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Marco Legal


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  2.859 Palabras (12 Páginas)  •  273 Visitas

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EL COMERCIANTE

Comerciante es la persona, natural o jurídica que teniendo capacidad para contratar, hace del comercio su profesión habitual, es decir que toda persona que no se encuentre prohibida por la ley para realizar actos de comercio, en un sistema de libre empresa como el nuestro, todos podemos comprar y vender en un determinado mercado.

REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE

Básicamente, los requisitos para ser comerciante, son dos:

1. Capacidad para contraer obligaciones

Están en capacidad de contraer obligaciones, todas aquellas personas que pueden obligarse a sí mismas; sin requerir autorización de otra persona. La norma general es que toda persona es capaz para comerciar, considerando como excepciones las contempladas por la ley. Generalmente estas excepciones son de dos clases, absolutas y relativas.

Son incapaces absolutas los que por ningún concepto pueden efectuar actos de comercio, dentro de las personas naturales, tenemos a los impúberes, sordo - mudos que no se dan a entender por escrito y los dementes; los incapaces relativos son los que requieren del cumplimiento de ciertas normas legales para convertirse en comerciantes, como los clérigos, los menores, adultos, etc.

2. Ejercer el comercio habitualmente

El segundo requisito para ser comerciante es el de ejercer el comercio habitualmente, ya que un comerciante no puede hacer actos de comercio temporal u ocasionalmente, sino en forma permanente, esto da como confianza al consumidor y garantiza la venta de productos que expende. Con más seguridad se adquiere un refrigerador en una empresa de solvencia conocida, en donde le garantizan el producto y le ofrecen mantenimiento; que adquirirlo sorpresivamente en la calle.

TIPOS DE COMERCIANTES

Comerciante individual: Se refiere a personas naturales que ejecutan actos de comercio masivos.

Comerciante social: El Comerciante Social es una entidad formada por dos o más personas que realizan un contrato solemne en el cual los socios ponen en común determinados bienes o actividades con el móvil del lucro, a fin de repartirse los beneficios de los negocios al cual van a dedicarse. Estas sociedades se constituyen a través de una "Escritura Pública de Constitución", la cual deberá ser registrada a través de un notario. La entidad resultante es considerada distinta de los socios que la integran.

Las sociedades se dividen en sociedades de personas y sociedades de capitales; ambas clases pueden ser de capital variable:

2.1 Sociedades de personas:

2.1.1 Sociedades en Nombre Colectivo o Sociedades Colectivas.

2.1.2 Las sociedades en Comandita Simple o Sociedades Comanditarias Simples.

2.1.3 Las sociedades de responsabilidad limitada.

2.2 Sociedades de capital:

2.2.1 Las sociedades anónimas.

2.2.2 Las sociedades en Comandita por Acciones.

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES

Todo comerciante está sujeto a obligaciones de diversa índole. Citaremos las más importantes:

Municipales.

Presentar declaración de capital en formulario que la misma Municipalidad proporciona.

Pagar la patente del negocio.

Pagar los derechos publicitarios (carteles, letreros, etc.)

Sanitarias.

Mantener al día la autorización sanitaria del funcionamiento del negocio.

Respetar las disposiciones legales contempladas en el reglamento Sanitario.

Contables.

Llevar los libros de contabilidad que exige el Código de Comercio (Diario, Mayor e inventario y Balances).

Llevar otros libros de contabilidad que complementen los anteriores.

Conservar los libros hasta el término del negocio.

Dejar copia de la documentación despachada.

Archivar la documentación recibida.

Por las ventas, extender boletas de compra-venta o factura, según corresponda.

Practicar y conservar un Balance General, al 31 de diciembre de cada año.

Tributarias.

Pagar, oportunamente, los impuestos retenidos por concepto de IVA, pagos PROVISIONALES, impuesto a la RENTA.

Pagar el impuesto por concepto de utilidad según el Balance Tributario.

Timbrar ante el Servicio de Impuestos Internos, los libros de Contabilidad, facturas, boletas de compraventa, etc.

Laborales.

Extender los contratos de trabajo.

Pagar oportunamente, sueltos y salarios del personal.

Respetar los días de descanso dominical y feriados legales.

Respetar los derechos de la mujer en cuanto guarda relación con la maternidad, en especial las licencias de pre y posnatales.

Conceder las vacaciones legales a que los trabajadores tienen derecho.

Pagar al personal las horas extraordinarias de trabajo.

Pagar los sueldos y salarios mínimos que determine la ley.

Provisionales.

Avisar, oportunamente, a las instituciones provisionales la contratación de servicios de personal.

Comunicar, oportunamente, la cesación

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