atraves del azote público, y la lapidación, los espartanos pusieron en práctica penas que revestían tal crueldad, que muchos decidían suicidarse antes que vivirlas, por ejemplo la infamia, paseo sin ropas, las heridas, tatuajes con fuego, torturas, y el coronamiento, que provocaban el suicidio, pues los condenados preferían optar por él, antes que padecer tan grande infamia.

Los romanos incluían entre sus penas, la de muerte; el trabajo en las minas, el destierro y los azotes, cuyos tormentos eran tan fuertes que la mayoría de los que los recibían morían al recibirlos, la Ley de las Doce Tablas, institucionalizó los crímenes y su castigo, imponiendo penalidades atroces, como el del lanzamiento al agua del individuo, con la cabeza envuelta y metida dentro de un cuero.

     1. La antigüedad: En los pueblos de la antigüedad, no se aplicaba la pena privativa de la libertad y el encierro como una forma autónoma de respuesta de la autoridad ante las conductas consideradas como censurables o merecedoras de un castigo ejemplar, sino como una manera de asegurar la presencia del procesado ante un tribunal, o de la persona que se encargaría de juzgarlo e imponerle la sanción que mereciera, aplicándose el encierro preventivo que aún se practica en nuestras sociedades.

     2. La Edad Media: Durante esta época no existió la pena privativa de la libertad, motivado a que para ese momento se encontraban aún vigentes las penas corporales como eran los azotes y las amputaciones de miembros del cuerpo, además de las penas infamantes y pecuniarias, y la prisión como medio de custodia o resguardo hasta la celebración del juicio, dicha custodia  se llevaba a cabo en mediante el encierro en castillos, torreones y calabozos.

     3. El Renacimiento: Después de largas épocas de evolución, el Estado consiguió acabar con las guerras entre familias, adoptando para sí, la plena posesión del derecho a penar, aplicando penas aflictivas intimidantes y ejemplares, comenzando a aplicarse el derecho subjetivo del Estado a castigar, y aun después de muchos siglos de haber sido proclamado el Derecho Penal Público, la pena seguía siendo una forma durísima expiación de los delitos. En las naciones europeas se actuó de esa forma por mucho tiempo, hasta que la Iglesia propicio que se abriera una etapa humanitaria donde las voces de muchos ilustres se alzaron en contra de la pena de muerte y los tormentos, iniciándose así la etapa de la Filosofía y el Derecho Penal Liberal.

CLASIFICACION DE LA PENA.

  1. LAS PENAS CORPORALES O RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD.

            Penas corporales en el sentido estricto del término son aquellas que afectan la integridad corporal, la salud, o la vida del sujeto, y no existen en nuestro derecho, ni deben existir, así como tampoco aquellas que sean infamantes o afecten el honor de las personas, en la Constitución de 1961se reafirman estos principios humanitarios al prescribir la pena de muerte, las penas perpetuas e infamantes y cualquier método de tortura o sufrimiento físico o moral hacia la persona.

Aplicando a cambio penas restrictivas de libertad, que afecten en mayor o menor medida las libertades del sujeto, impidiendo u obstaculizando su desplazamiento, y en la mayoría de los casos se aplica el encierro en sitios de reclusión penitenciaria, las llamadas penas corporales, se encuentran establecidas en el Art. 9 del Código Penal, y son las siguientes:

  •   Presidio: El código lo enuncia como el más grave de todas debido a que según este código en su Art. 12, los sujetos impuestos de esta pena, deberán cumplirlas en las penitenciares que establezca y reglamente la ley, cuyas  características se encuentran tipificadas en la ley de régimen penitenciario, por lo que en consecuencia quedan como accesorias de la pena de presidio, la interdicción civil durante el tiempo que dure la condena, la inhabilitación política por el mismo tiempo, y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte de la pena una vez terminada.

  •     Prisión: A diferencia de la pena de presidio, debe cumplirse en la nación, aunque en su defecto también puede ordenarse su cumplimiento en las Penitenciarias destinadas al presidio, y  en lo que respecta a las accesorias; le corresponde solo la inhabilitación política durante el tiempo que dure la condena, y sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena desde que ésta  termina, según lo establecido en el Art. 16 del Código Penal.

  •   Arresto: Es la más leve de las penas que implican el aislamiento del sujeto en cárceles locales o cuarteles de policía, o cuando lo disponga la ley en fortaleza o en cárcel política, como es el caso de los hechos delictivos que atentan contra la independencia y seguridad de la Nación, catalogados como delitos políticos, en los que el Código Penal hace mención al arresto en fortaleza o cárcel política.

  •    Relegación a Colonia Penitenciaria: Según el Art. 19 del Código Penal, esta pena le impone al reo, la obligación de residir en la colonia que señale la sentencia firme que imponga la pena, y según algunos autores como Chissone, es una pena impracticable en la actualidad al no existir las aludidas colonias, donde el relegado como lo señala el código, queda sometido a las reglas de vigilancia establecidas en el reglamento de la colonia,  y debe someterse como pena accesoria, a la suspensión del empleo que realiza.

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