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Merceología


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2014  •  5.589 Palabras (23 Páginas)  •  244 Visitas

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Catálogo de clasificación de mercancías de origen animal, vegetal y mineral

Merceología

Profesor:

Eduardo Coronado de los Reyes

Alumna:

Diana L. Ruiz Moreno

Grupo:

OCI 4-2

Fecha:

07/ Noviembre / 2014

San Luis Rio Colorado, Sonora

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO AMIMAL

JAMON DE PUERCO (EN REBANADAS)

Sección: I animales vivos y productos del reino animal

Capitulo: 16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o de más invertebrados acuáticos

Partida: 1602 Las de más preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre

Sub partida: 1602.41 Jamones y trozos de jamón

Fracción: 1602.41.01 Jamones y trozos de jamón

Impuesto: Imp.: 20% / Expo.: Ex.

Unidad de medida: Kg

Justificación

Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección IV “Productos de la industria alimentarias, bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre, tabaco y sucedáneos del tabaco elaborado” y el capítulo 16 “Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o de más invertebrados acuáticos” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 1602 “Las de más preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta sub partida 1602.41 “Jamones y trozos de jamón” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada sub partida la fracción arancelaria aplicable 1602.41.01 “Jamones y trozos de jamón”.

CONEJO DOMESTICO

Sección: I animales vivos y productos del reino animal

Capitulo: 01 animales vivos

Partida: 0106 Los demás animales vivos

Sub partida: 0106.14 Conejos y liebres

Fracción: 0106.13.01 Conejos y liebres

Impuesto: Imp.: 20% / Expo.: Ex.

Unidad de medida: Cabeza

Justificación

Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección I “Animales vivos y productos del reino animal” y el capítulo 01 “Animales vivos” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 0106 “Los demás animales vivos” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta sub partida 0106.14 “Conejos y liebres” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada sub partida la fracción arancelaria aplicable 0106.13.01 “Conejos y liebres”.

Huevos o blanquillos de ave

Sección: I Animales vivos y productos del reino animal.

Capitulo: 04 Leche y productos lácteos, huevos de ave; miel natural; productos comestibles del reino animal; no expresado ni comprendidos en otra parte.

Partida: 0407 Huevos de ave con cascara (cascaron) frescos, conservados o cocidos.

Sub partida 1er nivel: 0407.20 Los demás huevos frescos.

Sub partida 2do nivel: 0407.21 De aves de la especie gallus domesticus.

Fracción: 0407.21.01 Para consumo humano.

Impuesto: Imp.: 45% / Expo.: Ex.

Unidad de medida: Kilo

Justificación

Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección I “Animales vivos y productos del reino animal” y el capítulo 04 “Leche y productos lácteos, huevos de ave; miel natural; productos comestibles del reino animal; no expresado ni comprendidos en otra parte.” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 0407 “Huevos de ave con cascara (cascaron) frescos, conservados o cocidos” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por sub partida 0407.21 “De aves de la especie gallus domesticus” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.

Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente

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