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Ley 28112


Enviado por   •  23 de Agosto de 2013  •  6.003 Palabras (25 Páginas)  •  504 Visitas

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LEY MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO

LEY Nº 28112

(Publicado el 28-11-2003)

TÍTULO PRELIMINAR

Principios Generales

PRIMERO.-La Administración Financiera del Sector Público se regula por la presente Ley, por las leyes de los sistemas que la conforman, por sus normas complementarias y supletoriamente por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento

Administrativo General.

SEGUNDO.-La Administración Financiera del Sector Público está constituida por el

conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico financiero cuya titularidad

corresponde al Estado, a través de las entidades y organismos encargados de su

administración conforme a Ley.

TERCERO.-La Administración Financiera del Sector Público está orientada a

viabilizar la gestión de los fondos públicos, conforme a las disposiciones del ordenamiento

jurídico, promoviendo el adecuado funcionamiento de sus sistemas conformantes, según

las medidas de política económica establecidas, en concordancia con la Ley de

Responsabilidad y Transparencia Fiscal y el Marco Macroeconómico Multianual.

CUARTO.-Son principios que enmarcan la Administración Financiera del Estado la

transparencia, la legalidad, eficiencia y eficacia.

QUINTO.-El Presupuesto Público asigna los fondos públicos de acuerdo con las prioridades de gasto determinadas

para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el marco del Planeamiento Estratégico de las entidades del Sector

Público y la disponibilidad de ingresos programada. (*)

(*) Principio modificado por la Tercera Disposición Complementaria de la Ley N°

28522, publicada el 25 Mayo 2005, cuyo texto es el siguiente:

“QUINTO.-El Presupuesto Público asigna los fondos públicos de acuerdo con los

objetivos y prioridades de gasto determinadas en el Plan Estratégico de Desarrollo

Nacional, en los planes estratégicos de las entidades del Sector Público y la disponibilidad

de ingresos programada.”

SEXTO.-Las entidades del Sector Público sólo pueden ejecutar ingresos y realizar

gastos conforme a Ley. Cualquier demanda adicional no prevista se atiende únicamente

con cargo a las asignaciones autorizadas en el respectivo Presupuesto Institucional.

SÉPTIMO.-EI Tesoro Público centraliza, custodia y canaliza los fondos y valores de

la Hacienda Pública.

OCTAVO.-El Endeudamiento Público permite obtener financiamiento externo e

interno para atender parte de los requerimientos establecidos en el Presupuesto del Sector

Público, acorde con la capacidad de pago del país o de la entidad obligada.

NOVENO.-La Contabilidad Pública consolida la información presupuestaria y

patrimonial de las entidades y organismos del Sector Público para mostrar el resultado

integral de la gestión del Estado a través de la Cuenta General de la República.

DÉCIMO.-La Administración Financiera del Sector Público se sujeta a la regla de la

centralización normativa y descentralización operativa en un marco de integración de los

sistemas que la conforman.

TÍTULO I

Generalidades

Artículo 1.-Objeto

La presente Ley tiene por objeto modernizar la administración financiera del Sector

Público, estableciendo las normas básicas para una gestión integral y eficiente de los

procesos vinculados con la captación y utilización de los fondos públicos, así como el

registro y presentación de la información correspondiente en términos que contribuyan al

cumplimiento de los deberes y funciones del Estado, en un contexto de responsabilidad y

transparencia fiscal y búsqueda de la estabilidad macroeconómica.

Artículo 2.-Alcance

Están sujetos al cumplimiento de la presente Ley, de las respectivas leyes, normas y

directivas de los sistemas conformantes de la Administración Financiera del Sector Público,

los organismos y entidades representativos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial,

así como el Ministerio Público, los conformantes del Sistema Nacional de Elecciones, el

Consejo Nacional de la Magistratura, la Defensoría del Pueblo, Tribunal Constitucional, la

Contraloría General de la República, las Universidades Públicas, así como las

correspondientes entidades descentralizadas.

También están comprendidos los Gobiernos Regionales a través de sus organismos

representativos, los Gobiernos Locales y sus respectivas entidades descentralizadas.

Igualmente se sujetan a la presente Ley, las personas jurídicas de derecho público

con patrimonio propio que ejercen funciones

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